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Pueblos Sikuani y Piapoco recuperan 16.035 hectáreas de tierra en Meta y Vichada

Es el primer pronunciamiento que se da a favor de estas comunidades indígenas en esas regiones.

Sikuani y Piapoco recuperaron más de 16.000 hectáreas de tierra.

Sikuani y Piapoco recuperaron más de 16.000 hectáreas de tierra. Foto: Unidad de Restitución de Tierras

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Un fallo proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Especializada en Restitución de Tierras, restableció los derechos territoriales de los pueblos indígenas seminómadas Sikuani y Piapoco sobre un total de 16.035 hectáreas y 250 metros cuadrados en Meta y Vichada.
Las hectáreas recuperadas hacen parte de un territorio ancestral llamado Florida Kawananae, ubicado entre el municipio de Puerto Gaitán, Meta y Cumaribo, Vichada.
"La decisión responde al trabajo liderado por la Unidad de Restitución de Tierras al demostrar que la comunidad a lo largo de cuatro décadas ha sufrido todo tipo de
violaciones a sus derechos fundamentales, perdiendo además de su territorio, su
cultura, cosmogonía y tradiciones. Los Sikuani y Piapoco, antes de este fallo,
parecían un pueblo condenado al exterminio", menciona la Unidad de Restitución de Tierras en un comunicado.
Según la investigación adelantada por la Unidad de Restitución de Tierras el extinto
INCORA, en 1968, reservó la región conocida como Planas, en los departamentos del Meta y Vichada como zona exclusiva para la ocupación de las comunidades indígenas y con esta declaración se constituyeron los resguardos Awaliba, Domoplanas e Iwiwi.
Un proceso que excluyó a las comunidades Sikuani y Piapoco de Florida Kawinanae y como resultado de esta decisión parte del territorio fue formalizado a comunidades no indígena entre los años de 1984 y 2011.
Ahora, la sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá reconoce la calidad de víctima a la Parcialidad Indígena Sikuani y Piapoco de Florida Kawinanae, "por los hechos, situaciones, violaciones y afrentas sufridas como son: el desplazamiento, confinamiento (como una forma de abandono y/o despojo forzado de tierras) en el marco del conflicto interno armado".
La forma en que la comunidad Sikuani y Piapoco fue desplazada de su territorio
hizo que este fuera ocupado por comunidad no étnica y la forma como se procedió
para adquirir el territorio llevó al Tribunal Superior de Bogotá a no reconocer la
buena fe exenta de culpa en cuatro casos.
Entre las órdenes se establece la apertura de un nuevo folio de matrícula
inmobiliaria a favor del Resguardo de la Parcialidad Indígena Sikuani y Piapoco de
Florida Kawinanae.
"Por su parte, la Agencia Nacional de Tierras y el Ministerio del Interior a través de su Dirección de Asuntos Indígenas deberán de manera inmediata constituir el resguardo con el debido censo poblacional, identificando a las autoridades tradicionales y de manera paralela instalar placas demarcatorias del territorio".
De manera que la Unidad de Restitución de Tierras tendrá que adelantar la entrega
material del territorio restituido en un trabajo conjunto con la Defensoría del Pueblo
del nivel nacional y el acompañamiento de las Fuerzas Militares y de Policía de los
departamentos del Meta y Vichada.
Juan Pablo Penagos Ramírez
REDACCIÓN POLÍTICA

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