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Inpec y Uspec deberán garantizar tratamientos de afirmación de género de personas trans
Medida, ordenada por la Corte, debe aplicarse en todas las cárceles istradas por el instituto.
La medida fue ordenada por la Corte Constitucional. Foto: Cortesía Corte Constitucional
La Corte Constitucional profirió este martes 21 de noviembre un fallo que busca beneficiar a las personas trans que se encuentran privadas de la libertad en Colombia.
La decisión se tomó tras estudiar una tutela que presentó Tifanny, una mujer trans, privada de la libertad en una cárcel de Bucaramanga, quien empezó su tratamiento de afirmación de género, por orden médica, con hormonas en parche.
La orden del alto tribunal se da de manera directa contra el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) y la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec) para que diseñen el una ruta de atención especial para esta población que solicita la práctica de tratamientos médicos de afirmación de género.
De acuerdo con la Corte, esta estrategia debe garantizar también que estas personas puedan acudir al apoyo de organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la defensa de los derechos de las personas transgénero, además de que puedan solicitar el acompañamiento y asesoramiento del Ministerio de Salud y de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior.
Derechos de las personas trans Foto:Istock
Este plan, según la corporación, debe contener “un cronograma para la socialización y capacitación en el protocolo y la atención diferencial en salud para las personas trans para todas la IPS contratadas para la prestación del servicio de salud, tanto intramural como extramural, a la población privada de la libertad”, señaló la Corte en un comunicado.
Además, dicho protocolo por orden de la Corte, deberán fijarse “lineamientos específicos, concretos y claros” para que el personal médico pueda atender “en forma adecuada, oportuna e integral las necesidades en salud de las personas transgénero que se encuentran privadas de la libertad”.
El protocolo deberá ser vinculante para todos los establecimientos carcelarios y
penitenciarios bajo la istración el Inpec.
Johan Steven Lizcano Oviedo pagaba 9 años y 7 meses de prisión por actos sexuales con una menor de edad. Foto:Cortesía Laultima.com.co
En el análisis del caso, la Sala, con ponencia de la magistrada Natalia Ángel Cabo señaló que “existe una falla estructural que, si bien también se presenta en el sistema general de salud, se agrava al interior de los establecimientos penitenciarios” en donde persiste una vulneración masiva de múltiples derechos y, de por sí, un muy limitado y precario a servicios de salud.
“La Sala puede inferir, entonces, que existe una amenaza frente a los derechos a la salud, a la identidad de género y a la dignidad de las personas trans privadas de la libertad que desean iniciar o continuar tratamientos de afirmación de género”, expone el fallo.