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Exclusivo: este es el contrato secreto de compra de acciones de la Triple A
Piden a Contraloría verificar legalidad. Inassa, dueña de acciones, hace fuerte lobby.
Andrés Ávila, expresidente de la SAE (izq.) y Jaime Pumarejo, alcalde de Barranquilla (der). Foto: EL TIEMPO
Bajo absoluto hermetismo, el 3 de diciembre de 2021 se cerró la megaventa del 82,16 por ciento de las acciones de las empresas de Acueducto Alcantarillado y Aseo (Triple A), la llamada 'joya de la corona' de Barranquilla.
El paquete accionario –que se tranzó por 565.000 millones de pesos– es el incautado a Inassa, filial de la empresa pública española Canal Isabel II, incautado por la Fiscalía de Colombia tras el escándalo de corrupción que se destapó en 2018 y que tiene a varios exdirectivos tras las rejas.
Edmundo Rodríguez Sobrino fue capturado en 2017 por corrupción en contratos con la Triple A. Foto:Javier López. EFE
La gran tajada de acciones de la Triple A quedó en manos de la empresa de Alumbrado Público de Barranquilla, en donde el 65 por ciento es de la Alcaldía y el resto, de Barranquilla Capital Luz. En esta última aparecen como accionistas firmas de los empresarios William Vélez y los hermanos Christian y José Manuel Daes.
Con esa transacción, cubierta por la confidencialidad, la Alcaldía de Jaime Pumarejo (Cambio Radical) creía haber recuperado un activo importante de la ciudad.
Sin embargo, lo que se acaba de ganar es la solicitud de la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República para que se investigue un posible peculado por apropiación a favor de terceros.
Al respecto, hace un par de meses Barranquilla comunicó que los Daes cedieron su participación y ahora el distrito tiene el 73 por ciento de la firma compradora.
El contrato confidencial fue suscrito el pasado3 de diciembre de 2021. Foto:EL TIEMPO
El litigio internacional
El empresario William Vélez. Foto:Archivo particular
En efecto, para la Oficina de Transparencia, se echó mano de un mico en la ley que modificó el código de extinción de dominio, para adelantar una enajenación temprana. Además, se omitió hacer una oferta pública de las acciones, alegando el carácter público de Capital Luz, a pesar de tener participación de privados.
La alcaldía de Pumarejo insiste en la legalidad de la transacción y por eso anunció que le entregará a la Contraloría el contrato de compraventa confidencial, para que se someta a un análisis.
EL TIEMPO se anticipó, obtuvo en primicia el documento y lo revela de cara a la demanda que se interpondría contra Colombia por parte de los españoles ante el tribunal internacional del Banco Mundial en Washington.
De hecho, en agosto pasado, el diario El País reveló que la división internacional de la empresa Canal Isabel II destinó una bolsa pública de un millón de euros para “buscar una compañía que tenga oficina en Colombia y dirija una estrategia en defensa de sus intereses.
Para los españoles se trató de una expropiación de las acciones, a través de la aplicación de una norma que solo procede para bienes incautados a la mafia.
La transacción del millonario negocio fue por 565 mil millones de pesos. Foto:EL TIEMPO
El documento confidencial
Andrés Idárraga era el director de Derechos Humanos del Distrito. Foto:Archivo particular.
"Es claro que, sin importar cuál sea la conclusión de los organismos de control sobre la legalidad de la venta, este tipo de ruidos favorecen el litigio internacional a favor de Inassa", le dijo a EL TIEMPO una fuente enterada.
Sin embargo, itió que el secretismo del documento genera suspicacias.
El encabezado del contrato identifica quiénes participaron en la polémica transacción.
"El presente contrato de compraventa de acciones, de fecha tres (3) de diciembre de 2021 (el "Contrato"), se celebra entre, por una parte, la Sociedad de Activos Especiales S.A.S., sociedad de economía mixta vinculada Ministerio de Hacienda y Crédito Público, autorizada por la Ley (...); y por la otra, Alumbrado Público de Barranquilla S.A.S., sociedad por acciones simplificada de economía mixta, del orden Distrital".
Lo primero que llama la atención es el carácter de economía mixta de la compradora y si eso es suficiente para haber tenido la opción preferente para adquirir las acciones.
El contrato fue suscrito por Carlos Alberto Sarabia, gerente de Alumbrado Público de Barranquilla y Andrés Avila, expresidente de la SAE. Foto:EL TIEMPO
¿Se saltaron la oferta pública de acciones?
Contralor Carlos Hernán Rodríguez. Foto:Archivo particular
A renglón seguido, el contrato entra a justificar la venta de las acciones antes de que concluya el proceso de extinción de dominio y la opción preferencial que le dio la empresa de economía mixta de Barranquilla para que se quedara con estas.
"Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 8 de la Ley 2155 de 2021, modificatorio del artículo 92 de la Ley 1704 de 2014, en el caso de participaciones accionarias o de capital, sociedades o establecimientos de comercio, la SAE "podrá otorgar derecho de preferencia en la compra a entidades de derecho público cuando las circunstancias de interés público evidencien que es pertinente", con lo cual se habilita una vía de negociación directa interistrativa", señala el documento obtenido en primicia por este diario.
La oferta de Pumarejo
En el documento se lee que el comprador cuenta con una participación accionaria del distrito del 65%. Foto:EL TIEMPO
En el contrato también se señala cómo se cocinó el negocio.
"Que, a través de comunicación de fecha 19 de marzo de 2021, suscrita por el alcalde Jaime Alberto Pumarejo Heins, el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla (el "Distrito") solicitó a la SAE iniciar el proceso para la enajenación a favor del Distrito de Barranquilla de la participación accionaria que la SAE istra dentro de la Compañía, con el objetivo de fomentar el crecimiento del patrimonio público del Distrito y asimismo garantizar la continuidad de atención a las necesidades de la ciudadanía", señala el contrato confidencial.
Y advierte que el Acuerdo 020 de 2016 le autoriza al alcalde Pumarejo realizar este tipo de transacciones.
Además, que el comprador cuenta con una participación accionaria del Distrito del 65 %, lo que la hace una sociedad con capital mayoritariamente público.
En el documento se lee que cada parte podrá indemnizar a la otra de no cumplir o faltar a la veracidad en cualquier requisito. Foto:EL TIEMPO
"En este sentido, a voces del artículo 2 de la Ley 80 de 1993 es considerada una entidad estatal y como tal está sometida a los principios de la función istrativa y de la gestión fiscal previstos en los artículos 209 y 267 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 3 de la Ley 489 de 1998, artículos 13 y 14 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 93 de la Ley 1474 de 2011. Así mismo, sujeta a las demás normas referentes a principios de la función istrativa y la contratación pública en lo que resulta pertinente y compatible con su régimen legal", se aclara.
Mientras en Colombia se revisa la legalidad de la transacción, en Estados Unidos avanza el multimillonario litigio de Inassa y el fuerte lobby para intentar recuperar el jugoso paquete accionario.