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La JEP rechaza al 'hacker' condenado Andrés Sepúlveda

Concluyó que los delitos por espionaje al proceso de paz no tuvieron relación con el conflicto.

Sepúlveda está condenado a 10 años de prisión desde el año 2014 y podría pedir su libertad condicional a más tardar en 2 años.

Sepúlveda está condenado a 10 años de prisión desde el año 2014 y podría pedir su libertad condicional a más tardar en 2 años. Foto: Cartos Ortega/ELTIEMPO

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El hacker Andrés Fernando Sepúlveda Ardila, condenado a 10 años de prisión por espionaje, concierto para delinquir y otros tres delitos informáticos por los hechos de interceptación a negociadores de La Habana en el contexto de la campaña presidencial del 2014, venía pidiendo a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) que lo aceptara como compareciente y revisara su caso, pero esa justicia decidió rechazar esa solicitud, informó este martes.
La decisión fue tomada por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, en primera instancia, al considerar que los delitos por los que Sepúlveda fue condenado no contribuyeron de manera directa o indirecta en el marco del conflicto armado.
Sepúlveda pedía ser aceptado como tercero civil y argumentó que los delitos que cometió, al estar relacionados con la trama de espionaje al proceso de paz, tenían relación con el conflicto armado.
Sin embargo, los magistrados de la JEP consideraron que el conflicto no fue el origen ni influyó en la determinación, capacidad, modo u objetivos por los cuales Sepúlveda cometió los hechos por los que fue condenado por el juzgado 22 penal de conocimiento de Bogotá. Es decir, la JEP no encontró competencia material.
La JEP determinó que Sepúlveda no financió, patrocinó, promovió ni auspició la conformación, funcionamiento y operación de grupos armados en el conflicto. Así, en el proceso ordinario el hacker dijo que sus acciones estuvieron motivadas por el enriquecimiento ilícito y personal para intervenir en el proceso personal.
"Lo cierto y probado es que concertó con un grupo de personas la obtención de un beneficio económico puntual y con una misión específica, adquirir información privilegiada de carácter estatal, a través de métodos y medios electrónicos fraudulentos y sin ser autorizado legalmente para ello”, concluyó la Sala.
En su solicitud a la JEP, Sepúlveda pretendía que se le concediera una amnistía (es decir, que se le perdonaran sus delitos), que se extinguiera la sanción penal y que se le otorgara libertad condicionada inmediata y definitiva, pero al no ser aceptado tendrá que seguir la pena impuesta por un juez ordinario.
JUSTICIA
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