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Dan cinco días para restituir espacio público del edificio Aquarela

Inspección de Policía ordenó a constructores devolver 619 metros, como ya lo había dicho en 2018.

Edificio Aquarela, de Cartagena, hizo una torre de 32 pisos que debía ser de máximo seis.

Edificio Aquarela, de Cartagena, hizo una torre de 32 pisos que debía ser de máximo seis. Foto: Yomaira Grandett

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La promotora Calle 47 S.A.S, constructora del edificio Aquarela, en Cartagena, tiene 5 días hábiles para restituir los 619,49 metros que esa construcción ocupa de espacio público de Cartagena. 
Así lo ordenó el inspector de policía de la ciudad, Renzo Javier Orozco, luego de evaluar, entre otras cosas, que desde octubre del 2018 hay una resolución de la misma Inspección de Policía que le ordenó a los constructores restituir ese espacio público en dos meses, cosa que hasta el momento no se ha cumplido.
El inspector Orozco también manifestó que, aunque los constructores han dicho que una medida cautelar que hay sobre el proyecto Aquarela, impuesta por un juzgado que estudia una acción del Ministerio de Cultura, les impide hacer esa restitución del espacio público, "la medida cautelar no interfiere en el cumplimiento de la orden proferida en el fallo policivo", dijo.
Por eso, el inspector agregó que hay viabilidad para que promotora Calle 47 S.A.S ejecute, por fin, la restitución que se ordenó desde 2018. Y dijo que pasados los cinco días de plazo, se trasladará al proyecto, junto con un técnico especializado, para verificar el cumplimiento de lo ordenado.
En comunicación con EL TIEMPO, el inspector Orozco aclaró que los 5 días se vencen el próximo martes, y que está a la espera de una respuesta de la constructora al oficio enviado para analizarla.
Desde el 9 de octubre del 2018 la Inspección de Policía de Cartagena declaró a la constructora como infractora, le impuso una multa de más de 156 millones de pesos y le ordenó, mediante la resolución 001, restituir los 619 metros cuadrados correspondientes al área de antejardín que estaban ocupando espacio público.
Para restituir el espacio público le dio a la constructora dos meses, pero además la Inspección advirtió que si pasado ese tiempo ellos no lo habían hecho, "el Distrito (de Cartagena) en asocio con la Fuerza Pública procederá a realizar esta restitución aplicando la medida correctiva de demolición", se lee en el fallo policivo
Este lunes, en entrevista con EL TIEMPO, el alcalde de Cartagena, William Dau se refirió a esa orden de 2018 y dijo que la analizarían en detalle y pidió a sus secretarios de Infraestructura y del Interior y al inspector de Policía un informe actualizado sobre el estado de cumplimiento de esa orden de restitución.
En todo caso Dau expresó que el Distrito no iba a entrar a demoler sin una orden explícita judicial o, en este caso, policiva, puesto que no podían correo el riesgo de "hacer algo ilegal" y luego tener que pagar indemnizaciones o demandas.
De otro lado, este viernes, el Ministerio de Cultura anunció que se ratificaron los resultados de un estudio que la Sociedad Colombiana de Ingenieros (SCI) hizo al Aquarela que concluyó que no cumplía integralmente con las normas de sismoresistencia.

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Entre otros aspectos se hallaron deficiencias en los resultados de las cargas sísmicas, cimentación, muros estructurales y resistencia al fuego. Así mismo, la SCI reiteró que al eliminar los muros de fachada y parte de los muros perpendiculares en todos los pisos, no estaría en capacidad de resistir el sismo de diseño requerido según la norma.
Esto último en consideración de que se ha planteado que, para devolver el espacio público ocupado, se haga una perfilación al edificio, que consiste en cortar las partes que sobresalen por fuera de lo debido.
Para el Ministerio de Cultura "dichos resultados entregaron los elementos técnicos necesarios para que las autoridades Distritales ejecuten las órdenes impartidas en el proceso policivo que se adelantó y procedan a demoler el edificio, como la única opción técnica recomendable para restituir el espacio público, asegurar la integridad física de las personas que compraron en ese inmueble, y preservar el patrimonio histórico y cultural de la ciudad".
Por su lado, la Procuraduría General de la Nación también ha sido enfática en que la edificación debe demolerse. El procurador delegado para la conciliación istrativa, Iván Gómez Lee, manifestó que para el Ministerio Público la decisión de la Inspección tiene todos los atributos jurídicos de una sentencia, "allí está la orden de demolición la cual es mandatoria para la Alcaldía".
Igualmente dijo que "la construcción no puede ser recortada para recuperar el espacio público. El informe técnico de la Sociedad Colombiana de Ingenieros lo dictaminó (...) Aquarela debe ser demolido. Plazos perentorios han empezado a correr ante graves incumplimientos de deberes de las autoridades", concluyó.
La construcción no puede ser recortada para recuperar el espacio público. El informe técnico de la Sociedad Colombiana de Ingenieros lo dictaminó (...) Aquarela debe ser demolido.

La constructora responde

Según Promotora Calle 47 S.A.S., el fallo policivo no ordena la demolición del edificio sino la restitución de 24 metros cuadrados de superficie, que multiplicados por 25 pisos de la torre, suma un total de 619  metros cuadrados, "por lo que es técnicamente viable hacer la restitución mediante una perfilación de la estructura".  Esta técnica es algo similar a cortar lo que se está saliendo del edificio e invade el espacio público.
"Para poder hacer efectiva dicha restitución, y a pesar de que el fallo policivo se adoptó con base en pruebas no idóneas, Promotora Calle 47 S. A. S. solicitó en el marco del debido proceso, la autorización para la intervención de la obra, la cual no ha sido otorgada", agregó la empresa.
Además reiteraron que la medida cautelar, que suspendió las obras en el edificio en tanto se resuelve de fondo la acción popular de Mincultura, impide la intervención de la obra y por eso están tramitando la modificación de la licencia de construcción para poder hacer efectiva la perfilación del edificio. 
Por último, indicaron que en la actualidad hay en curso una impugnación al fallo policivo: "Este fallo fue demandado por Promotora Calle 47 S. A. S. por haber sido adoptado con base en pruebas no idóneas calculadas con el Sistema MIDAS no apto para este tipo de verificación, omitiendo los resultados del estudio realizado por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi donde se demuestra que la ubicación de la obra coincide con las coordenadas aprobadas en la licencia de construcción", dijeron.
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