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Partidos de Cristo y Pastrana están bajo la lupa en el Consejo de Estado: ¿por qué?
itió demandas en contra las personerías jurídicas de 'En Marcha' y 'Nueva Fuerza Democrática'.
Juan Fernando Cristo y Andrés Pastrana Foto: EL TIEMPO
La Sección Quinta del Consejo de Estado itió para su estudio, por separado, demandas que buscan que sean revocadas las personerías jurídicas que el Consejo Nacional Electoral (CNE) otorgó a la agrupación política 'En Marcha' del exministro del Interior Juan Fernando Cristo y de 'Nueva Fuerza Democrática', del expresidente Andrés Pastrana Arango.
La primera fue otorgada en diciembre de 2022 y confirmada el 8 de marzo de 2023 y la segunda se concedió también en marzo de este año. ¿Qué dicen las demandas?
Jairo Castellanos, Juan Fernando Cristo, Guido Echeverri y Gustavo Moreno Foto:Prensa En Marcha
La demanda en contra del movimiento 'En Marcha' la presentó Ximena Echavarría Cardona quien busca la nulidad de la personería jurídica otorgada y que asegura que esta agrupación política no tenía la capacidad legal para suscribir el acuerdo de coalición 'Alianza Verde Centro Esperanza' para los comicios del marzo de 2022 junto a los partidos Dignidad, Alianza Verde, Verde Oxígeno, Colombia Renaciente y la Alianza Social Independiente.
Según la demandante, la agrupación política aunque firmó esa coalición, se habría tratado de algo apenas formal porque al realizar la inscripción de candidaturas, no se evidenció que postulara candidatos propios, por lo que no se le puede vincular a 'En Marcha' ningún porcentaje de la votación que obtuvo finalmente para la colación.
"Es necesario dar aplicación al principio de la realidad sobre la formalidad en el sentido que el solo hecho de firmar un acuerdo de coalición y aparecer con el logosímbolo en la tarjeta electoral, no da al derecho para que le sea reconocida personería jurídica a la agrupación 'En Marcha' como Partido político, pues el artículo 108 constitucional es claro al señalar que aquella se obtendrá con una votación no inferior al tres por ciento (3 %) de los votos emitidos válidamente en el territorio nacional en elecciones de Cámara de Representantes o Senado", dice la demanda.
El recurso dice que si bien los senadores Guido Echeverri, Gustavo Moreno Hurtado y Jairo Alberto Castellanos están afiliados a 'En Marcha' y fueron elegidos dentro de la colación, esto sería una "ilegalidad" porque según los formularios, estos habrían sido inscritos y avalados por ASI y, en ese sentido, para Echavarría, entonces sus resultados electorales no puede ser tenidos en cuenta en los requisitos para obtener una personería jurídica.
El caso fue itido para estudio por el despacho de la magistrada Rocío Araújo, quien ya ordenó notificar a las partes para que se defiendan de estos argumentos.
El caso del partido de Pastrana
Andrés Pastrana, expresidente de Colombia Foto:Andrés Pastrana
La demanda contra el partido del expresidente Pastrana la presentó Juan Manuel Urueta Rojas quien pide cancelar la personería jurídica a 'Nueva Fuerza Democrática' que fue otorgada con base en una sentencia de la Corte Constitucional que dispuso el reconocimiento del partido político Nuevo Liberalismo, tras acreditar que este desapareció de la escena política por los actos de violencia continuada en contra de sus integrantes.
A juicio del demandante, ese caso es diferente al del movimiento de Pastrana pues 'Nueva Fuerza Democrática' no cesó su actividad política con ocasión de la violencia y, por ello, no se encontraría en la misma situación que el movimiento Nuevo Liberalismo y, por tanto, no le podían extender los efectos del fallo de la Corte.
La demanda dice que el CNE omitió “valorar probatoriamente” los hechos indicados en la solicitud de restitución de la personería jurídica y habría desconocido que Pastrana no solo fungió como presidente de la República de 1998 a 2002, sino que continuó ejerciendo su actividad política y el partido 'Nueva Fuerza Democrática' en las elecciones legislativas del 2002 obtuvo una curul en el Senado y una curul en la Cámara de Representantes.
Ese caso también fue itido por el despacho de la magistrada Rocío Araújo Oñate quien ya notificó a las partes para que hagan sus respectivas consideraciones sobre esta demanda.