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Tribunal niega audiencia presencial de medida de aseguramiento contra Carlos Ramón González; ¿por qué?

La solicitud de cambio de modalidad fue hecha por abogado de víctimas.

Pablo Bustos y Carlos Ramón González

Pablo Bustos, representante de víctimas; y Carlos Ramón González, imputado por el escándalo del saqueo a la UNGRD. Foto: Archivo particular

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Para las 9 de la mañana del próximo viernes 6 de junio está programada la audiencia de medida de aseguramiento en contra del exdirector del Dapre Carlos Ramón González por el escándalo del saqueo a la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo (UNGRD).
González ha sido señalado por Olmedo López, exdirector de la UNGRD; por Sandra Ortiz, exconsejera para las regiones del gobierno Petro y por Sneyder Pinilla, como el cerebro detrás de las coimas a los presidentes del Senado y Cámara, Iván Name (Alianza Verde) y Andrés Calle (Liberal).

La solicitud de víctimas

Sandra Ortiz

Sandra Ortiz, exconsejera para las regiones del gobierno Petro. Foto:Archivo particular

Aunque desde el pasado 21 de mayo en la audiencia de imputación contra González se definió que la diligencia de medida de aseguramiento se iba a realizar presencial, el Tribunal Superior de Bogotá recibió una solicitud por parte del abogado Pablo Bustos, uno de los apoderados de víctimas quien pide que se realice de manera presencial.
EL TIEMPO conoció en primicia la respuesta del Tribunal Superior de Bogotá a la petición de Bustos en la que rechaza las pretensiones.
"Su petición además resulta tardía porque la misma ha debido formularla en la sesión pasada, esto es, en la audiencia de formulación de imputación, cuando estaban conectadas todas las partes e intervinientes, para que pudieran tener la oportunidad de coadyuvar u oponerse a su requerimiento; sin embargo, no lo hizo a pesar de haber estado usted conectado", se lee en la respuesta del Tribunal.

Problemas superados

Documento Tribunal Superior de Bogotá.

El documento en donde el Tribunal Superior de Bogotá rechaza las pretensiones de Bustos. Foto:Archivo particular

En el documento, el magistrado Leonel Rogeles Moreno también asegura: "Si bien se presentaron problemas de conexión en la audiencia de imputación desarrollada el 21 de mayo, las mismas no obedecieron al despacho presidido por el suscrito y fueron superadas rápidamente, de manera que no existe ninguna circunstancia que impida el desarrollo normal de la audiencia en la forma como se acordó con las partes". 
Según el tribunal "el hecho de que el procesado -quien está cobijado por la presunción de inocencia-, acuda de manera virtual, no significa un límite para el desarrollo de la diligencia, y por ende, no constituye un argumento válido para ordenar la realización presencial".
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