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Minhacienda echó mano de la regla fiscal para defender incidente contra fallo que tumbó norma sobre deducción de regalías
La Sala Plena del alto tribunal tendrá 10 días para decidir si procede a modular, modificar o diferir los efectos de la sentencia.
La sesión se celebró en la Corte Constitucional Foto: Fotos: Milton Díaz / El Tiempo

PERIODISTA JUDICIALActualizado:
Durante más de tres horas, en la Corte Constitucional se llevó a cabo una audiencia donde se llevó a cabo un pulso entre el Gobierno y demandante respecto al incidente de impacto fiscal promovido contra la Sentencia C-489 de 2023, que declaró inexequible la prohibición de deducción de regalías del impuesto de renta.
(Lea: Minhacienda defendió en la Corte el incidente de impacto fiscal contra fallo que tumbó norma sobre deducción de regalías)
En la diligencia, que se cumplió en la mañana de este martes 14 de mayo, el ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, expuso los argumentos con los que busca que el alto tribunal module los efectos de su decisión con relación a las regalías.
De acuerdo con el ministro, para estimar el efecto fiscal se utilizó el pago de regalías en dinero para 2023 o el costo de producción y se multiplicó por la tarifa del impuesto de renta.
“A partir de los valores declarados por concepto de retenciones en la fuente a título de renta, el recaudo estimado por concepto de autorretenciones de las empresas mineras y de hidrocarburos en 2023, sin expedición del Decreto 261 de 2023, habría sido de $6,9 billones. El recaudo efectivo del año fue de $13,4 billones, que incluye otras medidas como la sobretasa del impuesto de renta”, señaló el ministro.
Y respecto a la tarifa efectiva de tributación del año gravable 2023, se calcula que corresponde a 43,8% para el sector minero del carbón y 41,0% para la actividad petrolera
Ricardo Bonilla, ministro de Hacienda. Foto:Fotos: Milton Díaz / El Tiempo
Es por ello que la Corte pidió al ministro ampliar sus explicaciones sobre la relación de sostenibilidad fiscal y regla fiscal, a lo que Bonilla indicó que “el análisis de sostenibilidad fiscal evalúa si, dada la capacidad de recaudación de ingresos fiscales y la estructura de financiamiento, la política de gastos puede mantenerse en el largo plazo”.
Mientras que señaló que “la Regla Fiscal es una herramienta útil y necesaria en el análisis de la sostenibilidad fiscal, pues este es su fin último. Sin embargo, sería impreciso indicar que es la única herramienta que se debe usar para evaluar la sostenibilidad fiscal. Esto considerando que las reglas fiscales no aseguran que con su cumplimiento se logre una senda sostenible de las finanzas públicas, aunque aumentan la probabilidad y compromiso del Gobierno nacional con que así sea”.
Y explicó el ministro que el análisis de sostenibilidad fiscal debe partir de una revisión holística de la evolución de los ingresos y gastos fiscales, de la deuda pública, y de las condiciones macroeconómicas.
Magistrados de la Corte Constitucional. Foto:Fotos: Milton Díaz / El Tiempo
En marzo de 2024, el ministro de Hacienda y Crédito Público presentó el escrito de sustentación del incidente de impacto fiscal sobre la Sentencia C-489 de 2023. Para el efecto, indicó que la Sentencia C-489 de 2023 tiene un impacto fiscal significativo. En 2024 el efecto del fallo en el flujo de caja de la Nación asciende a seis billones seiscientos cincuenta y seis mil millones de pesos.
La isión del incidente suspendió de manera provisional los efectos de la mencionada sentencia desde la fecha de notificación del auto (mediados de abril), hasta que la corporación tome una decisión de fondo.
En la diligencia, el demandante del proceso que dio lugar a la Sentencia C-489 de 2023, Carlos Edward Osorio Aguiar, representante a la Cámara por Tolima, dio su sustentación de la demanda e indicó que “los apuntes” del ministro de Hacienda con relación a los ingresos de 6.7 billones. “Me parece que es improcedente hablar de un ingreso permanente cuando estamos hablando de un eventual ingreso transitorio”.
El demandante explicó que los supuestos planes presentados “son inconstitucionales” y el verdadero problema se origina en un crecimiento exagerado del gasto público de más de 30 veces arriba del crecimiento de la economía. “El gasto proyectado por el Gobierno, según su plan financiero, será en 2024 superior en un 12.3% al del 2023 y pasará de representar un 23% del PIB en 2023 a 24.4% del PIB en 2024 después de haber sido del 21.6% del PIB en el año 2022, es decir, la presión desmedida del gasto se origina por el mismísimo gobierno por su falta de capacidad y reacción y no por efecto de la Sentencia C 489 del 16 de noviembre de 2023”.
Para el demandante, la declaratoria de inconstitucionalidad de la norma “redujo el riesgo país” y fue más allá al señalar que los supuestos del gobierno “son absurdos”. “El gobierno le miente a la Corte o le miente a los mercados, no se han tomado medidas en estos seis meses de orden legislativo”.
En la diligencia, el Jorge Ibáñez Najar, hizo reparos a lo manifestado por el ministro con relación al decreto 261 de 2023, sin el cual el recaudo hubiese quedado en 6.7 billones, pero con el decreto se alcanzó a 13.4 billones de pesos, es decir que hubo un recaudo de 6.5 billones. “¿Ese no sería el generador del problema y no inconsecuente la aplicación de la regla fiscal?
La Sala Plena de la Corte Constitucional tomará una decisión en los próximos diez días siguientes a la audiencia, con relación a si procede a modular, modificar o diferir los efectos de la sentencia original para evitar alteraciones serias de la sostenibilidad fiscal. Contra esta decisión procede el recurso de insistencia, que suspende los efectos del fallo que resuelve el incidente.
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