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Prima de junio: ¿cómo saber si tiene derecho a un pago doble? Le contamos
Este beneficio se traduce en un mes de salario por cada año de trabajo, o en su proporción correspondiente si el tiempo trabajado es menor.
La obligación de pagar esta prima está claramente definida en el Código Sustantivo del Trabajo. Foto: César Malgarejo / EL TIEMPO

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Con la llegada de junio, se acerca una de las fechas más esperadas por los trabajadores colombianos: la oportunidad de recibir la primera mitad del pago adicional al que tienen derecho por ley, conocido como la prima de servicios o primas de junio y diciembre.
Este beneficio se traduce en un mes de salario por cada año de trabajo, o en su proporción correspondiente si el tiempo trabajado es menor. La distribución de este pago se realiza en dos partes durante el año: la primera mitad en junio y la segunda en los primeros veinte días de diciembre.
La obligación de pagar esta prima está claramente definida en el Código Sustantivo del Trabajo. Foto:iStock
El incumplimiento de esta obligación puede llevar a sanciones legales para el empleador. Según la ley, "el empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado".
Doble prima: ¿Obligación o beneficio extralegal?
Es importante aclarar que la doble prima o cualquier prima adicional a la de servicios no está contemplada en el Código Sustantivo del Trabajo. Por lo tanto, no es una obligación legal para los empleadores. Este tipo de beneficios adicionales se consideran extralegales y dependen de la voluntad de la empresa de ofrecer mejoras adicionales a sus trabajadores.
Los expertos señalan que estos beneficios suelen incluirse en pactos colectivos o acuerdos entre empleadores y empleados y no forman parte de las regulaciones salariales estándar en Colombia.
¿Cómo se calcula la prima de servicios?
La obligación de pagar esta prima está claramente definida en el Código Sustantivo del Trabajo. Foto:iStock
"Por ejemplo, una persona que gana un salario mínimo en 2021, es decir, $908.526 al mes, más el subsidio de transporte de $106.454 y se divide en 360. La totalidad, se fracciona en dos pagos (junio y diciembre), lo que significa que tiene derecho a una prima de servicios de $507.490 al año", explicaron desde el Ministerio del Trabajo.
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