Tras un ultimátum de la JEP a varias entidades del gobierno para que protejan a los excombatientes de las Farc, la Consejería Presidencial para la Estabilización y Consolidación apeló dos de las órdenes que al respecto le impuso la Jurisdicción Especial para la Paz.
Estas órdenes de la JEP se enmarcan dentro de las medidas cautelares que decretaron buscando frenar el homicidio de firmantes del acuerdo de paz, pues desde la firma del acuerdo, en 2016, más de 250 exguerrilleros desmovilizados han sido asesinados.
Frente a las órdenes, el pasado 27 de enero, mediante un documento de 13 páginas, el representante legal del consejero Emilio Archila, apeló el auto SAR AI-004-2021 MC-FP. FARC del 21 de enero de 2021 de la JEP, y pidió a los magistrados de esa jurisdicción aclarar dos órdenes que impartieron al consejero.
En particular, la queja de la entidad se relaciona con la orden de requerir al consejero Archila para que, so pena de sanciones, por intermedio de la Mesa Técnica de Seguridad y Protección se apruebe e inicie inmediatamente el Plan Estratégico de Seguridad y Protección de excombatientes; y con la orden de que el Consejero y la Unidad Nacional de Protección, por intermedio de la Mesa Técnica de Seguridad y Protección, implementen las medidas de seguridad y protección que fueron aprobadas y la adopción de las que están pendientes.
En principio, el consejero Archila indicó que entre las funciones de la Mesa Técnica de Seguridad y Protección, no se encuentra la de aprobar y adoptar el Plan Estratégico de Seguridad y Protección. Además indicó que él actúa como coordinador de esa Mesa, no como su ejecutor.
Sobre la primera orden, dijo que la elaboración y adopción del Plan Estratégico de Seguridad y Protección es competencia de la Unidad Nacional de Protección y esas funciones deberán cumplirse en coordinación con la Mesa Técnica de Seguridad.
"El cumplimiento de esta primera orden es de la exclusiva órbita funcional de la UNP (...) a la luz de lo anterior, respetuosamente se solicita al honorable Tribunal Para La Paz que se modifique el resuelve segundo del auto recurrido, aclarando que la implementación de las medidas aprobadas por la Mesa Técnica de Seguridad y Protección es de competencia de la Unidad Nacional de Protección", se lee en el documento de apelación.
En segundo lugar, Archila precisó que la segunda orden, sobre la implementación de las medidas aprobadas por la Mesa Técnica de Seguridad y Protección también es de competencia de la UNP.
"Precisando lo anterior, se observa que no es viable jurídicamente la imposición de
sanciones correccionales al Consejero Presidencial para la Estabilización y la
Consolidación, dado que las órdenes dadas para su cumplimiento lo son en cabeza de un cuerpo colegiado (Mesa Técnica de Seguridad y Protección), sobre el cual actúa como coordinador y no de ejecutor", concluye.
Esta es la segunda vez que el consejero Archila apela órdenes de la JEP frente a la protección de excombatientes. La primera vez fue en agosto de 2020, cuando mediante otro documento impugnó la orden de diseñar y aprobar un plan de acción para completar la planta del personal istrativo de la Subdirección Especializada de Seguridad y Protección. En ese momento el consejero señaló que esa no era, por expresa disposición legal, una de las funciones de la Consejería Presidencial para la
Estabilización y la Consolidación por lo cual no era posible jurídicamente el cumplimiento de la orden.
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