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Tome nota: estos son los precios de libreta militar para ciudadanos remisos en el 2024

La nueva ley beneficia a los mayores de 24 años o estudiantes de quinto semestre en adelante.

La situación militar se deberá definir cuando los hombres cumplan 18 años.

La situación militar se deberá definir cuando los hombres cumplan 18 años. Foto: Tomada de la red social X 'RECLUTAMIENTOCO'.

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El Ministerio de Justicia determina que un ciudadano es remiso cuando la persona nunca definió su situación militar, ya sea prestando servicio en el Ejército o adquiriendo la libreta militar.
En Colombia, es obligatorio que los varones que alcancen la mayoría de edad formalicen esta documentación. Si tiene más de 24 años y no ha hecho los trámites, le contamos cuáles son las tarifas que se aplican a su caso. 
La tarjeta militar en este país es un documento oficial que expide el Gobierno para certificar el estatus de los ciudadanos que hayan prestado o no el servicio militar obligatorio.
Según como se plantea en la Ley, la situación militar se deberá definir antes de que los hombres cumplan 18 años, inscribiéndose de forma virtual, en un primer momento, al servicio militar en la página web: www.libretamilitar.mil.co
Tras registrarse y completar la información solicitada. Tenga presente que los documentos necesarios para solicitar la libreta militar son
-Registro civil.
-Cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad.
-Cédula de ciudadanía de los padres.
-Fotografía 2,5 x 4,5, de frente y con fondo azul claro.
-Soporte de exención de ley (si aplica).
En la página oficial del Gobierno de Colombia, explican que, una vez enviada la documentación, el Distrito Militar asignado verificará y enviarán una citación al ciudadano para que asista una concentración militar en donde le realizarán un examen psico-físico. 
Las inscripciones estarán abiertas hasta el 25 de febrero.

Las inscripciones estarán abiertas hasta el 25 de febrero. Foto:Dirección de Reclutamiento Ejercito Nacional

El día de la citación tendrá que llevar toda la documentación y los soportes que lo exoneren de prestar el servicio militar.
De acuerdo con la información, las causas que le permiten no prestar servicio en las dependencias del Ejército y obtener una libreta militar son: ser hijo único, estar matriculado en una universidad, no ser apto para prestar el servicio, tener hijos, ser huérfano o responsable de su familia, ser objetor de conciencia o indígena. 
Si no asistió a la fecha, hora y lugar indicados por las autoridades de reclutamiento, entrará en estado de 'remiso'. 
Según la Ley 48 de 1993, en su artículo 41 y 42, si no asiste a la concentración, podrá ser, en primer lugar, "compelido por la Fuerza Pública, en orden al cumplimiento de sus obligaciones militares, previa orden impartida por las Autoridades del Servicio de Reclutamiento". 
De igual forma, conforme se lee en el portal gubernamental dedicado a la Libreta Militar, se podrá enfrentar a una multa equivalente a dos salarios mínimos mensuales legales vigentes por cada año de retardo o fracción, sin exceder 20 salarios.
Se debe mencionar que si el remiso es incorporado al servicio militar podrá quedar exento de pagar la sanción. 

¿Cómo sacar la libreta militar después de los 24 años?

La normatividad, que tiene una vigencia de 18 meses después de firmada la ley, ofrece la condonación total de las multas correspondientes por no definir la situación militar.

La normatividad, que tiene una vigencia de 18 meses después de firmada la ley, ofrece la condonación total de las multas correspondientes por no definir la situación militar. Foto:Daniel Bustamante / Archivo EL TIEMPO

En caso de tener 24 años y nunca haber tramitado la libreta o aclarado su situación militar, aún puede hacerlo sin la obligación de pagar las sanciones. 
Así lo dicta la Ley 2341 de 2023, que está dedicada a los remisos mayores de 24 años o remisos que sean estudiantes universitarios que estén cursando una carrera profesional universitaria y hayan superado los cinco semestres.  
Para ello, tendrá que pagar una cuota única de compensación militar que se cobra debido a la imposibilidad de ingresar a las dependencias por superar la edad máxima de incorporación como "contribución ciudadana, especial, pecuniaria e individual que debe pagar al Tesoro Nacional". 
Los precios de esa cuota serán definidos a partir de sus ingresos económicos y el salario mínimo, el cual quedó definido para 2024 en 1'300.000 pesos colombianos:
- Las personas sin ingresos mensuales económicos pagarán el cinco por ciento (5%) de un (1) salario mínimo legal mensual vigente (s.m.l.m.v.). Eso equivale a $ 65.000, para 2024.
- Las personas con ingresos mensuales inferiores o igual a dos (2) s.m.l.m.v. pagarán el quince por ciento (15%) de un (1) s.m.l.m.v. Es decir, $ 195.000, para 2024.
- Las personas con ingresos mensuales entre dos (2) s.m.l.m.v. y cuatro (4) s.m.l.m.v. pagarán el veinticinco por ciento (25%) de un (1) s.m.l.m.v. Con el salario de 2024, eso equivale a $ 325.000.
- Las personas con ingresos mensuales superiores a cuatro (4) s.m.l.m.v. pagarán el cincuenta por ciento (50%) de un (1) s.m.l.m.v. Eso equivale a $ 650.000, para 2024.
Para pagar el valor correspondido, como empleado, tendrá que certificar sus ingresos mensuales con los últimos tres desprendibles de pago. En cambio, quienes no tienen ingresos económicos tendrán que presentar una declaración que será verificada por las autoridades competentes.
Laura Nathalia Quintero Ariza. 
Redacción Últimas Noticias. 

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