El primero de abril el Gobierno expidió el Decreto 0391, que pretende la 'formalización laboral' en todas las instituciones de educación superior públicas. En el comunicado de presentación el ministro Rojas afirma que el decreto se expide para "dignificar el trabajo en las universidades públicas". ¿Lo supone indigno?
El decreto obliga a las universidades a definir un 'plan de formalización laboral' en nueve meses, y luego vincular a su planta permanente a los docentes ocasionales y catedráticos; el 40 % a finales de 2026, y el 80 % al 2027.
El capítulo de antecedentes parece un panfleto. Varias cosas quedan claras: hubo 12 mesas de conversación con los sindicatos Aspu, Sintraunal y Ultradec, pero por ningún lado aparecen consultas con expertos, rectores, el Sistema Universitario Estatal, o la Asociación Colombiana de Universidades. Hay una única mención a la Autonomía Universitaria, pero no al hecho de que es norma constitucional; recuerda la Sentencia C-220 de 1997 de la Corte Constitucional, para concluir lo opuesto a lo que dijo la Corte.
La autonomía es un reconocimiento milenario que la sociedad les otorgó a las universidades. Lo hizo porque el conocimiento se genera y transmite mejor en libertad, y la independencia de las coyunturas políticas ha dado excelentes resultados. La autonomía otorga libertad a las universidades para generar sus normas y manejar sus finanzas.
Las fuentes de financiación bordean lo cómico. Se deben usar los recursos adicionales asignados el 2019 por el Gobierno (¡el gobierno anterior!), los recursos provenientes del artículo 86 de la Ley 30 (que son ingresos regulares), y finalmente los recursos del Plan Nacional de Desarrollo, que estaban destinados a cubrir gratuidad y rubros crónicamente desfinanciados. No hay ni un peso nuevo en el decreto para financiar la 'dignificación'.
Quien abandona su maestría o no aprueba su tesis no podrá entrar a la planta docente. Puede ser presidente o ministro, pero no profesor.
Acá, como en todo el mundo, se llega a ser profesor universitario en procesos exigentes y competitivos, regulados por estatutos acogidos autónomamente. La calidad de las instituciones está fuertemente asociada al nivel académico de su cuerpo profesoral. En las universidades reconocidas los requisitos para concursar son doctorado y una alta productividad intelectual.
Ser docente ocasional no es indigno. La mayoría lo fuimos. Fue un trabajo formativo y constituyó un aliciente para lograr las condiciones que nos permitieron concursar después. Quienes redactaron ese decreto desconocen la forma como funcionan las universidades en el mundo. (Invito a los autores a que miren, por ejemplo, la Universidad de La Habana; seguro no dudan de la 'dignidad' de sus trabajadores).
En las universidades hay una planta profesoral a la que se accede por concurso, demostrando un muy alto nivel de formación, y en la que se asciende con un sistema riguroso, lento y exigente, reglado por normas propias, autónomas; hay también auxiliares, asistentes, profesores de cátedra y docentes que dictan asignaturas o apoyan a profesores titulares. Ninguna función es indigna. Algunos temporales aspiran a la carrera docente, otros no tienen interés, y algunos, cuyos conocimientos dependen de su experiencia en la práctica, es mejor que sigan así y no que se vuelvan 'teóricos'. Quien abandona su maestría o no aprueba su tesis no podrá entrar a la planta docente. Puede ser presidente o ministro, pero no profesor.
Este nuevo decreto es perverso: destruye la calidad de la universidad pública y estúpidamente otorga a la privada el derecho exclusivo a una planta profesoral internacionalmente competitiva.
El silencio de profesores y directivas universitarias es atronador. Algunas direcciones universitarias ya han sido cooptadas por intereses políticos, pero quedan otras que piensan libremente. Manifiesten su opinión, por favor.