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¿Tiene derecho al pago de la prima si solo ha trabajado un mes?: las cuentas que debe hacer

Todos los empleados dependientes tienen derecho a recibir el pago antes del 30 de junio.

El reconocimiento monetario se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo que el empleado ha laborado para la empresa.

El reconocimiento monetario se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo que el empleado ha laborado para la empresa. Foto: iStock

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A más tardar este 30 de junio, los empleados deberán recibir el pago de su prima de mitad de año, que es una obligación de las empresas para con los trabajadores dependientes.
Según el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, el empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año. Esto se hará en dos pagos, uno a mitad de año, máximo hasta el 30 de junio, y el segundo en los primeros veinte días del mes de diciembre.
También, el artículo señala que el reconocimiento monetario se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo que el empleado ha laborado para la empresa.
Al menos el 60 por ciento del presupuesto se destina a pago de nómina.

Al menos el 60 por ciento del presupuesto se destina a pago de nómina. Foto:EL TIEMPO

Por lo tanto, si usted es un empleado dependiente, incluyendo al trabajador del servicio doméstico, chofer de servicio familiar y empleado por días o en fincas, tiene derecho a recibir su prima así haya trabajado menos de seis meses.

¿Quiénes no tienen derecho a revivir prima?

Por el contrario, los empleados que no tienen derecho a la prima son aquellos que son independientes, tienen un contrato de prestación de servicios, transitorios, quienes tienen salario integral, los temporales y las personas con contrato de aprendizaje.

¿Cómo saber cuánto le va a llegar de prima?

Para calcular el valor de la prima se hace una operación sencilla. Para esto debe tener en cuenta su salario base, el que le pagan de manera mensual y fija, según su contrato laboral.
La prima también se calcula de manera proporcional a los días que ha trabajado durante este primer semestre del año. Por ejemplo, si trabajó de enero a junio, se consideran 180 días.
Luego, se realiza la fórmula: (salario base x días trabajados) / 360
Siendo así, si usted gana $ 1′300.000, el salario mínimo, más el auxilio de transporte, $ 162.000, gana al mes $ 1′462.000. Al hacer la operación, debe recibir de prima $ 731.000.
Esta disminución implica que hay un aumento del valor de la hora diaria, dado que los trabajadores continuarán devengando la misma remuneración.

Esta disminución implica que hay un aumento del valor de la hora diaria, dado que los trabajadores continuarán devengando la misma remuneración. Foto:iStock

¿Qué pasa si lleva en el trabajo un mes?

Teniendo en cuenta la explicación anterior si usted no ha trabajado durante todo el semestre sino uno o unos cuantos meses, debe tener en cuenta los días trabajados a la hora de hacer la operación.
En este caso, si usted también se gana el salario mínimo más el auxilio de transporte al mes, $ 1′462.000., y es un empleado dependiente, le deberán pagar la prima por $ 121.833.
De igual modo, si usted ha trabajado 2, 3, 4 o 5 meses, debe realizar la operación con la cantidad de días trabajados, sumando 30 días por cada mes que laboró.
ELIM J ALONSO
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS

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