Atención: estos son los pensionados de la Fuerza Pública que sí recibirán la mesada 14

Dirección de Veteranos y Rehabilitación Inclusiva aclara quiénes reciben la prima de mitad de año.

. Foto: iStock / Sergio Acero. El Tiempo

SubeditoraActualizado:
En la mañana de este viernes, la Dirección de Veteranos y Rehabilitación Inclusiva (Divri) aclaró que, de acuerdo con el comunicado emitido ayer por el Ministerio de Defensa sobre el pago de la mesada 14 - adicional de mitad de año -, las personas que disponen de ese pago son "los pensionados de la entidad, que adquirieron el estatus pensional antes de la entrada en vigencia del Acto Legislativo No. 001 de 2005".
Y agrega que se hace referencia a...
- Los pensionados y sus beneficiarios que adquirieron el estatus pensional con anterioridad al 29 de julio de 2005.
- Y a los pensionados y sus beneficiarios que adquirieron el estatus pensional con
posterioridad al 29 de julio de 2005 y antes del 1 de agosto de 2011, cuya
mesada pensional no supera los tres (03) salarios mínimos mensuales
legales vigentes (SMMLV).
También aclaran que, respecto a la determinación final que debe proferir el Consejo de Estado, la suspensión del pago de la denominada mesada 14 solo tendrá en cuenta a las siguientes personas:
- "Quienes adquirieron el estatus pensional con posterioridad al 29 de julio de 2005, que devengan más de tres (03) salarios mínimos mensuales legales vigentes
(SMMLV).
- Los que adquirieron el estatus pensional con posterioridad al 1 de agosto de 2011,
independientemente del valor de la mesada pensional".

(Imagen de referencia). Foto:iStock

La aclaración es respuesta al comunicado que emitió el Ministerio de la Defensa en el que dio a conocer que la denominada mesada 14 para los integrantes de la Fuerza Pública no se pagará este año.
La razón de ello es que el aval a esa mesada fue suspendido por el Consejo de Estado en julio de 2021, decisión que fue ratificada en julio de 2022, mientras se estudia de fondo una demanda.
Y el Ministerio afirma que le resulta jurídicamente improcedente el pago de la mesada adicional o mesada 14, hasta que se resuelva definitivamente la nulidad que cursa ante el Consejo de Estado en contra del acta del 22 de abril de 2014 “por medio de la cual se decide sobre el pago de la mesada 14 a los pensionados del Ministerio de Defensa-Secretaría General Dirección istrativa-Grupo de Prestaciones Sociales, que tienen derecho”.
Redacción Justicia:
En Twitter: @JusticiaET

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