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Noticia
¿Puede no recibir prima navideña? Estas son las razones por las que pueden embargarle el pago
El Código Sustantivo del Trabajo expone cuál es el caso en el que perdería la prima navideña.
Empleados dependientes tienen derecho al pago de la prima navideña Foto: Canva/ iStock
En Colombia, aquellos que son trabajadores dependientes tienen el derecho de recibir la prima, es decir que quienes estén bajo modalidades de contrato fijo, indefinidos, por obra labor, temporales y por días, están dentro de los beneficiados de este pago.
De igual manera, esta prestación social también se extiende a trabajadores de servicio doméstico, choferes de servicio familiar y empleados de finca.
La prima debe pagarse a trabajadores dependientes. Foto:iStock
La última fecha para hacer este pago es el viernes 20 de diciembre, sin embargo, existen una razón por las cual podría perder su prima navideña.
Según el Código Sustantivo del Trabajo, el artículo 344 de este menciona que la prima de servicios puede perderse en un único caso.
La norma establece que, si el individuo tiene pensiones alimentarias o deudas con cooperativas, las prestaciones sociales, tales como la prima, le podrán ser embargadas.
Si el trabajador tiene deudas con cooperativas y pensiones alimentarias, la prima será embargada. Foto:iStock
No obstante, el acreedor podrá solicitar a un juez el embargo del 50% de las prestaciones del deudor "en favor de las cooperativas legalmente autorizadas o para cubrir pensiones alimenticias que se deban", subraya el código en conformidad con el artículo 411 y el Código Civil.
De acuerdo con el artículo 344, "el monto del embargo o la retención no podrá superar el 50% del valor de la prestación respectiva".
Cabe mencionar que el salario mínimo legal no es embargable a excepción de algunos criterios. Por ello, para evitar que su prima sea embargada, asegúrese de tener sus obligaciones al día antes de que se efectúe el pago este pago.
Liquidación de la prima navideña
Para calcular la prima navideña, los empleadores deben realizar el siguiente proceso con sus empleados:
Determinar salario base
Multiplicar esta base por los 180 días (equivalentes a 6 meses) o el número de días trabajados
Dividir entre 360, lo que corresponde año
Haga los cálculos de su salario base y de los días trabajados para conocer cuál será su pago de prima Foto:iStock
El resultado de dichos procesos definirá el monto que el trabajador recibirá en su prima navideña.
¿Qué hacer en caso de no recibir la prima?
Según el Ministerio de Justicia, si usted tiene problemas con el reconocimiento o pago de la prima, lo primero que deberá hacer es llegar a un acuerdo con su empleador antes de hacer cualquier petición a alguna otra autoridad.
Si no llegan a ningún acuerdo, usted podrá acudir a un inspector de trabajo con el fin de recibir una asesoría, presentar una queja por el incumplimiento del pago o intentar una conciliación sobre las indemnizaciones, forma y plazos de pago de lo que le deben.
Si no llega a un acuerdo con su empleador, un inspector de trabajo lo asesorará Foto:iStock
Si se quiere llegar a una conciliación pero no existe la figura del inspector de trabajo, la siguiente instancia a consultar es la Defensoría del Pueblo, el Personero Municipal o los consultorios jurídicos de su municipio o ciudad.
Tenga presente que el inspector no puede ordenar el reconocimiento y pago de las prestaciones sociales, por lo que usted deberá radicar una demanda ante un juez laboral, quien podrá tomar la decisión al respecto.