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Las preguntas claves que deja el nuevo texto de la reforma pensional

En el nuevo texto no se cambió el tope de 3 salarios mínimos mensuales para cotizar en Colpensiones.

Reforma pensional

Reforma pensional Foto: UTL Martha Peratla

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Ayer se realizó la radicación de una nueva ponencia de la reforma pensional que tiene el apoyo del Gobierno nacional y enfrentará su segundo debate en la plenaria del Senado de la República, de los cuatro que debe pasar para convertirse en ley.
La ponencia contiene 94 artículos y 16 presentan ajustes frente a lo que se aprobó en el primer debate, ¿cuáles son esos cambios?

¿Las mujeres se pensionarían al cumplir las 1.000 semanas?

El texto incluye la decisión de la Corte Constitucional en la que se establece que las mujeres podrán pensionarse con 1.000 semanas de cotización.
Otro de los ajustes fue bajar a 60 años la edad de las mujeres que hagan parte del pilar semicontributivo porque no cumplieron los requisitos para acceder a una pensión contributiva habiendo cotizado al sistema.

¿Cómo queda la renta vitalicia?

Adicionalmente, a los beneficiarios de la renta vitalicia que hayan logrado cotizar entre 300 y menos de 1.000 semanas y que no sean elegibles para el pilar solidario se les bajará al 15 por ciento el incentivo adicional sobre el saldo de su ahorro.
También se modificó el pilar de ahorro voluntario en el sentido de establecer la obligación del Gobierno de reglamentar el sistema de equivalencias para que con los recursos de este pilar se pueda completar los requisitos mínimos de semanas para tener derecho a una pensión integral de vejez en el pilar contributivo. Asimismo, se podrán crear nuevos mecanismos que faciliten al afiliado obtener y completar los requisitos mínimos de semanas para tener derecho a una pensión integral de vejez.
Con el sistema actual, los colombianos que ganan más de cuatro salarios mínimos deben hacer un aporte que es destinado entre aquellos ciudadanos que no pueden acceder a la mesada.
Los porcentajes actuales rondan entre el 1 por ciento y el 2 por ciento.
No obstante, con la nueva ponencia presentada por el gobierno del presidente Petro cambian los porcentajes de aporte, los cuales quedarían de la siguiente manera, dependiendo de sus ingresos mensuales:
- Si gana entre 4 y 7 salarios mínimos legales vigentes, deberá aportar el 1,5 por ciento al Fondo de Solidaridad Pensional.
- Si gana entre 7 y 11 salarios mínimos legales vigentes, deberá aportar el 1,8 por ciento al Fondo de Solidaridad Pensional.
- Si gana entre 11 y 19 salarios mínimos legales vigentes, deberá aportar 2,5 por ciento al Fondo de Solidaridad Pensional.
- Si gana entre 19 y menor o igual a 20 salarios mínimos legales vigentes, deberá aportar 2,8 por ciento al Fondo de Solidaridad Pensional.
- Si gana más de 20 salarios mínimos legales vigentes, deberá aportar 3 por ciento al Fondo de Solidaridad Pensional.

¿Qué pasó con la pensión familiar?

La iniciativa busca unir las cotizaciones o aportes realizados por una pareja que cuente con unión marital o declaración notarial y que cumpla con los requisitos establecidos dentro del pilar contributivo.
La medida estaría habilitada para aquellas parejas que hayan agotado los recursos dispuestos dentro del sistema de pensiones y que no logren acceder a una mesada.
Solo se podrá acceder a una pensión familiar tras hacer una solicitud ante Colpensiones, entidad que estará a cargo del reconocimiento y pago de la mesada.
Así mismo, los cónyuges o compañeros permanentes deberán acreditar más de cinco años de relación matrimonial o convivencia permanente.
La unión entre ambas cotizaciones debe sumar, como mínimo, 1.300 semanas para obtener el reconocimiento de la pensión integral de vejez.
Por otro lado, los aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud deberán ser cotizados por el titular de la pensión familiar, quien fungirá como "afiliado". El otro cónyuge permanecerá bajo la figura de "beneficiario".
Reforma pensional - Plenaria del Senado

Reforma pensional - Plenaria del Senado Foto:Archivo EL TIEMPO

¿ Si gano 3 salarios mínimos mensuales, estaría en Colpensiones?

Sí, no se hizo una modificación al umbral de 3 salarios mínimos mensuales que se estableció para los cotizantes de Colpensiones, ya que en las AFP solo podrían estar quienes ganen más de este monto.
De acuerdo con los expertos, el 90 por ciento de los cotizantes estarían en Colpensiones y los fondos privados tendrían el 10 restante.

¿Hay cambios para todos los cotizantes?

No, el proyecto del Gobierno y los ponentes establecen que las mujeres que en el momento en que entre en vigor de la reforma tengan 750 semanas cotizadas al Sistema General de Pensiones y los hombres que tengan 900 semanas cotizadas no serán afectados por el cambio en las reglas de juego.
La propuesta no establece edades para el régimen de transición, solo semanas cotizadas. A los hombres y mujeres que cumplan ese requisito "se les seguirá aplicando en su totalidad la Ley 100 de 1993 y las normas que la modifiquen, deroguen o sustituyan", dice la ponencia.
También las personas que en este momento ya tienen una pensión no serán afectadas por ningún cambio.
En el caso de los colombianos que hayan realizado aportes a pensión en el exterior, de manera voluntaria o dentro de convenios internacionales de seguridad social, "el régimen de transición aplicará siempre y cuando la suma de dichos períodos complete la densidad de semanas mínimas establecidas". Esto es, 750 para las mujeres y 900 para los hombres.

¿Hay otros cambios en la ponencia alternativa para la cotización ?

Sí, está la reducción del umbral del pilar contributivo de 3 a 1,5 salarios mínimos: se propone 1,5 salarios mínimos como monto razonable de cotización al componente de prima media.
Según la ponencia alternativa, diferentes análisis muestran que el umbral de 3 salarios hace insostenible el sistema planteado por el Gobierno, al entregar un subsidio a todos los pensionados, entre ellos los de más altos ingresos, quienes recibirían mensualmente hasta $ 1'064.880 a precios de 2023.
Además, dice que ese umbral hará que a 2070 se aumente en un 51,3 por ciento del PIB el gasto fiscal para cubrir el pilar contributivo. El ahorro pensional pasaría del 27,25 por ciento del PIB al 52,5 por ciento para invertirlo en condiciones de mercado y generar desarrollo económico.
*EL TIEMPO hace parte de un conglomerado de empresas al cual pertenece una AFP

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