En 1771, la Real Audiencia de Santafé calificó al estanco del aguardiente como “el más copioso manantial que fecunda a la Real Hacienda en las cajas de este virreinato”. ¿Cuál ha sido la historia de esta renta? ¿Cómo se explica la sobrevivencia más que bicentenaria del arbitrio fiscal de los aguardientes? ¿Cómo se dio el paso de la renta estancada colonial al monopolio que la actual Constitución contempla en su artículo 336?
A continuación vamos a analizar tres períodos de las rentas fiscales asociadas a la producción y distribución del aguardiente. El primero cubre la evolución de la renta durante el período colonial. El segundo se extiende a través de los siglos XIX y XX. Y el tercero analiza el monopolio de los licores y su situación actual.
El estanco de la producción y comercialización de los aguardientes hizo parte de las reformas borbónicas de la segunda mitad del siglo XVIII, cuando la figura de las rentas estancadas se impuso sobre los impuestos indirectos, que habían sido la espina dorsal de la tributación durante dos siglos. El estanco del aguardiente, junto con el del tabaco, se transformó rápidamente en la principal renta del fisco neogranadino, sumando el 40 % de sus ingresos totales, como ha mostrado Gilma Mora de Tovar.
La revolución comunera (...) se caracterizó también por la protesta contra el monopolio de los aguardientes
El establecimiento del estanco de aguardiente fue estimulado por una cuestión de salud pública, pues se pensaba que sería un medio eficaz para reducir el consumo de chicha, considerado como insalubre, contrario a las buenas costumbres y como germen de delincuencia. Los hacendados de tierra caliente protestaron también, como ha mostrado Hernán Clavijo, argumentando que la obligación de vender las mieles a las factorías donde se producía el aguardiente era un grave atentado a la libertad empresarial.
El estanco colonial evolucionó gradualmente desde un sistema de arriendo por remate hasta el monopolio de la producción y distribución mediante fábricas y estancos manejados en su totalidad por la istración colonial. La revolución comunera se asocia frecuentemente con la rebelión contra el estanco del tabaco que implantó el visitador Gutiérrez de Piñeres. Pero esta se caracterizó también por la protesta contra el monopolio de los aguardientes, que el virrey Caballero y Góngora no tuvo más remedio que reformar, aminorando igualmente su producido como arbitrio rentístico.
La renta decayó también con motivo de la expedición de los decretos de libre comercio que, en 1778, abrieron el mercado neogranadino a los aguardientes catalanes, cuya excelente calidad les permitió rápidamente apropiarse de una porción importante del mercado.
Como es sabido, durante la primera mitad del siglo XIX se mantuvo básicamente la estructura tributaria heredada de la colonia. Por ejemplo, mediante la Ley del 29 de mayo de 1838 se generalizó para toda la república el sistema de arrendamiento y de patentes para la destilación y venta de los aguardientes. Sin embargo, el manejo práctico de la renta sufrió grandes traumatismos en los primeros años de la república y durante las guerras civiles.
Al promediar el siglo XIX, las rentas de aduana cobraron protagonismo en las finanzas públicas nacionales, por lo que pudo prescindirse de una buena parte de los tributos y rentas estancadas heredadas de la colonia, y liberarse, por ejemplo, el cultivo del tabaco. La del aguardiente, por su parte, fue cedida a las entidades territoriales, y es este el origen del actual artículo 336 de la carta política.
A partir de 1905 –cuando se consolida la figura de los departamentos–, el monopolio de los licores pasó a ser propiedad de estos, ya sea para explotar directamente dicho monopolio, para darlo en maquila o para explotarlo bajo alguna otra forma diferente.
El mejor momento de la renta del aguardiente se dio hacia finales del siglo XVIII, cuando, junto con el estanco del tabaco, llegó a representar 40 % de los ingresos de la Real Hacienda. A lo largo de los siglos XIX y XX fue modesta su importancia fiscal.
El monopolio del aguardiente, hoy en cabeza de los departamentos, es el último desdicho fiscal que ha quedado de las rentas estancadas que establecieron los borbones en el siglo XVIII.
*Juan Camilo Restrepo es miembro de la Academia Colombiana de Historia.