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Tras 15 años de despenalización parcial, el aborto tiene barreras
En 2006, la Corte Constitucional lo despenalizó en tres causales.
Afuera de de la Corte Constitucional, en el Palacio de Justicia, hubo manifestaciones a favor de la legalización del aborto y en contra de esta práctica. Foto: Héctor Fabio Zamora / EL TIEMPO
Gracias a una decisión que el 10 de mayo de 2006 tomó la Corte Constitucional, las mujeres pueden acceder a un aborto legal en tres causales; pese a ello, tan solo en Bogotá los abortos reportados en el sistema de salud son solo el 9 por ciento de los 117.000 que se calculan al año en la ciudad, según estimados de organizaciones de derechos de las mujeres; y según el Instituto Guttmacher, para 2011, se calculaba que en el país se hacían 400.400 abortos por año, de los que menos del 10 por ciento eran legales.
Aunque es difícil documentar los procedimientos clandestinos, estas cifras ilustran que la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), que fue reconocida hace 15 años por el máximo tribunal constitucional, sigue lejana para la mayoría de las mujeres que la buscan.
Aunque la IVE ha sido catalogada por la Corte como un derecho fundamental, está en un limbo pues “es un derecho que convive en un modelo en el que a la vez es un delito”, resumió Laura Castro, coordinadora de la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres.
El aborto es legal si hay grave malformación del feto incompatible con la vida, riesgo para la salud de la madre o violación. Por fuera de estos casos, es un delito castigado con prisión de 16 a 54 meses.
“En los 70, el aborto inseguro era la primera causa de mortalidad materna en Colombia y hoy es la cuarta, esto no se debe solo a la sentencia, pero es parte de ello, pues muchas mujeres y niñas han tenido a un procedimiento seguro”, dijo.
Además, desde 2006, la Corte siguió ampliando la protección en cerca de 23 sentencias en las que, por ejemplo, reconoció que el aborto, en los casos despenalizadas, es un derecho de protección inmediata, lo que quiere decir que debe garantizarse sin demora y que la tutela es procedente cuando hay una vulneración de este.
La Corte también ha establecido que están prohibidas todas las barreras a la IVE, como requerir una autorización de terceros para practicarlo, señaló Catalina Martínez, directora para Latinoamérica del Centro de Derechos Reproductivos.
Otros pasos han sido el reconocimiento de que la causal de riesgo para la salud de la madre no aplica solo para riesgo físico, sino también mental; que está prohibido que los profesionales emitan juicios de valor sobre las mujeres y que se alegue una objeción de conciencia ‘institucional’, entre otros.
Las barreras
No obstante, María Ximena Dávila, investigadora del área de género de Dejusticia, explicó que aunque esta sentencia “fue un logro sin precedentes para la justicia reproductiva”, en estos 15 años las mujeres que buscan acceder a la IVE han encontrado limitantes.
Estas trabas hacen que muchas veces las mujeres busquen un aborto clandestino, que, según estimados, tiene complicaciones en el 32 por ciento de los casos, expuso la abogada Ardila, que recalcó que las barreras afectan particularmente a las mujeres más vulnerables.
“Menores de edad, mujeres en zonas rurales, de frontera, migrantes, víctimas del conflicto armado, que hacen parte de comunidades étnicas...”, ya que, comentó, no tienen los mismos recursos, información y entidades a las cuales recurrir que “una mujer en una ciudad o con ciertos privilegios”.
La coordinadora de la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres relató que en estos 15 años han acompañado a más de 1.300 mujeres que, estando amparadas en las causales, han enfrentado barreras para acceder a la IVE. La Mesa ha identificado tres categorías de barreras: desconocimiento del marco legal, interpretación restrictiva de ese marco y fallas en la prestación del servicio de salud.
Menores de edad, mujeres en zonas rurales, de frontera, migrantes, víctimas del conflicto armado, que hacen parte de comunidades étnicas...
En la primera se enmarcan, entre otras, que las mujeres no conozcan del derecho pero también que las instituciones no apliquen los pronunciamientos legales. En el segundo grupo, las barreras se relacionan a una comprensión limitada o sesgada de las normas, por ejemplo, que profesionales de la salud exijan requisitos adicionales. En la tercera categoría hay temas de dilaciones injustificadas, malos tratos a las mujeres, entre otras.
