Será la JEP la que tendrá la competencia para juzgar y sancionar, si es el caso, al exjefe de seguridad del expresidente Álvaro Uribe, el general (r) Mauricio Santoyo por concierto para delinquir y la desaparición forzada de Claudia Patricia Monsalve Pulgarín y Ángel José Quintero Mesa, de la Asociación de Familiares de Detenidos y Desaparecidos (Asfaddes).
Así lo determinó la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP, que declaró la competencia exclusiva y prevalente sobre este caso, que viene llevando la Fiscalía.
No obstante, la JEP aclaró que la Fiscalía continuará con la investigación hasta que califique el mérito del sumario, es decir, hasta que termine la etapa investigativa y siga la de juicio, en ese momento será la JEP la que tome las decisiones del caso.
Aunque Santoyo le había pedido a la JEP su libertad transitoria, la justicia transicional le negó ese beneficio.
La desaparición forzada de Claudia Patricia Monsalve Pulgarín y Ángel José Quintero Mesa ocurrió el 6 de diciembre de 2001 cuando el general (r) Mauricio Santoyo, entonces coronel de la Policía, era el comandante del Gaula en Medellín.
Según está en el expediente, la Fiscalía le señaló a la JEP que antes de que Santoyo fuera extraditado a Estados Unidos por favorecer a grupos paramiliares, el oficial en retiro aceptó que participó en interceptaciones de líneas telefónicas, en su calidad de “comandante del Gaula Urbano de Medellín con la finalidad de que el paramilitarismo ejecutara sus operaciones”.
La Fiscalía también indicó que testimonios de exparas en Justicia y Paz hablan aseguraron que “para la época de dichas desapariciones el general Santoyo Velasco prestaba colaboración a las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá [con la] interceptación de llamadas para posterior seguimiento y vigilancia de personas”, y asociaron el nombre de Asfaddes de manera inmediata al nombre de Santoyo.
Según la Fiscalía, Quintero Mesa y Monsalve Pulgarín sufrieron "una persecución sistemática por parte de las AUC, en asociación con agentes de Estado”, que se orquestó contra Asfaddes, algunos de cuyos familiares eran de la Unión Patriótica (UP).
Sufrieron una persecución sistemática por parte de las AUC, en asociación con agentes de Estado
El 29 de abril de 2019, Santoyo fue cobijado con medida de aseguramiento cuando retornó al país tras cumplir su condena en Estados Unidos. Pero en octubre de ese año la Fiscalía 56 Especializada contra Violaciones a los Derechos Humanos señaló que los hechos por los que se investiga al general (r) eran de competencia de la JEP por tener relación directa con el conflicto armado, porque él era integrante de la Fuerza Pública, y porque se cometieron antes del primero de diciembre del 2016.
Tras estudiar su caso, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas ordenó que, en 10 días hábiles, el general en retiro suscriba acta de sometimiento ante la JEP, pero no le concedió, tal como lo pedía Santoyo, ni la libertad transitoria, ni revocarle la medida de aseguramientos ni el beneficio de estar privado de la libertad en una unidad policial, esto porque no ha cumplido los requisitos mínimos para ello.
Además, la Sala remitió esta decisión a la Sala de Reconocimiento de la JEP para que evalúe si lo vincula al caso 06, 'Victimización de de la Unión Patriótica (UP) por parte de agentes del Estado'.
Finalmente, la Sala de Definición le ordenó a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) remitir copia de las decisiones de fondo adoptadas en los procesos judiciales contra el general (r) Santoyo y presentar un informe del o y ubicación de las víctimas relacionados con estos.
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