
Noticia
El caso por el que Corte mantuvo condena a una mujer por esclavitud de joven indígena en Bogotá
En su decisión, el alto tribunal señaló que la justicia no puede ser insensible frente al drama humano.
La mujer fue condenada por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral o servidumbre (Foto de referencia)
Foto: iStock

PERIODISTA JUDICIALActualizado:
La Corte Suprema de Justicia, a través de la Sala de Casación Penal, mantuvo una condena de 13 años de cárcel a una mujer por el delito de trata de personas, al comprobar que trasladó y recibió a una joven indígena de 18 años con la intención de explotarla a través de la servidumbre doméstica.
(Lea: Las tres horas en la Corte Suprema del hombre clave en la inteligencia del gobierno Petro)
El caso se registró en enero de 2014, cuando la joven en estado de embarazo y perteneciente a la comunidad indígena Carapena de Mitú (Vaupés) viajó a Bogotá para trabajar como interna en servicio doméstico. Llegó a la casa con la garantía de que se le suministraría alimentación y vivienda, le pagarían $ 250.000 mensuales y le cancelarían los gastos de su traslado a la capital del país.
Sin embargo, una vez en su domicilio, la mujer condenada la obligó a realizar tareas domésticas desde las 6 de la mañana hasta las 10 de la noche, sin descanso, sin permitirle o con su familia u otras personas, y restringiendo su libertad de salir de la casa, manteniéndola bajo llave y sin remuneración.
Corte Suprema de Justicia Foto:Cortesía
Además, la retuvo con la excusa de que había roto un elemento decorativo, cuyo valor, según se le dijo, estaba estimado en cinco millones de pesos, fue advertida de que debía continuar trabajando, sin recibir ninguna suma de dinero, hasta cubrir el monto de ese valor.
La mujer fue condenada a 13 años de cárcel. Foto:Cortesía
En su pronunciamiento, la Corte enfatizó en que el sistema judicial no puede ser indiferente ante el sufrimiento humano de aquellos que, debido a su vulnerabilidad, son objeto de diversas formas de explotación, las cuales violan sus derechos fundamentales a la libertad, la autonomía y la dignidad.
En esta sentencia, la Sala estableció que el delito de trata de personas se configura en casos donde las acciones de captar, trasladar, acoger o recibir tienen como objetivo la explotación en contextos que imponen condiciones degradantes o abusivas, privando a los trabajadores de sus derechos fundamentales.
En X: @JusticiaET
Más noticias de Justicia:
Sigue toda la información de Justicia en Facebook y X, o en nuestra newsletter semanal.
Conforme a los criterios de



EL TIEMPO GOOGLE NEWS
Síguenos en GOOGLE NEWS. Mantente siempre actualizado con las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en Google News.

EL TIEMPO WHATSAPP
Únete al canal de El Tiempo en WhatsApp para estar al día con las noticias más relevantes al momento.

EL TIEMPO APP
Mantente informado con la app de EL TIEMPO. Recibe las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en tu dispositivo.

SUSCRÍBETE AL DIGITAL
Información confiable para ti. Suscríbete a EL TIEMPO y consulta de forma ilimitada nuestros contenidos periodísticos.