En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información aquí

CLUB VIVAMOS
Suscríbete
Disfruta de los beneficios de El Tiempo
SUSCRÍBETE CLUB VIVAMOS

¡Hola !, Tu correo ha sido verficado. Ahora puedes elegir los Boletines que quieras recibir con la mejor información.

Bienvenido , has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.

Hola Clementine el correo [email protected] no ha sido verificado. Verificar Correo

icon_alerta_verificacion

El correo electrónico de verificación se enviará a

Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.

SI, ENVIAR

Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí. Iniciar sesión

Hola, bienvenido

¿Cómo está el clima en Bogotá?
¿Cómo se llama el hijo de Petro?
¿El pico y placa en Bogotá como quedaría para el 2024?

Noticia

'Hay un rezago en términos legislativos': Fundación Pro Derecho a Morir Dignamente sobre la eutanasia

Advierten que Minsalud debe dejar bases claras para casos de menores de edad y que el Congreso debe cumplir.

El llamado de la Corte al Congreso y a Minsalud sobre reglas para la eutanasia en menores de edad
Alt thumbnail

EDITORAActualizado:

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon
Desde 1997 la Corte Constitucional despenalizó la eutanasia, o el acto deliberado de dar fin a la vida de una persona, mediado por su voluntad y con el objetivo de detener su sufrimiento, para los casos de los pacientes terminales. En 2021 la Corte extendió el derecho a morir dignamente para los pacientes que padecen "un intenso sufrimiento físico o psíquico, proveniente de lesión corporal o enfermedad grave e incurable" y que manifiesten su "consentimiento libre e informado".
Recientemente en un fallo de tutela la Corte le dio seis meses al Ministerio de Salud para que modifique la reglamentación sobre el derecho a la muerte digna de los niños, niñas y adolescentes, con el fin de que no se excluya a los menores en situación de discapacidad intelectual de la posibilidad de acceder a la eutanasia -estos menores se encuentran excluidos de la eutanasia según la Resolución 825 de 2018 del Minsalud-. También reiteró por décima vez un exhorto para que el Congreso legisle sobre la protección de la muerte digna y la eliminación de las barreras "aún existentes para el libre ejercicio de la autodeterminación de las personas".
La psicóloga Lina Paola Lara, directora de la Fundación Pro Derecho a Morir Dignamente, hizo un llamado al gobierno y a los legisladores para que cumplan con los llamados de la Corte. 
Lina Paola Lara, directora de la Fundación Pro Derecho a Morir Dignamente.

Lina Paola Lara, directora de la Fundación Pro Derecho a Morir Dignamente. Foto:Fundación Pro Derecho a Morir Dignamente

¿Qué han evidenciado en los casos de menores con discapacidad cognitiva, teniendo en cuenta que uno de los requisitos para acceder a la eutanasia está en el consentimiento?

Ahí tenemos una conversación pendiente como sociedad. Por supuesto, la edad es uno de los criterios que se ha usualmente asociado con el desarrollo de las habilidades que tenemos las personas para poder tomar decisiones informadas, para comprender lo que está sucediendo. Y en este caso hay algunas personas que, incluso desde el nacimiento, tienen dificultades para el desarrollo de su autonomía. Los derechos al final de la vida tienen todo que ver con la dignidad y por supuesto esa conversación es sobre la autonomía, es decir ¿Qué tanto estamos en capacidad para tomar decisiones?. Cuando la Corte se refiere a las personas que están en alguna situación que les impide comprender el alcance de sus decisiones, comprender el alcance de sus derechos y por lo tanto solicitar procedimientos en el servicio de salud, pues obviamente esa es una jurisprudencia que llamamos enriquecida, es decir, una jurisprudencia que está tomando en consideración todos los aspectos contextuales que rodean la prestación de servicios, la garantía de derechos y la exigibilidad de los mismos. Entonces sí hay allí un cuello de botella en el y sí era urgente y necesario que la Corte se pronunciara al respecto. Más urgente aún, por supuesto, que el Ministerio de Salud haga las reglamentaciones pertinentes para que los prestadores de servicios sepan cómo proceder, por ejemplo, en los casos en los que hay niños con déficit cognitivo. 

