De aprobarse el Plan Nacional de Desarrollo tal 2022-2026, tal como fue presentado ayer ante el Congreso de la República y el país en general, el presidente Gustavo Petro tendrá seis meses para hacer una reorganización de las empresas y entidades en las que la Nación tenga participación, sin importar el sector en que operen. Lo anterior hace parte de las facultades extraordinarias que se le concederían al mandatario si el Legislativo, luego de las discusiones pertinentes, le dan el visto bueno a dicho plan.
El documento especifica que le daría facultades extraordinarias al Presidente por seis meses para crear, escindir, fusionar, suprimir, integrar o modificar la naturaleza jurídica de entidades de la Rama Ejecutiva; realizar las modificaciones presupuestales necesarias para financiar los gastos de funcionamiento e inversión necesarios; o regular los usos alternativos de la planta de coca y el cannabis para fines medicinales, terapéuticos y científicos.
El Plan también habla de crear el Consejo Nacional de Economías Culturales y Creativas, el Registro Nacional de Reducción de las Emisiones y Remoción de Gases de Efecto Invernadero, el Consejo Nacional de Lucha contra la Deforestación y otros crímenes ambientales o el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en contexto y en razón del conflicto armado.
El artículo 298 del mencionado plan precisa que esas facultades extraordinarias que se le concederían al mandatario le permitirían, además, "señalar, modificar y determinar los objetivos y la estructura orgánica de las entidades resultantes de las creaciones, fusiones o escisiones y los de aquellas entidades a las cuales se trasladen las funciones de las suprimidas, escindidas, fusionadas o transformadas".
Pero además, capitalizar las empresas que se creen, fusionen, escindan o integran, y establecer las condiciones de aporte de capital de la Nación.
También podrá el Presidente, en uso de esas facultades crear, escindir, fusionar, suprimir o modificar la naturaleza jurídica de fondos cuenta, que son una herramienta para la "istración de recursos públicos, con o sin personería jurídica" y cuyo "representante legal es el titular de la entidad al cual está adscrito, que funciona con la planta de ministerio o departamento".