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¿Es posible pensionarse en otro país si se cotizaron semanas en Colombia?
Colombia hace parte de un convenio de países iberoamericanos para la seguridad social.
Todas las personas que laboren, sin importar la edad, deben cotizar pensión. Foto: iStock
Muchos colombianos que están cerca de llegar a su edad de jubilación y además tienen las semanas cotizadas, piensan o deben radicarse en otro país. A raíz de este caso surge una pregunta: ¿Un colombiano puede obtener su pensión en otro país? Le contamos.
Cabe recordar que los requisitos para pensionarse en Colombia son los siguientes:
Edad: 57 años para mujeres y 62 años para hombres, y período de cotización: 1.300 semanas.
En la página web del Ministerio de Trabajo se explica como se puede obtener la pensión en otro país. "Los colombianos que cotizan a pensión en el exterior y han realizado sus aportes al sistema de seguridad en un país iberoamericano, podrán ahora acceder a pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia, de origen común.
Así lo estipula el proyecto de ley aceptado en el Congreso, que adoptó el 'Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS)', texto itido el 10 de noviembre de 2007, en Santiago de Chile, por la XVII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado".
Según el Ministerio de Trabajo, los países firmantes de ese acuerdo y en los que los colombianos podrán gozar de este beneficio son: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.
El CMISS entró en vigencia en Colombia el 1 de julio de 2022. Para acceder a sus beneficios, según Caracol Radio, los colombianos deben presentar una solicitud ante la entidad a de pensiones (AFP) o Colpensiones, adjuntando los documentos que acrediten las cotizaciones en los países iberoamericanos.
Se puede aportar a los dos regímenes
El director de Pensiones del Ministerio del Trabajo, Carlos Hernández, explicó que un colombiano hoy puede hacer aportes al sistema pensional en el exterior, tanto para los Fondos Privados como a Colpensiones, puede hacer sus pagos desde el país donde está residiendo y se le contabilizan en la cuenta de ahorro individual o la a de pensiones.
El Ministerio de Trabajo precisó que un colombiano, en el exterior, puede hacer aportes a cualquiera de los dos regímenes pensionales, el régimen de prima media o régimen de ahorro individual como independiente y el ingreso base de cotización conforme a la Ley 797 de 2003 no podrá ser inferior a un salario mínimo mensual $908.526 y de esta forma el pago que realizaría mensual sería de $145.365.