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¿Policía puede seguir aplicando norma de consumo de licor y drogas?

Denuncia en redes sociales por comparendos por estos hechos, tras fallo de la Corte, abrió debate.

El alcalde Maurice Armitage indicó que no está de acuerdo con el fallo de la Corte de tumbar los controles al consumo de drogas y licor en sitios públicos.

El alcalde Maurice Armitage indicó que no está de acuerdo con el fallo de la Corte de tumbar los controles al consumo de drogas y licor en sitios públicos. Foto: Juan Manuel Vargas. El Tiempo.

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A pesar de que el 6 de junio pasado la Corte Constitucional tumbó las normas del Código de Policía que prohibían consumir bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas en el espacio público por considerar que  violaban el libre desarrollo a la personalidad de manera desproporcionada, una denuncia en redes sociales reabrió el debate sobre el tema. 
En Twitter Laura Melissa Lopera comentó que en la noche de este miércoles una patrulla de Policía estaba imponiendo comparendos a personas que se encontraban en un parque del centro de Medellín por consumir cerveza en el espacio público. 
De acuerdo con la mujer, al manifestarles a los policías que un reciente fallo de la Corte prohibía lo que estaban haciendo, estos le respondieron que eso "es un pronunciamiento nada más, falta que lo firme el Presidente".
Y luego, continuó Lopera, al decirles que eso no era cierto, los policías le impusieron a ella y a su esposo, Juan David Luna, comparendos por irrespeto a la autoridad.
La pregunta es, ¿puede la policía seguir aplicando la norma que prohíbe el consumo de licor y sustancias psicoactivas en espacios público e imponer comparendos por esto?
Las respuestas son distintas. 
En primer lugar hay que aclarar que los fallos de la Corte Constitucional no tienen firma del Presidente de la República, puesto que se tratan de decisiones judiciales y no de normas como decretos u otras de caracter istrativo que podría firmar un Presidente.
Luego de esto, hay que decir que para la Corte las decisiones de la Sala Plena entran en vigencia un día después de que se comunican, es decir, la derogatoria de la prohibición al consumo de licor y sustancias psicoactivas en espacios públicos aplicaba desde el viernes 7 de junio del 2019, con lo que desde ese día la Policía no podía haber seguido aplicando comparendos por esas conductas. 
Sin embargo, otra es la reacción del Gobierno. El ministro de Defensa, Guillermo Botero, dijo hace algunos días que la Policía tiene la instrucción de seguir aplicando la norma, porque “solo hasta que se conozca el texto completo se realiza la valoración jurídica”.
Para el abogado experto en derecho constitucional Kenneth Burbano, las decisiones de la Corte entran en vigencia una vez sale un fallo y que, en el caso de la decisión sobre consumo de licor y drogas en espacio público, esto aún no había sucedido.
La Corte Constitucional solo sacó un comunicado de prensa, eso es de conocimiento público, pero el sustento jurídico de las decisiones son las sentencias
"La Corte Constitucional solo sacó un comunicado de prensa, eso es de conocimiento público, pero el sustento jurídico de las decisiones son las sentencias. Hay pronunciamiento pero no sentencia", dijo el abogado, quien dirige el Observatorio Constitucional de la Universidad Libre.
Un concepto distinto tiene el también abogado experto en derecho constitucional Johann Patiño, quien comentó que en un fallo del 2004 (C-973) la Corte habló sobre cuándo están en firme sus decisiones y dijo que la jurisprudencia considera que "los efectos o consecuencias jurídicas de sus fallos de constitucionalidad, se producen desde el día siguiente a aquél en que se tomó la decisión de exequibilidad o inexequibilidad, siempre y cuando se divulgue o comunique dicha decisión por los medios ordinarios reconocidos para comunicar sus sentencias".
Tomando en cuenta esta interpretación, Patiño dice que la Corte expidió el mismo 6 de junio un comunicado e hizo una rueda de prensa dando a conocer su decisión,  por lo que la sentencia comenzó a tener efecto desde el día siguiente.
...la Corte cuando realiza sus comunicados está comunicado el sentido de la providencia, y esas normas ya salieron del ordenamiento jurídico
"Ya sabemos y ha sido reiterado que la Corte cuando realiza sus comunicados está comunicado el sentido de la providencia, y esas normas ya salieron del ordenamiento jurídico", dijo el abogado, a pesar de que todavía no se ha publicado el fallo y de que según el estado del caso, que puede consultarse en la página web del alto tribunal, en estos momentos en la providencia se están recogiendo las firmas de todos los magistrados. 
No obstante, Patiño agregó que también debe tenerse en cuenta que la Corte misma dijo que las normas que se declararon inexequibles "no eran necesarias, puesto que existen otros medios que se pueden usar" y que la decisión de inconstitucionalidad recaía solo sobre algunas de las expresiones de los artículos 33 y 140, que ya no dicen "alcohol" y "sustancias psicoactivas" sino "sustancias prohibidas”.
Por ello, la Corte concluyó "corresponderá a las autoridades correspondientes, ejerciendo sus competencias dentro del marco constitucional vigente, precisar esas prohibiciones, de manera razonable y proporcionada".
Corresponderá a las autoridades correspondientes, ejerciendo sus competencias dentro del marco constitucional vigente, precisar esas prohibiciones, de manera razonable y proporcionada
Por otro lado, el mismo Presidente Iván Duque expresó que a pesar del fallo de la Corte el decreto presidencial que permitía incautar la dosis personal no se caía porque incluía otras medidas además de las normas que tumbó la Corte. 
JUSTICIA

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