La idea de trabajar en Estados Unidos es un sueño para muchos. No obstante, hay quienes tienen la idea de que el país norteamericano únicamente brinda oportunidades para tareas físicas y de pagas menores. La realidad es que si se conocen las leyes de inmigración se descubrirá que existen diferentes clasificaciones a las que se puede aplicarpara obtener un permiso de empleo permanente.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés), explica que cada año fiscal entrega alrededor de 140.000 visas de inmigrantes para extranjeros, y sus cónyuges e hijos, a personas que tienen la intención de llegar al territorio para aplicar sus destrezas en distintos empleos.
Esta opción únicamente está disponible para personas que tengan las destrezas adecuadas, las certificaciones educativas y la experiencia, además de cumplir con otra serie de requisitos para vivir permanentemente en EE. UU. En algunos de los casos, es necesario que la persona interesada ya cuente con una oferta de empleo formal, de manera que la compañía sirva como patrocinadora. Mientras que en otros, primero se debe obtener una certificación laboral aprobada por el Departamento de Trabajo (DOL, por sus siglas en inglés).
Las 5 categorías de preferencia de visa de trabajo permanentes en Estados Unidos
Primera preferencia EB-1
Esta categoría se reserva para personas con aptitudes extraordinarias en las áreas de ciencias, artes, educación, negocios o deportes. Aplica, por ejemplo, para profesores o investigadores sobresalientes, o ejecutivos y personas con puestos de gerencia en empresas multinacionales. No se requiere certificación de trabajo.
Aunque la ropa cómoda se impuso a raíz de la pandemia, el estilo más formal está regresando y con ello, el uso de la corbata. Foto:PxHere
Segunda preferencia EB-2
Esta preferencia se reserva para las personas que sean profesionales y tengan títulos de posgrado, o para quienes demuestren aptitudes excepcionales en las artes, las ciencias o los negocios. Se requiere certificación de trabajo a menos que el solicitante pueda obtener una dispensa por intereses nacionales.
Tercera preferencia EB-3
Esta preferencia se reserva para los profesionales y para lostrabajadores especializados. Se requiere tramitar un certificación de trabajo ante Uscis.
Cuarta preferencia EB-4
Esta preferencia se reserva para “inmigrantes especiales”, entre los cuales se incluyen ciertos trabajadores religiosos, empleados de puestos del servicio exterior de Estados Unidos, personal retirado de organizaciones internacionales, extranjeros menores de edad que están bajo la protección de tribunales de los EE. UU. y otros casos. No se requiere certificación de trabajo.
Quinta preferencia EB-5
Esta preferencia se reserva para los inversionistas de negocio que inviertan US$1'000.000 o US$500.000 (si la destinan a un área de empleo identificada) en una nueva empresa que genere trabajo de tiempo completo para al menos diez estadounidenses. No se requiere certificación de trabajo.
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