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Noticia
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Polémica tras demanda de Dumek Turbay al Invías por cobro de valorización en la Vía al Mar que conecta Cartagena y Barranquilla
La acción judicial busca anular la resolución del Invías que impone el cobro de valorización en el proyecto vial que conecta a ambas ciudades.
Vía al Mar, el corredor que comunica a Cartagena con Barranquilla. Foto: Cortesía Carlos Maury
El alcalde de Cartagena, Dumek Turbay, presentó una demanda de control de nulidad simple, ante el Consejo de Estado, contra el Instituto Nacional de Vías (Invías).
La acción judicial busca anular la resolución del Invías que impone el cobro de valorización en el proyecto vial que conecta Cartagena y Barranquilla, conocido como la Vía del Mar.
"El Invías, cuando expide la resolución, lo hace sin estudios técnicos apropiados para el cobro de esa valorización y frente a eso pues nosotros no nos podemos quedar callados. Ya identificamos que hay unas falencias en la resolución y en los documentos que soportan esa decisión, y por ello nosotros tenemos que acudir al amparo legal”, dijo el alcalde Dumek Turbay.
Peaje Papiros en la Vía al Mar. Foto:Vanexa Romero - EL TIEMPO
El proceso tiene una debilidad enorme: están aplicando la valorización a una obra que tiene más de 5 años y frente a ese cobro, lo que lo que sabemos con base en la ley, es que no es posible hacer un cobro de valorización a una obra de más de cinco años
Turbay Paz argumenta que la resolución del Invías carece de objetividad y vulnera el marco jurídico que rige este tipo de tributos. En la demanda, el alcalde señala que la resolución fue expedida en contravención de normas, decretos y leyes vigentes. Uno de los principales puntos de la demanda es que el cobro de valorización infringe el artículo 363 de la Constitución, que establece el principio de irretroactividad del tributo.
La demanda explica que el proyecto vial se estructuró por fases, cada una correspondiente a unidades funcionales que entraron en operación antes de la implementación del cobro, excepto la última fase, que representa un porcentaje mínimo del proyecto total. Esto, según Turbay, vulnera el principio de irretroactividad que debe regir en materia tributaria.
El cobro Incluye la vía de primer orden que hace parte de la transversal del Caribe, ruta 90A01 Cartagena - Barranquilla y la vía entre Malambo y Las Flores, conocida como la circunvalar de la Prosperidad, de Atlántico, con una longitud total estimada de origen - destino de 152,2 km.
“El proceso tiene una debilidad enorme: están aplicando la valorización a una obra que tiene más de 5 años y frente a ese cobro, lo que lo que sabemos con base en la ley, es que no es posible hacer un cobro de valorización a una obra de más de cinco años, entonces ahí están las debilidades de ese coro valorización y por supuesto que no estamos de acuerdo”, agrega el burgomaestre.
es necesario se adelante un censo inmobiliario con fines a la Contribución Nacional de Valorización de los municipios, dada la notable diferencia del uso real y el bajo número de predios actualizado
Otro aspecto crucial de la demanda, según el mandatario cartagenero, es la falta de avalúos actualizados y la carencia de información completa para determinar con certeza el beneficio del cobro de valorización en la zona de influencia. Según Turbay, el proyecto no cuenta con los estudios necesarios para justificar el cobro.
De acuerdo con el artículo 248 de la Ley 1819 de 2016, para distribuir la Contribución Nacional de Valorización es necesario realizar un censo inmobiliario que identifique a los propietarios o poseedores de cada predio en la zona de influencia. Turbay acusa que este censo nunca se realizó, lo que añade otra capa de irregularidad al proceso.
El alcalde también cuestiona la subjetividad del proyecto, sustentado en un informe de la consultoría privada Unión Temporal Montaña & Borrero 2019. Según la demanda, este informe carece del nivel de detalle requerido para aplicar la contribución y no contó con la intervención del Invías en elementos esenciales como la zona de influencia, el beneficio y el método de distribución.
"...es necesario se adelante un censo inmobiliario con fines a la Contribución Nacional de Valorización de los municipios, dada la notable diferencia del uso real y el bajo número de predios actualizado, censo que no fue llevado a cabo, por lo que el acto acusado atenta flagrantemente contra la citada disposición", señala en uno de sus apartes la demanda.
Información catastral y predial desactualizada
La demanda resalta que la información catastral y predial utilizada en el proyecto está desactualizada, y que un 45,17% de los predios presentan algún tipo de desactualización. Esto, según Turbay, evidencia la necesidad de una actualización por censo inmobiliario previo a cualquier reparto de contribución de valorización.
Turbay sostiene que el proyecto viola el artículo 243 de la Ley 1819 de 2023, que establece el sujeto activo de la contribución. La falta de estudios actualizados impide determinar con certeza la metodología para delimitar la zona de influencia y distribuir el beneficio.
El burgomaestre cartagenero solicita la nulidad del acto istrativo emitido por el Invías argumentando que está viciado por la falta de correspondencia entre los motivos expresados en el acto y la realidad de los hechos o el derecho aplicable.
Según el alcalde, la justificación dada para la emisión del acto carece de fundamento en la normatividad vigente.
La demanda presentada por Turbay busca proteger los derechos de los habitantes de Cartagena y garantizar que cualquier cobro de valorización se realice conforme a la ley y con la debida transparencia y actualización de la información requerida. El desenlace de esta acción judicial será crucial para determinar la validez del cobro de valorización en uno de los proyectos viales más importantes de la región.