El
Gobernador de California,
Gavin Newsom, firmó una nueva ley que permitirá a los residentes mexicanos de bajos ingresos que viven cerca de la frontera ser elegibles para las tarifas de matrícula en el estado en ciertos colegios comunitarios.
La legislación se aplica a los mexicanos de bajos ingresos que viven a menos de 72 kilómetros de la frontera entre California y México y desean asistir a un colegio comunitario participante en el sur de California. Este programa piloto se implementará el próximo año y se extenderá hasta 2029.
Algunas personas viajan con frecuencia entre México y California para trabajar o visitar a sus familias. La ley ayudará a que la educación sea más accesible para ellas y las preparará para futuros empleos, afirmó el Asambleísta David Álvarez, autor de la propuesta, en una audiencia del Comité de Educación del Senado.
"Este programa piloto puede desbloquear un recurso significativo que aún no ha sido aprovechado para preparar una población más diversa en nuestra fuerza laboral", expresó Álvarez en un comunicado.
La nueva ley exigirá que los consejos de los colegios comunitarios presenten un informe a los legisladores para el año 2028 que muestre la tasa de asistencia y las características demográficas de los estudiantes que recibieron tarifas de matrícula en el estado bajo el programa.
Una ley similar aprobada en 2015 permite a algunos residentes de Nevada que viven cerca de la frontera con California asistir al Lake Tahoe Community College con tarifas de matrícula en el estado.
¿Qué dice la Ley AB 91 de California?
La Ley AB 91, presentada por el Asambleísta Álvarez, establece una exención de las tarifas de matrícula en el estado para estudiantes no residentes de bajos ingresos que cumplan con ciertos requisitos. Para ser elegible, el estudiante debe ser residente de México, registrarse en cursos de nivel inferior en colegios comunitarios específicos en California, y vivir a menos de 72 kilómetros de la frontera entre California y México.
La ley también establece que en ningún año académico debe haber más de 150 estudiantes de tiempo completo exentos, en cada uno de los colegios comunitarios especificados. Los alumnos que rebasen la cifra permitida sí deberán pagar la matrícula.
Además, la ley requerirá que los consejos de los colegios comunitarios que elijan utilizar esta exención adopten una política uniforme para determinar la clasificación de residencia de los estudiantes, establezcan procedimientos para apelar y revisar la clasificación de residencia, y determinen si un estudiante es de bajos ingresos. También, se exigirá a los consejos de los colegios comunitarios colaborar entre sí para garantizar la adopción de una política uniforme.
La asistencia de los estudiantes no residentes que reciban esta exención podrá ser reportada como equivalentes de tiempo completo de estudiantes residentes para fines de distribución de fondos estatales, según lo establecido en la ley.
Es importante destacar que las disposiciones de la ley serán inoperantes a partir del 1 de julio de 2028 y serán derogadas el 1 de enero de 2029.