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Opinión

Un fallo histórico para la democracia y la reconciliación

La Corte IDH nos recordó que la estigmatización de los militantes de la UP fue uno de los factores determinantes que contribuyó al decaimiento del partido.

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La democracia y la violencia política son necesariamente incompatibles. Esta máxima -que ha sido desarrollada, especialmente, desde la academia y la teoría política- (1), constituye uno de los pilares del histórico fallo que emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) contra Colombia en el caso de los integrantes y militantes de la Unión Patriótica (UP). El otro pilar fundamental guarda relación con la dignificación de las víctimas y la urgente necesidad de reconciliarnos como sociedad para que todas las expresiones políticas enriquezcan nuestro talante democrático. En ese camino, es trascendental resaltar el componente de los derechos a la verdad y a la reparación que se precisaron en la sentencia. 
Como expresión del derecho a la verdad, debemos recordar que hace 40 años, grupos paramilitares, con connivencia del Estado, iniciaron una serie de persecuciones, amenazas, asesinatos, masacres, exilios y otro tipo de agravios dirigidos específicamente contra integrantes y militantes de la UP. Tales hechos, ocurridos desde 1984, se extendieron por un periodo aproximado de 20 años, lapso que sin duda marca una de las escenas sombrías de nuestra historia nacional (2).
Ahora bien, a pesar de que, para el 16 de diciembre de 1993, los ataques contra militantes o simpatizantes de la UP aún no habían cesado completamente, un grupo de personas valientes, agrupadas en la Corporación Reiniciar, presentaron la petición inicial ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) que dio origen a esta importante sentencia. Esta petición, luego fue compartida por otras organizaciones e intervinientes en representación de las víctimas.
Solo a partir de la dignificación de las víctimas, es posible la construcción de una sociedad más justa y compasiva, en la cual ninguna voz vuelva a ser acallada.
Durante los casi 30 años de litigio ante el SIDH, uno de los puntos álgidos de intensa lucha por parte de las víctimas fue el reconocimiento de que los ataques contra los y las integrantes de la UP tenían un “carácter sistemático, masivo y generalizado” (3), que estaba encaminado a minar la fuerza política de este partido. En ese camino, y en honor a la verdad, la Corte IDH reconoció que el Estado colombiano es internacionalmente responsable de dicho exterminio, porque con acciones y/u omisiones contribuyó a la violencia política denunciada. En el fallo, el Tribunal Internacional indicó que, a partir del contexto, era necesaria la reparación de al menos 6.000 víctimas en este proceso.
Según la Corte IDH, el Estado colombiano violó derechos políticos, de libertad de pensamiento, de expresión y asociación, así como el principio de igualdad y no discriminación (4). Asimismo, nos recordó que la estigmatización de los militantes de la UP fue uno de los factores determinantes que contribuyó al decaimiento del partido y de sus .
Estas y otras verdades, que se establecen en la sentencia, son difíciles de narrar, más aún, si pensamos en la reconciliación y la reivindicación de las víctimas. Pero por muy dura que sea tal narrativa, debemos abordarla desde la perspectiva de la memoria histórica, tal y como nos lo ordena el fallo interamericano. Este es un componente trascendental del derecho a la reparación.
Esa mirada hacia los hechos, a pesar de ser profundamente difícil, da sentido a los actos de reconocimiento de responsabilidad del Estado, que hoy se ejecutan en cumplimiento de las órdenes dadas, pero también se organizan y desarrollan con la plena convicción de que solo a partir de la dignificación de las víctimas, es posible la construcción de una sociedad más justa y compasiva, en la cual ninguna voz vuelva a ser acallada por pensar diferente. Este próximo 11 de octubre, no solo cumplimos el fallo de la Corte IDH, sino que también decimos en voz alta: ¡Nunca más!
* Director general Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado
  1. Bolívar, I. (2010). Sociedad y Estado: la configuración del monopolio de la violencia. En L. J. Orjuela E. (comp.), El Estado en Colombia (pp. 263-305). Bogotá: Universidad de los Andes; Comisión de Estudios sobre la Violencia (1987). Colombia: violencia y democracia. Bogotá: Universidad Nacional de Colombia; Zuleta, E. (1998). Colombia, Violencia y Derechos Humanos. Bogotá: Ariel.
  2. La violencia contra la UP no se agotó en el asesinato de sus líderes políticos. Entre mayo de 1984 y diciembre de 2002, el Observatorio de Memoria y Conflicto del Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH), documentó 3.122 asesinatos selectivos, 544 víctimas de desaparición forzadas, 478 víctimas de asesinatos en masacres, 4 secuestros y 3 personas más en otras modalidades de violencia.
  3. Corte IDH, Caso Integrantes y Militantes de la Unión Patriótica vs. Colombia, Sentencia de 27 de julio de 2022 (Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas), párr. 224.
  4.  Ibídem, párr. 297 y ss.

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