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Análisis

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Exclusivo: el 'contrataque' judicial de las ex-Farc contra la imputación por secuestro que ha dilatado la primera sentencia de la JEP

EL TIEMPO conoció las reposiciones y nulidades en contra del auto, que son uno de los factores que han dilatado la emisión de la primera sentencia.

Carlos Antonio Lozada, Rodrigo Londoño, Pablo Catatumbo, Rodrigo Granda y Pastor Alape, integrantes partido Farc:

Carlos Antonio Lozada, Rodrigo Londoño, Pablo Catatumbo, Rodrigo Granda y Pastor Alape, integrantes partido Farc: Foto: AFP

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La celeridad ha sido uno de los principales reclamos frente a los procesos judiciales que adelanta la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), especialmente por parte del antiguo secretariado de las Farc. En un acto sin precedentes, los principales ex-cabecillas renunciaron a su derecho a la presunción de inocencia para que este tribunal emitiera una sola imputación por todos los graves crímenes cometidos durante el conflicto y resolviera pronto su situación jurídica. Sin embargo, los mismos comparecientes han presentado una seguidilla de recursos que, aunque forman parte de los derechos de la defensa, han dilatado aún más la primera sentencia.
Así lo aseguró la JEP en la respuesta a su solicitud de una única resolución de conclusiones, la cual fue negada por ir en contravía del mandato de este tribunal, creado para esclarecer los hechos ocurridos en el escenario de la guerra y condenar a sus máximos responsables.

Marcha en contra del secuestro, crimen imputado a las ex-Farc. Foto:Juan Carlos Quintero. Archivo EL TIEMPO

"La presentación de nulidades, la interposición de recursos de reposición y apelación en diversas instancias ante las Salas y el Tribunal, así como las continuas solicitudes de aplazamiento de diligencias de versión voluntaria, aunque representan manifestaciones legítimas del ejercicio de unos derechos, prolongan los tiempos para la adopción de las decisiones de fondo que esperan las víctimas, la sociedad colombiana y la comunidad internacional", les refutó la Jurisdicción a los otrora jefes de las Farc.
En la actualidad, la Sección de Reconocimiento tiene en su poder cuatro autos de resolución de conclusiones, uno por secuestro y tres por 'falsos positivos'
El primero, sobre el que se espera emitir las primeras sanciones en contra de siete del último secretariado, ya se encuentra en etapa de juicio. La condena contempla penas de hasta ocho años no privativas de la libertad y de carácter restaurativo. 

Marcha en contra del secuestro, crimen imputado a las ex-Farc. Foto:Alfonso Cervantes. Archivo EL TIEMPO

EL TIEMPO conoció las recusaciones, nulidades y apelaciones presentadas por el secretariado y los abogados de las víctimas, que están siendo estudiadas por las Secciones de Reconocimiento y Apelaciones, y que han generado más trabas para la emisión de la sentencia.

Las recusaciones

La resolución de conclusiones por secuestro en contra del secretariado de las extintas Farc llegó a la Sección de Reconocimiento el 24 de noviembre de 2022.
El 16 de enero del siguiente años fue sorteada y quedó en manos del magistrado Camilo Suárez, quien, como pintan las cosas, será el encargado de emitir la primera sentencia de este tribunal. 

Videos de los campamentos de secuestrados de las extintas Farc Foto:Archivo particular

El 26 de abril de 2024, la defensa de los ex-Farc interpuso la primera recusación en contra del magistrado Suárez y tres días más tarde, el 29 de abril, radicó la primera nulidad al auto 021 de 2023, que definía la metodología de participación al interior del caso.
El 27 de mayo de 2024, los apoderados de las víctimas interpusieron un recurso de reposición al auto de correspondencia, y el 31 de mayo, la defensa de las Farc radicó una reposición y un recurso de nulidad sobre este documento, que se emite después de la resolución de conclusiones, en el cual se explican los hechos, las víctimas y la competencia de la JEP para imputarlos, en este caso, por secuestro y los delitos derivados, como tratos crueles e inhumanos.
El 17 de junio, los abogados de las víctimas interpusieron otra nulidad sobre este auto. 
Por esas mismas fechas, el antiguo secretariado apeló una decisión relacionada con Rodrigo Granda. En 2022, se emitió una orden de captura contra quien es considerado el excanciller de las Farc por el secuestro y homicidio de Cecilia Cubas, hija del expresidente de Paraguay Raúl Cubas.
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) entró en funcionamiento en marzo del 2018. Ahora, está en funcionamiento pleno.

La JEP está próxima a emitir la primera sentencia y se vaticina que será por el caso 01. Foto:Jaiver Nieto Álvarez / EL TIEMPO.

El secretariado pidió a la JEP incluir este crimen como parte de sus investigaciones, solicitud que fue rechazada por el tribunal, al considerar que la colaboración de Granda con la guerrilla Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP) no tiene relación con el conflicto colombiano y desborda sus competencias
Esta decisión fue apelada y actualmente está siendo estudiada por la Sección de Apelaciones.

Los recursos resueltos

La primera recusación, en contra del magistrado Suárez, se resolvió el 9 de mayo de 2024 y no fue aceptada. La primera nulidad, a la metodología de participación de víctimas y comparecientes, también se negó el 29 de agosto y los apoderados no interpusieron recursos, por lo que queda ejecutoriada. 
La segunda nulidad, contra el auto de correspondencia, se negó el 28 de octubre del año pasado, pero los apoderados de las Farc apelaron, por lo que el proceso sube a segunda instancia a la Sala de Apelaciones y hasta el momento se está a la espera de su pronunciamiento. 
Colombia en 5 minutos: Crisis de seguridad en el Catatumbo y Norte de Santander | El Tiempo

Colombia en 5 minutos: Crisis de seguridad en el Catatumbo. Foto:

Aún no se ha tomado una decisión sobre la tercera nulidad y las dos reposiciones. Toda esta seguidilla de recursos fue únicamente frente a la resolución de conclusiones del caso 01 por secuestro, pero en las demás investigaciones que adelanta la JEP también se han radicado este tipo de acciones legales.
¿Qué diferencia hay entre una reposición y una apelación? La reposición se presenta ante el mismo funcionario, mientras que la apelación se dirige al superior jerárquico, en este caso la Sección de Apelación, para que sea esta instancia quien decida, por lo que suele tener un efecto más dilatorio.
Sara Valentina Quevedo Delgado 
Redacción Justicia

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