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Procuraduría pide a la Corte tumbar artículo del PND del presidente Gustavo Petro

Para la entidad es inconstitucional el artículo 97, demandado por el presidente de Fasecolda.

El presidente Gustavo Petro sanciona el Plan Nacional de Desarrollo Desde la selva del Guainía.

El presidente Gustavo Petro sanciona el Plan Nacional de Desarrollo Desde la selva del Guainía. Foto: Cuenta oficial de Twitter @infopresidencia

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PERIODISTA JUDICIALActualizado:

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En la tarde de este jueves, la Corte Constitucional recibió el concepto de la procuradora general de la Nación, Margarita Cabello, relacionado a un artículo del Plan Nacional de Desarrollo (PND) que impulsó el gobierno del presidente Gustavo Petro.
El apartado que para la Procuraduría es inconstitucional es el artículo 97 de la Ley 2294 de 2023, el cual habla de la afiliación de las entidades públicas al sistema general de riesgos laborales. Básicamente, en esa parte se dispone que todas las esas corporaciones se afilien a la a Positiva Compañía de Seguros S.A.
"Con el fin de fortalecer el Sistema de aseguramiento público, de cara a la incorporación de nuevas poblaciones de la comunidad en general, a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, todas las entidades y corporaciones públicas se afiliarán a la a de riesgos laborales de carácter público, Positiva Compañía de Seguros S. A., o quien haga sus veces", dice el artículo.
Dicha disposición fue demandada ante el alto tribunal por Gustavo Enrique Morales Cobo, presidente de Fasecolda que consideró que esa medida no tiene recursos asignados en el Plan Plurianual de Inversiones 2002-2026. Además, para él "no es claro que aumentar el número de s al sistema de aseguramiento público de riesgos laborales lo vaya a fortalecer".
Gustavo Enrique Morales Cobo, exSuperintendente de Salud.

Gustavo Enrique Morales Cobo, exSuperintendente de Salud. Foto:

Ante esto, la procuradora anotó que debe caerse el artículo porque "se trata de una disposición que no cumple con la conexidad exigible con el cuerpo normativo en el que se encuentra contenido. Lo anterior, ya que, sin desarrollar de forma “estrecha las metas y propósitos” del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, impone la afiliación obligatoria de los trabajadores de entidades y corporaciones del Estado a la a de riesgos laborales de carácter público con el fin de subsanar su
situación financiera, modificando la normatividad ordinaria de seguridad social". 
El recurso está en el despacho de la magistrada Cristina Pardo, quien estudiará todos los conceptos enviados por distintas entidades y universidades. Uno fue el de la Presidencia de la República, la cual pide que no se tumbe el artículo 97 por varias razones. Una de ellas es que "la restricción al derecho a la libre competencia cuenta con suficiente justificación constitucional y satisface los requisitos superiores para fijarle limitaciones razonables".
De acuerdo a las cuentas de la Corte, Pardo tiene hasta el 12 de octubre de este año para presentar el proyecto de fallo a sus ocho compañeros de la Sala Plena, mientras que el vencimiento para estudiar la ponencia en la Sala se cumplirá el 1 de febrero de 2024. Esta demanda de Morales Cobo es una de los tantos recursos presentados en contra del Plan Nacional de Desarrollo del Presidente.
Carlos López
Redacción Justicia
En Twitter: @CarlosL49

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