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Le quedan 15 días a la Fiscalía para definir suerte de Álvaro Uribe

Debe presentar escrito de acusación el 4 de febrero o precluir. Tutela de defensa no suspende plazo.

Fuentes en la Corte dicen que no hay términos para definir si pasa o no a la Fiscalía los procesos contra Álvaro Uribe.

Fuentes en la Corte dicen que no hay términos para definir si pasa o no a la Fiscalía los procesos contra Álvaro Uribe. Foto: Juan Diego Buitrago. Archivo EL TIEMPO

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Al fiscal delegado Gabriel Jaimes le quedan 15 días calendario para definir la suerte del expresidente Álvaro Uribe Vélez dentro del proceso que saltó de la Corte Suprema a la Fiscalía por presunto soborno a testigos y fraude procesal.
Así lo ordenan los términos legales que establecen un plazo perentorio de 90 días, que empezaron a contar desde el 6 de noviembre. Ese día, el juez cuarto penal del Circuito de conocimiento de Bogotá confirmó la libertad del exmandatario, pero señaló que el caso pasaba a la Fiscalía en etapa de imputación de cargos. 
Para el Juzgado Cuarto es claro que dentro del proceso que se sigue en contra de Uribe Vélez sí es posible equiparar la indagatoria del viejo sistema (ley 600), bajo el cual lo procesó la Corte Suprema, con la imputación de cargos en el nuevo sistema penal acusatorio (ley 906), que es el que aplica la Fiscalía.
El juez así lo decidió al resolver la apelación contra la decisión del 10 de octubre de 2020, la cual le concedió la libertad al expresidente, quien cumplió prisión domiciliaria por orden de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia.
Gabriel Ramón Jaimes Durán, Fiscal de carrera que actualmente ostenta el cargo de Fiscal coordinador de la Fiscalía.

Gabriel Ramón Jaimes Durán, Fiscal de carrera que actualmente ostenta el cargo de Fiscal coordinador de la Fiscalía. Foto:Fiscalía

¿Carrera contra el reloj?

Ante esa decisión, el fiscal Jaimes debe presentar el 4 de febrero o antes el respectivo escrito de acusación o, por el contrario, pedir la preclusión a favor del exmandatario.
Aunque la defensa de Uribe, en cabeza del penalista Jaime Granados, está segura de la inocencia del expresidente, e insiste en que la Corte Suprema le violó varios de sus derechos dentro del proceso, interpuso una acción de tutela para tumbar la imputación.
Jaime Granados, abogado penalista.

Jaime Granados, abogado penalista. Foto:Claudia Rubio / EL TIEMPO

Según el propio Granados, esta debe fallarse el próximo 29 de enero, seis días antes de que se le venza el plazo a la Fiscalía para definir la situación jurídica del exmandatario.
La defensa no pidió ningún tipo de medida cautelar mientras se decide la tutela, que igual puede ser apelada por las víctimas del caso a quienes se les corrió traslado de la acción interpuesta por la defensa: el senador Iván Cepeda, el exfiscal Eduardo Montealegre y el exvicefiscal Jorge Perdomo.
"Los términos para la Fiscalía siguen corriendo", explicó una fuente enterada del caso. 
Esta es la notificación de la ición de la tutela interpuesta por la defesna de Uribe.

Esta es la notificación de la ición de la tutela interpuesta por la defesna de Uribe. Foto:EL TIEMPO

La tutela

"Esperamos que el juez de tutela obre en derecho", le dijo Granados a EL TIEMPO, y señaló que dentro de esa acción también se debe pronunciar la Fiscalía y la Procuraduría General, a cuyos representantes también se les corrió traslado. Así mismo, a la jueza de primera instancia.
En la tutela, el penalista argumenta que "no existe otro mecanismo de defensa judicial", ya que la nulidad en el proceso penal buscaría retrotraer la actuación irregular.
Pero, en su criterio, en este caso la actuación irregular no existe, porque para la defensa de Uribe no hubo imputación en contra del mandatario, sino una formulación de cargos.
De hecho, señala que el juez cuarto de circuito, actuando como segunda instancia del de control de garantías, desbordó su competencia, "pues debiendo referirse a la libertad, que era el tema apelado, resolvió sobre un aspecto que le correspondía determinar a la Fiscalía General de la Nación".
Además, dice Granados en la tutela, se desconoció que, por disposición constitucional, es a la Fiscalía –y no a los jueces– a la que le está dado determinar si contra una persona se inicia la persecución penal, a través de la imputación.
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que itió la tutela, ya le notificó a las partes.
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