La pandemia de covid-19 añadió nuevas barreras. Durante 2020, la Mesa identificó situaciones como que algunos prestadores no consideran la IVE como un servicio de salud esencial, y se excusaron en la priorización de los servicios en la pandemia para no atender las solicitudes de abortos.
Un obstáculo en el que se enmarcan la mayoría de las barreras, coincidieron las cuatro expertas, es el hecho de que la regulación del aborto esté en el derecho penal.
La Corte Constitucional permite tres causas para abortar en el país. Estos casos son cuando hay malformación del feto, se presenta riesgo para la vida de la madre o violación. Foto:Daniel Bustamante. Archivo EL TIEMPO
Explicaron que esto conlleva a límites como que, excepto en los casos de menores de 14 años y cuando la mujer sea víctima del conflicto, para acceder a una IVE por la causal de violación se debe tener una denuncia formal, pero no siempre las víctimas denuncian.
“Muchas mujeres no están dispuestas a hacerlo por temor a sus agresores, porque no quieren exponerse a un sistema de justicia injusto o porque no quieren ser señaladas”, expuso Dávila, y Ardila añadió que también se pueden cohibir de denunciar porque muchas veces los agresores son del círculo cercano, incluso familiar.
De otro lado, Martínez puso de presente que el hecho de que sea un delito en general expone a las mujeres a persecución penal incluso estando en los tres casos. En muchos casos, la denuncia viene de los funcionarios de los servicios de salud que deberían prestarles ese servicio, lo que las puede persuadir de buscar una IVE por la vía legal, añadió.
“Hay tres causales desde 2006 y una creería que en los últimos 15 años las denuncias deberían haber bajado, pero siguen aumentando. Además, más del 90 por ciento de las mujeres investigadas son de zonas rurales, el 75 por ciento son mujeres jóvenes, algunas entre 10 y 24 años; y al menos 30 por ciento de las mujeres denunciadas entre 1998 y 2019 fueron víctimas de algún tipo de violencia”, contó Martínez.
De acuerdo con cifras de la Fiscalía –en el portal de datos abiertos del Gobierno– entre 2010 y el 2 de mayo de 2021 han sido procesadas por el delito de aborto (artículo 122 del Código Penal) 4.303 personas, 56 de esas este año. De estos casos, en 4.180 no hay una condena. Según la ley, el delito de aborto es aplicable tanto a la mujer como a quien se lo practica, por lo que estas cifras incluyen ambas circunstancias.
Demandas
En 15 años, el Congreso no ha legislado sobre la materia, pese a los múltiples exhortos que le ha hecho la Corte. De los al menos 33 proyectos de ley que se han registrado sobre el tema –algunos protegiendo la IVE y otros limitándola–, ninguno ha terminado su curso y las sentencias de la Corte siguen siendo la regulación básica.
Pese a las causales y a la protección que ha extendido la Corte, las mujeres siguen enfrentando obstáculos, lo que ha llevado a que hoy ante el alto tribunal se tramiten cuatro demandas dirigidas a tumbar el artículo 122 del Código Penal.
Una de las más avanzadas la interpuso el Movimiento Causa Justa –integrado por más de 90 organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres–, y lo que propone, explicaron las cuatro expertas, cuyas organizaciones hacen parte de Causa Justa, es que este derecho no se regule por la vía penal, sino por la vía de la salud pública.
En medio de esa demanda, el alto tribunal estudia si convoca a una audiencia pública para alimentar el estudio. En ocasiones anteriores, frente a demandas, el alto tribunal se ha mantenido en su fallo de 2006.
En la otra orilla, al alto tribunal también han llegado demandas que proponen penalizar por completo el aborto. Desde 2019, la abogada Natalia Bernal Cano, por ejemplo, ha intentado que se prohíba la IVE en al menos 9 recursos, también le ha pedido a la Corte que cambie el Código Civil que define que la existencia legal de una persona comienza tras su nacimiento. Sus demandas han sido negadas, y por ello denunció a la Corte en la CIDH.
En estas demandas, la Conferencia Episcopal de Colombia y otras personas también han pedido prohibir el aborto.
Y dentro de la demanda de Causa Justa, el concepto de la procuradora general, Margarita Cabello, pidió mantener las tres causales, dijo que la regulación le corresponde al Congreso, y señaló que el Legislativo podría optar incluso por prohibir el aborto por regla general.