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Gobierno Petro propone jurisdicción especial para el agro: así funcionaría

El objetivo es que se encargue de solucionar los líos de tierras en Colombia.

Radicación proyecto de jurisdicción agraria.

Radicación proyecto de jurisdicción agraria. Foto: Partido Comunes

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La tierra en Colombia ha sido una de las causas que han motivado, a juicio de muchos sectores, el conflicto armado y, por esta razón, el Gobierno Nacional ha anunciado esta semana múltiples directrices que cambiarían la forma de istrarla en el país.
Uno de los nuevos ingredientes es el proyecto de acto legislativo que radicaron este miércoles los ministros del Interior, Alfonso Prada; de Agricultura, Cecilia López; y de Justicia, Néstor Osuna. Este busca realizar una reforma a la Constitución Política de Colombia para establecer una jurisdicción agraria y rural.
El Gobierno Nacional explicó que, al consolidar una jurisdicción especial de este tipo, se tiene como objetivo, en primera instancia, cumplir los acuerdos de paz firmados en La Habana en lo relacionado con el punto 1 de la Reforma Rural Integral.
Asimismo, también se espera facilitar a los campesinos y colombianos en general el a una justicia especializada, la cual, al conocer del tema, podría ser más rápida y eficaz.
“Esta iniciativa busca fortalecer la institucionalidad colombiana, para que comprenda y resuelva de manera eficiente los problemas presentados en nuestro campo en torno a la tierra y el territorio, garantizando así los mínimos vitales de las comunidades y los grupos culturales y étnicos que la habitan. Con iniciativas como esta, es posible construir una ruralidad, potencia mundial de la vida”, explicó el Gobierno Nacional.
Las tierras baldías que han sido entregadas por jueces bajo la figura de prescripción del dominio podrían ser entre 26.000 y 29.000 predios.

Las tierras baldías que han sido entregadas por jueces bajo la figura de prescripción del dominio podrían ser entre 26.000 y 29.000 predios. Foto:Rodrigo Sepúlveda / EL TIEMPO

Claves del proyecto

La nueva jurisdicción entraría a funcionar en un término no superior a dos años siguientes a la promulgación de este acto legislativo.
Su implementación será progresiva y, mientras entra en funcionamiento en todo el territorio nacional, se podrá adoptar un régimen de transición en los términos y condiciones que defina la ley. Esto con el objetivo de que los procesos que ahora adelantan jueces civiles en temas de tierras no queden en el limbo mientras se consolida el proyecto.
la Corte Agraria y Rural preparará y presentará proyectos de ley y de actos reformatorios de la Constitución, en relación con los asuntos de su competencia
Dentro de este nuevo aparato de justicia, se establece la creación de la Corte Agraria y Rural, que se compondría de un número impar de magistrados, los cuales estarían sujetos al mismo régimen y estatuto personal, fiscal y penal que regula a los magistrados de una alta corporación.
Entre las funciones de la Corte Agraria estarían desempeñar las tareas de un tribunal supremo. Asimismo, tendrá que revisar las decisiones judiciales que se profieran por las autoridades judiciales de la jurisdicción agraria.
También deberá dirimir los conflictos de competencias en la jurisdicción agraria y rural, que no correspondan a otra autoridad judicial. Por último, la Corte Agraria y Rural preparará y presentará proyectos de ley y de actos reformatorios de la Constitución, en relación con los asuntos de su competencia; ejercerá las demás funciones determinadas por la ley y se dará su propio reglamento.
En Colombia los jueces especializados en restitución de tierras se crearon con la Ley 1448 de 2011, Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, que estableció que el Consejo Superior de la Judicatura debía crear, en forma gradual y progresiva, los cargos de magistrados de los Tribunales Superiores y Jueces Civiles del Circuito.
En Colombia no hay un dato formal que permita establecer cuántas hectáreas suman los baldíos que tiene la Nación.

En Colombia no hay un dato formal que permita establecer cuántas hectáreas suman los baldíos que tiene la Nación. Foto:Cortesía de la Fiscalía

Así pues, estos son jueces y magistrados civiles que se especializan y solo se ocupan de resolver solicitudes de restitución de tierras, las cuales son presentadas por la Unidad de Restitución de Tierras. Pero a la fecha solo hay 40 jueces y 15 magistrados en esta especialidad y uno de los problemas que ha habido con este tema ha sido precisamente que son muy pocos para la gran demanda de trabajo.
De hecho, el informe de gestión de la rama judicial para 2021 señala que el año pasado ingresaron 12.612 solicitudes de restitución de tierras —tanto en juzgados como en tribunales— pero solo se evacuaron ese mismo año 5.314 casos, quedando un inventario final, sumando expedientes que venían desde otros años, de 39.407 solicitudes sin resolver.
Pilar García Pachón, directora del Departamento del Derecho de Medio Ambiente de la Universidad Externado, señaló que la norma va a eliminar formalismos innecesarios en los trámites para el a la tierra y que estaban establecidos en las normas vigentes que tenían los jueces para tomar decisiones de fondo en los procesos de su competencia. La experta destacó también que son los caminos istrativos y jurisdiccionales los que se van a hacer más eficientes con el propósito de atender los requerimientos de los campesinos, pero que es claro que no se aceptan las vías de hecho.
REDACCIÓN POLÍTICA Y JUSTICIA

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