Se conoció por estos días la decisión de la procuradora Margarita Cabello de suspender provisionalmente a 4 servidores públicos, entre los cuales se encuentran el alcalde de Medellín y el de Ibagué. Según el órgano disciplinario, estos habrían participado en política, lo cual constituye una falta grave que puede conllevar a sanciones que van desde su destitución definitiva hasta la inhabilidad para ejercer cargos públicos.
Este episodio invita a reflexionar sobre dos puntos muy concretos: por un lado, el alcance y las consecuencias que puede implicar la participación política de funcionarios y servidores públicos. Por el otro, la distorsión y politiquería de la cual ha sido víctima la función disciplinaria durante la istración de Cabello y el enorme peligro que significa para la democracia.
La Constitución es clara en su artículo 127 en señalar la expresa prohibición que embarga a los servidores públicos de participar activamente en política. La norma de manera taxativa establece dicho límite para quienes ejerzan funciones en los órganos electorales, de control, seguridad y los de la Rama Judicial. Frente al resto de servidores, establece que será una ley estatutaria la que determinará el alcance y los límites de la participación política. Valga recordar que el Congreso lleva más de 15 años en mora de expedir la mencionada ley estatutaria, por lo que hoy, muy convenientemente para algunos, existe un aparente vacío legal.
Además de la Constitución, el código disciplinario en su artículo 48 describe como falta gravísima la utilización del cargo para participar en actividades de tipo político. Conducta que adicionalmente, según el artículo 422 del Código Penal, se puede constituir en delito. De manera aún más detallada, la ley 996 de 2005 –mediante la cual se reglamenta la elección presidencial–, en su artículo 38 consagra los límites que deben guardar los mandatarios locales, tanto en lo político como en lo presupuestal, durante la época electoral.
La misma funcionaria que debería velar por la moralidad e integridad pública (...) es la primera que pareciera estar interviniendo en política.
A la abultada normatividad, se le debe sumar la jurisprudencia de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado, las cuales han venido supliendo el vacío legal que ha dejado la aún intangible y escurridiza ley estatutaria de participación política. En sentencias como la C-794 de 2014, o incluso antes con la C-454 de 1993, así como también en los múltiples conceptos de la Sala de Consulta y Servicio Civil del máximo tribunal istrativo, se advierte sobre la inconveniencia de que funcionarios y servidores públicos participen en política. Ello constituye un abuso de la función y moralidad pública y pone en riesgo la imparcialidad y la igualdad de condiciones para los candidatos. Eso sin contar que el uso de los recursos públicos a su cargo, podría minar la estabilidad democrática en su conjunto. Ahora bien, hay otro aspecto clave de la jurisprudencia ante la ausencia de límites normativos claros frente al alcance del derecho a participar en política de ciertos funcionarios; la jurisprudencia señala que, al no existir disposición expresa, esa prerrogativa se debe entender de manera restrictiva.
En el mismo sentido se ha pronunciado la Procuraduría en circulares del 2014 y del 2018, advirtiendo los riesgos que encarna para los funcionarios públicos abusar de su cargo e intervenir en política. Sin embargo, la Misión de Observación Electoral nos recuerda lo precario que ha sido el control disciplinario en estos casos. Para el 2018, más de 285 denuncias se recibieron y fueron pobres los resultados en materia de investigación y sanción por parte del Ministerio Público.
Y es justamente dicha precariedad lo que invita a una segunda reflexión. El caso del alcalde Daniel Quintero es burdo por donde se le mire. Sin perjuicio de una investigación, que respetando el debido proceso así lo determine, es posible anticipar que existe suficiente evidencia para concluir que participó en política. Con una dosis de viveza y con mucha sutileza de su parte y la de sus funcionarios, en reiteradas ocasiones ha dejado ver su preferencia por la campaña de Gustavo Petro. No obstante, es también burdo y preocupante que la procuradora Cabello actúe de manera tan selectiva y con claros sesgos políticos.
Poco o nada ha hecho Cabello frente a la abierta y descarada participación en política de más de 40 alcaldes reunidos en la convención de Fedemunicipios, en donde se ungió subrepticiamente a Fico Gutiérrez como su candidato. Mucho menos se ha hecho frente al apoyo soterrado pero evidente de la alcaldía de Barranquilla y de su clan político al candidato del uribismo. Nada ha merecido un pronunciamiento de la Procuraduría frente a la clara participación en política del comandante del Ejército, Zapateiro, en contra de Petro o a la decena de discursos en los que el presidente Duque ha hecho clara alusión al peligro que significaría un posible mandato del candidato del Pacto Histórico.
Paradójicamente, la misma funcionaria que debería velar por la moralidad e integridad pública y evitar así que los servidores abusen de sus cargos en épocas electorales, es la primera que pareciera estar interviniendo en política. La Constitución y la ley se la pasan por la faja todos por igual, sin distinción. La campaña política, por donde quiera que se mire, está contaminada y los únicos que perdemos somos los ciudadanos, que no tendremos garantías suficientes en la próxima contienda democrática. Pobre país.
GABRIEL CIFUENTES