El pasaporte es aquel documento de viaje que identifica a los colombianos y sin este no es posible ir a ningún destino fuera del país; de ahí la importancia de tenerlo vigente.
Puede tramitarse tanto siendo menor (con la ayuda de un adulto, por supuesto) como habiendo cumplido la mayoría de edad, pero algunas condiciones cambian si el proceso a realizar es el de renovación.
Le contamos cómo hacerlo.
Solicitar una cita de renovación
Una vez ingrese debe:
1. Diligenciar el formulario con la información solicitada
2. Seleccionar la oficina donde realizará el trámite
3. Seleccionar el trámite, el día y hora que desea agendar
4. Verificar los requisitos para efectuar el trámite
Así mismo, a la cita debe asistir con su documento de identidad. Es decir, cédula de ciudadanía o:
a) Contraseña por primera vez expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil y copia del registro civil de nacimiento expedido por el Notario, Registrador o Cónsul.
b) Contraseña expedida por solicitud de duplicado o renovación de la cédula de ciudadanía emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil la cual debe estar acompañada de la consulta en línea del certificado de vigencia de la cédula adelantada por la oficina expedidora a través de la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Es importante también tener a la mano el pasaporte anterior (en caso de que lo tenga). De lo contrario, deberá informar a la oficina expedidora si el suyo es un caso de pérdida o hurto.
Por último, las fotos no serán necesarias, pues en la oficina se las tomará el funcionario encargado.
¿Qué sucede en el caso de los menores de edad?
Desde diciembre de 2022 los menores de edad no tienen la obligación de renovar su pasaporte, así lo comunicó la Cancillería: “Se suspende la obligación de cambiar el pasaporte colombiano cuando el menor de edad cumple siete años o alcanza la mayoría de edad”.
Esto, en cumplimiento de la Resolución 9270 del 13 de diciembre de 2022, firmada por el Ministro de Relaciones Exteriores, Álvaro Leyva Durán, aunque vale decir que la suspensión es de dos años para mitigar la alta demanda de este documento y favorecer al sistema.
“Con el fin también de proteger tanto a los funcionarios como a los s por los picos de contagio que se siguen presentando, y en acatamiento a la resolución que expidió el Ministerio de Salud y Protección Social (…), se tomó nuevamente la decisión de mantener esta suspensión de la obligatoriedad de cambiar el pasaporte para menores de edad por dos años más, siempre y cuando el pasaporte se encuentre vigente”, menciona en un comunicado la Embajadora Fulvia Benavides, Directora de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano de la Cancillería.
La aclaración es que la medida no aplica en caso de que el pasaporte venza, pues, recordemos, tiene vigencia de 10 años.
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Margarita Contreras
Redacción TENDENCIAS