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JEP ordenó arrestar por dos días a Clara Luz Roldán, gobernadora del Valle, ¿por qué?

La Gobernación no asistió a diligencia sobre protección a cementerios donde habría desaparecidos.

Clara Luz Roldán, gobernadora del Valle.

Clara Luz Roldán, gobernadora del Valle. Foto: Gobernación del Valle del Cauca

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Luego de que ella misma no asistió, y tampoco lo hizo su delegado, a una audiencia de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) para hacerle seguimiento a medidas para proteger 36 cementerios en los que habría personas desaparecidas, la JEP ordenó el arresto inconmutable por dos días de la gobernadora de Valle del Cauca, Clara Luz Roldán.
Lo mismo ordenó la Sección de Primera Instancia para Casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (SAR) de la JEP frente a William Hernández Arias, subsecretario de Convivencia y Seguridad de Valle del Cauca, quien deberá permanecer arrestado por cinco días.
William Hernández Arias, subsecretario de Gestión en Convivencia y Seguridad de Valle del Cauca.

William Hernández Arias, subsecretario de Gestión en Convivencia y Seguridad de Valle del Cauca. Foto:Página web gobernación de Valle del Cauca

En un auto de 25 páginas, la Sección recordó que la gobernadora del Valle fue convocada a la audiencia a la que no asistió para evaluar el nivel de cumplimiento de órdenes previas de la JEP sobre el desarrollo de planes integrales de atención a las víctimas de desaparición forzada y la inclusión en los mismos de medidas de apoyo y cooperación con Medicina Legal para avanzar con mayor celeridad en la identificación y entrega digna de los cuerpos de víctimas del conflicto exhumadas.
En su momento, ante la citación a la audiencia, la gobernación del Valle le informó a la JEP que la representación de la entidad la llevaría Walter Camilo Murcia Lozada, secretario de Convivencia y Seguridad Ciudadana, pero el 27 de noviembre de 2023 la gobernadora Roldán envió otra comunicación a la JEP señalando que su representante para asistir a la audiencia del 28 y 29 de noviembre sería William Hernández Arias, subsecretario de Gestión en Convivencia y Seguridad.
Hernández en efecto asistió a la audiencia el 28 de noviembre, pero no fue al día siguiente “fecha en la que correspondía la intervención de las gobernaciones, ni la mandataria, ni su delegado comparecieron”, se lee en el auto de la SAR, y aunque en la diligencia se le dio un plazo de espera de 2 horas para justificar su inasistencia o garantizar la llegada, no hubo respuesta por parte de la Gobernación.
El 29 de noviembre, más tarde, Hernández expuso a la JEP que tuvo que no pudo asistir a la diligencia de ese día por un problema de salud, que la gobernadora estaba en una mesa cerrada de seguridad y que “la persona que se podía delegar por el conocimiento del tema y la experticia es contratista y no cuenta con facultades para tomar decisiones”. No obstante, no se adjuntó una incapacidad médica.
De otra parte, durante todo el trámite y hasta el 4 de diciembre la gobernadora Roldán “inexplicablemente”, dijo la JEP, no había ejercido su derecho de defensa por el incidente de desacato que el mismo 29 de noviembre se le abrió a ella y a Hernández, Roldán tampoco se había “excusado con las víctimas de desaparición forzada, la sociedad vallecaucana, ni la Jurisdicción por lo sucedido”.

La decisión

A la audiencia realizada por la JEP el 28 y 29 de noviembre asistieron familiares de víctimas de personas desaparecidas.

A la audiencia realizada por la JEP el 28 y 29 de noviembre asistieron familiares de víctimas de personas desaparecidas. Foto:JEP

Al considerar que Hernández Arias remitió “una escueta comunicación” sobre su inasistencia a la audiencia del 29 de noviembre y que “no había nada de sobreviniente” en la cita médica por la cual no asistió a la diligencia, la SAR tomó medidas correccionales en su contra.
“De la documentación médica remitida se observa que la cita médica a la cual asistió el delegatario tuvo lugar a las 9:23 am en la ciudad de Cali, departamento del Valle del Cauca. Ello quiere decir que, para poder llegar a ella, atendiendo a la distancia entre las dos ciudades, el Subsecretario tuvo que haberse desplazado desde Armenia hacia Cali el día anterior, o cuando menos muy temprano en la madrugada del día 29 de noviembre y no con ocasión de la llamada que señala”, se lee en el auto de la JEP.
Por eso, para la jurisdicción era evidente que el compromiso médico “estaba previamente programado, no se trató de una urgencia” sino que él sabía de su compromiso médico y no se lo hizo saber a la Gobernadora ni se preocupó por reprogramarlo para poder cumplir con la tarea delegada “y abandonó con desidia el compromiso que tenía con la JEP y con las víctimas de desaparición forzada de su Departamento”.
Gobernadora Clara Luz Roldán.

Gobernadora Clara Luz Roldán. Foto:Gobernación del Valle

Visto de ese modo, para la SAR él actuó de forma dolosa, tratando de engañar a la magistratura y por eso se le impuso arresto por cinco días.
En tanto, sobre la gobernadora Roldán la JEP dice que si bien actuó legalmente al delegar el cumplimiento de una orden judicial, “falló en su deber de control de dicha delegación mostrando así la falta de cuidado necesario que se exige en el cumplimiento de sus deberes”.
“Para la Sección esta ausencia de cuidado necesario ante el incumplimiento de una orden de un alto tribunal del país, que pone en riesgo la garantía de los derechos de las víctimas y la materialización del AFP compromete la responsabilidad de la Gobernadora Clara Luz Roldán González y la hace destinataria de sanción correccional la cual será determinada en dos (2) días de arresto inconmutable”, se señala en este punto de la decisión.
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