El martes pasado, la defensa de Salvatore Mancuso, exparamilitar preso en una cárcel de Estados Unidos por narcotráfico, radicó ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) la ampliación que esta le solicitó para tener en cuenta en su decisión si lo acepta o no como compareciente.
Aunque la JEP ha cerrado la puerta a los paramilitares que han pedido pista para obtener beneficios penales a cambio de entregar verdad, porque en principio fue creada para juzgar a los exguerrilleros de las Farc y de la Fuerza Pública, hay una ventana para que Mancuso sea aceptado, no como excombatiente paramilitar –porque esos hechos los investigó Justicia y Paz–, sino como un tercero civil que financió y auspició grupos armados.
Bajo esta figura ya fueron aceptados los excongresistas David Char y Álvaro Ashton, por auspicio a grupos paramilitares en la Costa.
La respuesta de Mancuso, cuyo contenido no se conoce aún, fue entregada a la JEP en respuesta a la solicitud hecha el pasado 10 de diciembre, cuando resolvió que lo que el exjefe paramilitar ofreció contar como su aporte de verdad “resulta insuficiente (…) frente a su responsabilidad por los hechos ocurridos en el periodo anterior a su incorporación en los grupos de autodefensa”.
En su plan de verdad previo dijo tener conocimiento de hechos “que aún no se han investigado o que, si lo fueron, por razones ajenas a su voluntad, no le fue posible su participación”. Además, señala como “responsables o partícipes” de esas acciones, que terminaron en sentencias absolutorias o no se investigaron antes, a Santiago Uribe Vélez, Álvaro Uribe Vélez, Piedad Córdoba, Iván Cepeda, alguien a quien se refiere como el “doctor Lara” y a la familia de Alfonso López.
La JEP le pidió a Mancuso que su plan de verdad “sea un compromiso serio y real, claro en su contenido y que tenga una concreción en el tiempo para su cumplimiento”.
Por eso, el documento radicado esta semana tendrá que contener más detalles sobre los casos mencionados anteriormente, e incluso mencionar otros nuevos sobre los que quiera aportar verdad y de los que no haya hablado hasta el momento.
Según ha dicho el mismo Mancuso, él desempeñó el rol de tercero en el conflicto entre 1989 y 1996, año en que se habría incorporado de lleno como combatiente a las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá. En ese periodo, se vio “comprometido con acciones de intimidación y muertes violentas de personas pertenecientes a grupos de izquierda, al igual que con acciones de destrucción y apropiación de bienes civiles (despojo de tierras) en el municipio de Turbo, (sector de Tulapas) del departamento de Antioquia, bajo la premisa de una lucha antisubversiva”, dice el auto de la JEP.
La cronología de hechos cometidos por Mancuso indica que este se armó en 1989 para proteger las propiedades y negocios familiares de cultivo de arroz y ganadería, y que en 1991, bajo su liderazgo, se comenzaron a financiar grupos de vigilancia privada –conocidos como Convivir– “bajo las órdenes del comandante del batallón de contraguerrilla Coyarac de la brigada XI”.
...algunos de los hechos mencionados con anterioridad no han sido judicializados por Justicia y Paz
Continúa diciendo que, tras la muerte de ese comandante, Mancuso asumió el mando de esos grupos de vigilancia en 1993, y que en 1994 contribuyó a consolidar la escuela de entrenamiento militar ilegal ubicada en la finca La 35, entre Córdoba y Antioquia. Y que en 1996, con apoyo de “Comandos Populares”, incursionó en los corregimientos El Tres y Currulao, en Turbo, Antioquia, donde cometió asesinatos y desapariciones forzadas.
“De acuerdo con la información recabada ante las instancias judiciales competentes, se concluye que algunos de los hechos mencionados con anterioridad no han sido judicializados por Justicia y Paz, como juez natural de los integrantes de los grupos de autodefensa, o por la justicia penal ordinaria, siendo el solicitante presuntamente el máximo responsable de los hechos acaecidos en el marco del conflicto armado, en el periodo y en los municipios priorizados en la situación territorial de la región de Urabá”, concluye la JEP al respecto.
La JEP podría aceptar que durante esos años Mancuso no actuó como combatiente, sino como civil, basada en la jurisprudencia que “reconoce que la circulación de roles entre terceros civiles y de grupos armados ilegales es un hecho notorio de la historia del conflicto armado colombiano”. No obstante, el antiguo jefe paramilitar tendrá que demostrarlo.
Estos hechos son de interés de la JEP en el marco del caso 004, que investiga las más graves victimizaciones en el conflicto armado cometidas por las Farc y la Fuerza Pública en municipios del Urabá antioqueño y chocoano.
En esa investigación, en la que la JEP ha recibido 14 versiones individuales, se indagan hechos cometidos entre el 1.° de enero de 1986 y el 1.° de diciembre de 2016. En octubre del año pasado fueron llamados a dar versiones 23 excombatientes de las Farc y 18 de la Fuerza Pública.
En su auto, la JEP también contempla que la situación jurídica de Mancuso “aún no está resuelta en Colombia” y que, en consecuencia, “una vez termine de purgar la pena en los Estados Unidos, será trasladado al país y dejado a disposición de la justicia colombiana para cumplir las sanciones penales pendientes”.
Sin embargo, en noviembre pasado, una jueza de ejecución de penas de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá ordenó dejarlo en libertad por los delitos cometidos en el marco del conflicto armado colombiano.
Salvatore Mancuso termina de pagar su pena en la prisión federal USP de Atlanta (Estados Unidos) el 27 de marzo de este año.
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