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Estos son los ocho productos de plástico de un solo uso se prohibirían a partir de junio

Se conoció el borrador de decreto que reglamenta casi el 80% de la ley de plásticos que emitió el Congreso en 2022.

Plástico de un solo uso Foto: iStock

PeriodistaActualizado:

La Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, María Susana Muhamad, anunció que se ha publicado un borrador de decreto para recibir comentarios públicos, el cual regula cerca del 80% de la ley de plásticos de un solo uso aprobada por el Congreso en 2022.

Este decreto, que entra en vigor el 7 de junio, establece las pautas para la prohibición de varios productos plásticos desechables. Desde esa fecha, se prohibirán la producción y uso de artículos como pajillas, vasos, platos y bolsas de lavandería.

Plástico de un solo uso Foto:iStock

De acuerdo con la ley, 14 productos serán eliminados gradualmente del mercado hasta 2023, y ocho de estos estarán prohibidos en solo dos meses. 

(Más: Exclusivo: Minambiente firma decreto que elimina trámites ambientales en proyectos férreos).
La Ministra Muhamad detalló que el decreto también ofrece alternativas para los productores y mecanismos de control ambiental para la producción y distribución de estos artículos.

El decreto especifica la prohibición de varios artículos plásticos, incluyendo:
  • Bolsas de punto de pago no reutilizables usadas para empacar y transportar mercancías.
  • Bolsas usadas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas, así como aquellas usadas en lavanderías.
  • Rollos de bolsas vacías para uso comercial, excepto las destinadas a productos de origen animal crudos.
  • Mezcladores y pajillas para bebidas.
  • Soportes plásticos para bombas de inflar y para copitos de algodón.

Plástico de un solo uso será regulado en Colombia. Foto:iStock

Además, otros ocho productos de la lista deberán dejar de adquirirse gradualmente en entidades públicas desde la misma fecha, con una prohibición total prevista para 2030. Estos incluyen:

  • Envases y utensilios desechables para alimentos no preenvasados.
  • Platos, cubiertos y guantes desechables.
  • Confeti, manteles y serpentinas.
  • Empaques para comidas para llevar o entregas a domicilio.
  • Mangos de hilo dental desechables.
  • Adhesivos y etiquetas para vegetales.
  • Empaques para frutas, verduras y tubérculos frescos que naturalmente tienen cáscaras, y para hierbas y hortalizas frescas.

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*Esta información fue reescrita con la asistencia de una inteligencia artificial basada en información de Portafolio y contó con la revisión de una periodista y un editor.

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