En la tutela que falló la Corte no se autorizó la eutanasia que pidió una madre para su hijo pues no fue posible probar que esa sea la voluntad del menor. ¿Cómo debe proceder Minsalud en esos casos?

No tenemos esos lineamientos para el caso de personas menores de edad. Hay algunas sentencias de la Corte que se refieren a mayores de catorce años, es decir, personas que por su desarrollo individual podrían ser conscientes de las implicaciones que tiene una toma de decisiones sobre su vida y, por ejemplo, comprender el concepto de muerte, es decir, que todos los seres vivos tenemos un principio y un final. Eso aparece en el desarrollo de las personas en unos momentos específicos, no en otros. Y proteger y garantizar que los derechos puedan ser exigibles cuando una persona está puesta en incapacidad de tomar este tipo de decisiones o de alcanzar ese desarrollo por el mismo padecimiento que tiene. Por ejemplo, hay enfermedades congénitas que no permiten el desarrollo de la autonomía. Entonces, en este caso, el Ministerio tiene que ser muy riguroso en establecer cuáles son esos criterios y eso es a lo que la Corte le está invitando: 'haga usted los criterios de manera que el prestador de servicios sepa cómo proceder y la ciudadanía sepa qué exigir'. 

Precisamente la Resolución 825 de 2018 plantea que los niños menores de doce años no pueden acceder a la eutanasia ni aquellos con discapacidades intelectuales. ¿Esto implica una barrera?

La discusión de fondo aquí es cuándo una persona tiene plena conciencia para saber cuáles son las consecuencias de las decisiones que está tomando y a este respecto la directiva de 2018 del Ministerio lo que pone en consideración es que hay unas excepciones, es decir, hay unas personas menores de 18 que bajo ninguna circunstancia podrían desarrollar la autonomía suficiente para la toma de decisiones y esta directiva que mencionas lo que hace es llamar la atención respecto de eso: del hecho de que hay unas condiciones de vida en las cuales el desarrollo de la autonomía es imposible o no se ha logrado aún y por eso allí aparecen cinco casos que son exclusiones de la norma. Por ejemplo, en ningún caso un neonato podría ser solicitante. Lo que sigue aquí de fondo es el hecho de que algunas existencias, debido a las enfermedades, son existencias rodeadas de mucho dolor y sufrimiento. La sentencia que despenalizó la eutanasia en 1997 abrió una discusión muy interesante sobre la distinción entre vida biológica y vida biográfica. La vida biológica son los signos vitales. Pero la pregunta es si una persona sólo con los signos vitales a flote puede decirse que está viva, si no puede hacerse cargo de sí misma en la vida cotidiana, si no recuerda, si no se puede comunicar, si no puede tomar decisiones. Entonces la que está comprometida es la vida biográfica y esa es la que hay que proteger más. Todas esas prácticas de encarnizamiento terapéutico, que es como se llama, esa, digamos, violencia que existe cuando se hacen una cantidad de procedimientos médicos solo para mantener a flote los signos vitales, es la que nos tiene que cuestionar como sociedad. Y el llamado es a que el Ministerio ponga bases claras, muy precisas en esos protocolos, para que el prestador de servicios sepa qué hacer cuando está comprometida la vida biográfica y que su labor no sea simplemente y a rajatabla defender la vida biológica como si eso fuera lo que las personas somos. 
Sala Plena de la Corte Constitucional.

Sala Plena de la Corte Constitucional. Foto:Cortesía

Por décima vez la Corte exhorta al Congreso sobre la muerte digna. ¿Qué ha pasado con estos proyectos? 

