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¿Pensando en retirar sus cesantías? Sepa en qué destinar esos recursos

El próximo 14 de febrero vence el plazo para que los empleadores paguen esa prestación social.

Las cesantías pueden ser retiradas por los trabajadores sin necesidad de intermediarios o tramitadores.

Las cesantías pueden ser retiradas por los trabajadores sin necesidad de intermediarios o tramitadores. Foto: iStock

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Febrero, históricamente, es un mes en el que los trabajadores con contratos a término fijo y definido del país tienen muy presente una de las prestaciones sociales más importantes y que muchos esperan con ansías para poder hacer uso de ella para las distintas modalidades permitidas por la ley: las cesantías, que deben ser pagadas por los empleadores máximo este próximo día 14.
Y aunque las entidades a cargo de istrar estos recursos –es decir los fondos privados Porvenir, Protección y Colfondos o en el Fondo Nacional del Ahorro (FNA)– tienen sus propias condiciones y requisitos, de acuerdo con el Ministerio del Trabajo, las cesantías se pueden retirar para invertirlas en la compra o remodelación de vivienda, en estudios de educación superior, compra de acciones propiedad del Estado, terminación del contrato laboral, sustitución patronal, traslado de cesantías y prestación del servicio militar.
En este sentido, Andrés Vásquez, vicepresidente comercial en el Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir, explica que esta prestación social fue creada para amparar al afiliado a los fondos en caso de quedar desempleado o cesante.
Sin embargo, aclara que la ley colombiana permite destinar el ahorro de las cesantías para temas relacionados con el pago de educación del afiliado, de sus hijos, de su cónyuge o compañero/a permanente en entidades de educación superior y para el trabajo y desarrollo humano; para comprar, construir o realizar mejoras a la vivienda.
“Las cesantías pueden ser retiradas por los trabajadores sin necesidad de intermediarios o tramitadores, por motivos de terminación de contrato, compra de vivienda, educación, reparaciones locativas y para financiar la educación superior de sus hijos o dependientes de los trabajadores”, precisa el directivo.
Por ejemplo, en Porvenir, los afiliados en cesantías pueden realizar el retiro de esta prestación social 100 por ciento en línea, lo cual permitirá agilizar este trámite y evitar el desplazamiento a la red de oficinas.
Agrega que recibir estos recursos cada 14 de febrero constituye un seguro en caso de desempleo para los colombianos, lo que permite que, en tiempos de incertidumbre laboral, ese ahorro del hoy ayude con las situaciones del mañana.
También es fundamental tener en cuenta que a la hora de disponer de estos recursos se debe hacer de forma responsable. “Consideramos que para que las personas las usen apropiadamente se debe trabajar en temas de educación financiera que permitan fomentar una cultura de ahorro, labor que no solo debemos realizar los fondos de pensiones y cesantías, sino que también debe estar acompañado de las campañas que en esta materia realicen las empresas y que permitan que este ahorro sea bien usado por los trabajadores”, precisa Vásquez, quien recomienda no hacer uso de este ahorro si no es necesario y que lo mantengan en sus cuentas de cesantías para cuando sea el momento oportuno.
La compra o mejora de vivienda es una de las causales que le permiten retirar estos recursos.

La compra o mejora de vivienda es una de las causales que le permiten retirar estos recursos. Foto:iStock

Lo ideal es no usarlas

A su turno, desde el Área de Operaciones de Colfondos informan que, aparte de cumplir con la normatividad que establece en qué casos se pueden retirar las cesantías, esta compañía ofrece el esquema de multiportafolios, con el fin de que los afiliados puedan escoger en cuál portafolio desean que estén sus recursos, según el tiempo en el que van a hacer uso de sus cesantías.
Según anotan, el ‘Portafolio de Largo Plazo’ es ideal si no se van a retirar las cesantías antes de un año, en tanto que el ‘Portafolio de Corto Plazo’ es recomendado si se van a retirar en menos de un año.
“Nuestra recomendación siempre será que las personas ahorren sus cesantías en caso de que no requieran usarlas, esto para que obtengan beneficios del efecto de la rentabilidad en el largo plazo”, indican los voceros de esa dependencia.
A su vez, Stefano Farné, director del Observatorio Laboral de la Universidad Externado de Colombia, cree que –idealmente– las cesantías no se deberían usar. No obstante, dice que si las personas definitivamente las necesitan, la ley prevé buenos usos para esos ahorros, como la vivienda y la educación.
“Sería mejor que la gente no tocara esos recursos y que los utilizara solo cuando queda desempleada. Sin embargo, a veces es una forma de financiar unos gastos grandes que, de otra manera, tendrían un costo más alto para los trabajadores. Y aunque la ley no prevé otra clase de usos para las cesantías, se sabe que muchos individuos las retiran para gastarlas en otras cosas”, comenta Farné.
Para él, pese a que esto último no se debería hacer, las personas que deben financiar gastos grandes han optado por usar estos recursos como una alternativa más económica para ese fin, y mucho más con las tasas de interés tan elevadas de la actualidad, lo que hace difícil culpar a los ciudadanos.
“Cuando los trabajadores tienen ingresos relativamente bajos, las cesantías se convierten casi que en un sueldo más. En esos casos no se sabe exactamente qué hace la gente con esos recursos que retira, porque el reporte que entregan a las AFP puede que no sea el verdadero, algo muy difícil de determinar”, puntualiza el Director del Observatorio Laboral del Externado.

Algunos de los requisitos

Según Colfondos, los requisitos de ley para retirar las cesantías dependen del destino de los recursos. Así las cosas, en el caso de terminación de contrato se requiere el documento de identidad original, una copia del mismo y la carta del empleador autorizando el retiro.
Mientras que si el retiro tiene como destino compra de vivienda y remodelación se necesita presentar el documento de identidad original, una copia del mismo, la carta del empleador autorizando el retiro y el valor que se va a retirar. Aquí es importante tener en cuenta que para la adquisición de vivienda o lote el empleador puede solicitar otros documentos.
Y si los ahorros son para educación superior o técnica del afiliado, su cónyuge, compañero o compañero permanente y sus hijos, al solicitante le van a pedir su documento de identificación del beneficiario del retiro y recibo de matrícula.
“El trabajador puede hacer un retiro parcial o total de las cesantías para ser invertidos en la compra o mejoramiento de su vivienda, pago del impuesto predial o el pago de crédito hipotecario”, asegura Vásquez.
Para ese propósito, en Porvenir las personas deben presentar documento de identificación y fotocopia ampliada al 150 por ciento; promesa de compraventa firmada por el trabajador y el vendedor, autenticada en notaría (si aplica), en caso de que sea para vivienda nueva; certificado de libertad y tradición de la casa o lote a adquirir (si es usada), carta de aprobación del crédito (si aplica).
Así mismo, carta de autorización de retiro parcial suscrita por el empleador (que incluya la firma, nombre y cargo de la persona que valida este trámite), la cual debe contener la siguiente información: nombre completo del afiliado y/o su cónyuge o compañera o compañero permanente y número de documento de identificación; valor autorizado de retiro parcial de los recursos de cesantías, e indicar el uso que se le dará a las cesantías, por ejemplo, compra de vivienda.

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