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¿Cómo queda la extradición en el proyecto de sometimiento de bandas criminales?

El articulado no la menciona, lo que no quiere decir que el tema salga del debate, dicen expertos.

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Este miércoles se conoció el proyecto de ley del Gobierno para el sometimiento de bandas criminales, que plantea, entre otras cosas, que quienes se sometan paguen entre 6 y 8 años de cárcel efectiva y puedan conservar el 6 por ciento de los bienes que entreguen a la justicia. Pero en todo el articulado ni una sola vez se menciona a una herramienta que ha sido clave en la lucha contra la criminalidad: la extradición.
En defensa del proyecto, el ministro de justicia Néstor Osuna dijo en rueda de prensa que “el proyecto de ley no menciona, ni afecta, ni altera para nada las reglas vigentes a las que el Estado colombiano se ha comprometido sobre la extradición. Eso se seguirá rigiendo por las leyes y tratados aplicables”.
Sin embargo, para expertos consultados, el hecho de que en el proyecto no se mencione la extradición, ni siquiera para decir que no se tocará, podría prestarse para interpretaciones que podrían terminar afectándola.
Hernando Herrera, director de la Corporación Excelencia en la Justicia (CEJ), consideró que lo ideal sería que se pudiera incluir un artículo que se dijera que este proyecto “no altera ni los tratados internacionales en materia de extradición ni las normas concernientes a ella”.
Esto para evitar interpretaciones que enredarían el proceso. Por ejemplo, el proyecto plantea la posibilidad de que la Fiscalía, a petición del Presidente, pueda suspender órdenes de captura en las conversaciones y procesamiento contra los capos, y al mencionarlo de esa forma tan general, considera Herrera, abre la posibilidad a que alguien creyera “que ello incluye las órdenes de captura por requerimientos internacionales de extradición".
En conclusión, el director de la CEJ explicó que es necesario que el proyecto determine con precisión qué pasa en situaciones como esa, o en casos en los que una persona pedida en extradición que está presa se somete, “si eso implica que termine quedando en libertad automáticamente sin otro requisito, o qué pasaría con esa persona”.
Por su lado el exfiscal general Luis Camilo Osorio hizo hincapié en que la extradición se rige por unos instrumentos internacionales que hacen parte del bloque de constitucionalidad de Colombia y que “no pueden ser unilateralmente modificados" en un proyecto como este.
En el mismo sentido, consideró que no habría riesgo para las órdenes de captura con fines de extradición pues, precisamente, esos procesos se rigen por normas y convenios internacionales que están por fuera del alcance del proyecto de sometimiento que propuso el Gobierno.

La decisión de la extradición siempre ha sido del Gobierno

Rueda de prensa ley de sujeción

Rueda de prensa ley de sujeción Foto:Ministerio de Justicia

En esta discusión no hay que olvidar que según las normas colombianas, la extradición tiene varias etapas, y pasa, de un lado, por la Corte Suprema de Justicia que debe dar un aval, positivo o negativo, al envío de alguien; pero la última etapa está en manos del Presidente de la República, quien puede decidir no extraditar a alguien aún si la Corte dio su visto bueno. 
En ese sentido, el exfiscal general Alfonso Gómez Méndez recordó que la potestad final sobre la extradición que tiene el Presidente de la República no se está cambiando con la ley de sometimiento. Es decir, aunque el proyecto no menciona la extradición, y el gobierno explícitamente dijo que no se modifica, eso no significa que más adelante el Presidente no pueda negarse a extraditar a los capos que se sometan.
Como la última palabra en materia de extradición la tiene el Presidente, aún con un concepto favorable de la Corte Suprema, podría pasar que el  Presidente decida simplemente no extraditarlos: Gómez
“Es muy difícil pensar que los delincuentes que se van a someter a penas bajas a condición de que devuelvan la mayor parte de sus bienes lo hagan sin tener la claridad de que no los vayan a extraditar”, comenzó diciendo Gómez Méndez, quien añadió que el hecho de que no lo mencionen en el proyecto no es garantía de que el tema no tenga que estar después.
En ese sentido, para el exfiscal y también exprocurador general,  “probablemente como la última palabra en materia de extradición la tiene el Presidente, aún con un concepto favorable de la Corte Suprema, podría pasar que el propio Presidente decida simplemente por razones de conveniencia política no extraditarlos”.
Por ello, para el exfiscal debería precisarse explícitamente en el proyecto de sometimiento esa situación. 
“Yo pensaría que en esa materia deben ser más claros y decir si va a haber o no extradición. Precisar si el Gobierno se compromete a que cuando haya personas que entren en el proceso de sometimiento pero tengan pedido de extradición primen esas peticiones de extradición, o que digan claramente si a la gente que está en ese proceso de sometimiento no se le aplicará la extradición”, concluyó.
En Twitter: @JusticiaET

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