Pues en veintiséis o veintisiete años ha habido diecisiete proyectos de ley que siempre se quedan en el primer debate, por lo general. El más reciente, que es 2023 es un proyecto de ley sobre muerte médicamente asistida que está en manos del senador Humberto de la Calle en el Senado y del representante de la Cámara Juan Carlos Lozada, en esa corporación. Lo más lejos que ha llegado un proyecto ha sido este, al segundo debate en la Cámara de Representantes, en la legislatura pasada. Sí hay un rezago en términos legislativos en cuanto a la capacidad que tiene nuestro Congreso, es decir, las personas que nosotros elegimos para que se ocupen de los temas que consideramos que son vitales, han demostrado una falta de, a veces, consistencia y otras veces información sobre los derechos y las libertades individuales en la toma de decisiones sobre nuestros propios cuerpos.
Esto contrasta, por supuesto, con la jurisprudencia muy progresista que tenemos al respecto. La Corte ha despenalizado cuatro procedimientos de muerte digna en Colombia. Es curiosa la forma como el Congreso sí ha legislado para los cuidados paliativos, por ejemplo, pero se abstiene de legislar para los procedimientos de muerte médicamente asistida. Habría que hacer una investigación un poco más profunda para saber qué les impide a senadores y representantes a la Cámara tomar decisiones legislativas en relación con cosas que la Corte ya ha despenalizado. Consideramos que hace falta que el Congreso le ponga un poco más de seriedad a esos temas que son fundamentales. En el mundo hay solo siete países que tienen legislaciones y despenalizaciones sobre esto, más un par de estados en Australia y diez en Estados Unidos. Eso no nos pone en el podio del orgullo, eso nos pone en el podio de la responsabilidad, que es enorme.

¿Cuáles son esas barreras que en su criterio persisten hoy, años después de la despenalización de la eutanasia? 

La primera barrera, sin lugar a dudas, es el a información. Las personas que no saben que tienen derecho a tomar decisiones sobre los procedimientos médicos que les ofrece el sistema, y sobre las maneras de experimentar el final de la vida, son quienes jamás van a exigirlos o van a procurar que les sean garantizados. Así que, en primer lugar, el a la información es clave y cuando el Ministerio hace reglamentaciones y directivas, hay allí un primer impulso pedagógico para enseñarles a quienes practican la medicina, a quienes están en el entorno de la salud y a quienes somos s de este sistema, cuáles son los derechos que tenemos y cuáles son las rutas para hacerlos exigibles. Entonces, esa primera barrera es la información. Hay una segunda barrera que tiene otro matiz, que es un matiz cultural relacionado con las creencias que tenemos sobre el sufrimiento, el dolor, el padecimiento, que jamás podría ser obligatorio.  Y al respecto de eso, nos hace mucha falta hacer una consideración fundamental: una cosa es querer morirse, eso puede someter a discusión, pero otra cosa, mucho más fundamental y profunda, es necesitar el alivio de la muerte.
ANA MARÍA CUESTA
Editora de justicia [email protected]

Sigue toda la información de Justicia en Facebook y X, o en nuestra newsletter semanal.

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon

Conforme a los criterios de

Logo Trust Project
Saber más
Sugerencias
Alt thumbnail

BOLETINES EL TIEMPO

Regístrate en nuestros boletines y recibe noticias en tu correo según tus intereses. Mantente informado con lo que realmente te importa.

Alt thumbnail

EL TIEMPO GOOGLE NEWS

Síguenos en GOOGLE NEWS. Mantente siempre actualizado con las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en Google News.

Alt thumbnail

EL TIEMPO WHATSAPP

Únete al canal de El Tiempo en WhatsApp para estar al día con las noticias más relevantes al momento.

Alt thumbnail

EL TIEMPO APP

Mantente informado con la app de EL TIEMPO. Recibe las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en tu dispositivo.

Alt thumbnail

SUSCRÍBETE AL DIGITAL

Información confiable para ti. Suscríbete a EL TIEMPO y consulta de forma ilimitada nuestros contenidos periodísticos.