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La JEP ha bloqueado 3.736 intentos de colarse en su jurisdicción

A la Sala de Amnistía de la Jurisdicción han llegado procesos hasta por inasistencia alimentaria.

Instalaciones de la JEP en Bogotá.

Instalaciones de la JEP en Bogotá. Foto: JEP

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Uno de los grandes retos que tienen los modelos de justicia transicional es blindarse de personas que, buscando sacar provecho de beneficios como las amnistías o las sanciones restaurativas, intentan colarse para librarse de condenas ordinarias. La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) no ha sido la excepción: hasta el pasado 9 de diciembre, este mecanismo rechazó 3.736 solicitudes de ciudadanos que argumentaban ser ex o excolaboradores de las Farc, o que los delitos por los que los condenaron o procesaron tenían relación con el conflicto.
La compleja tarea de garantizar que no haya ‘colados’ en la Jurisdicción le corresponde a la Sala de Amnistía o Indulto de la JEP, conformada por seis magistrados a quienes, desde antes de su posesión, les esperaban decenas de casos por evaluar.
Los togados han tenido que agotar buena parte de su tiempo en estudiar procesos que en ninguna medida cumplen las condiciones para conseguir los beneficios del acuerdo de paz.
Un miembro de la magistratura, que prefirió mantener su nombre en reserva, le contó a EL TIEMPO que han llegado, incluso, solicitudes de condenados por inasistencia alimentaria, violencia sexual o intrafamiliar, homicidios en riñas, secuestros extorsivos de delincuencia común, entre otros delitos que, en muchos casos, se adscriben a procesos civiles y sin ninguna relación con el conflicto armado.
En la larga lista de personas que no han sido aceptadas en la Jurisdicción para la Paz están el exalcalde de Bogotá Samuel Moreno y su hermano Iván, condenados por corrupción; Janer Solis, sentenciado por matar a una mujer que no quiso bailar con él en un local de rumba del sur de Bogotá, y Germán Andrés Almeciga, sentenciado por secuestrar a un taxista en Bogotá en abril de 2012 para robarle el carro.
Lograr una amnistía en la JEP implica un trabajo muy serio de verificar que los hechos sí cumplen los criterios. No es una feria de beneficios
Lo cierto es que, de las más de 4.000 personas que han buscado amnistías, solo 277 (el 6.9 por ciento) la han conseguido. El restante 93,1 por ciento de las solicitudes estudiadas han sido de ‘colados’ a los que ya se les cerraron las puertas de la Jurisdicción, o de personas cuyos delitos no son amnistiables y deben ser remitidas a otra sala o sección de la JEP. Igualmente, de quienes tienen procesos que no tienen relación con el conflicto armado.
“Hay mucha gente intentando sacarle provecho a la JEP, tal vez bajo la falsa idea de que no estudiamos con detalle los expedientes, o que creemos solo lo que la persona nos dice”, señaló una magistrada.

Los requisitos

La Sala de Amnistía estableció que para otorgar los beneficios deben cumplirse tres competencias: material (que los hechos tengan relación con el conflicto), personal (que los delitos hayan sido cometidos por un exmiembro de las Farc y en razón a su participación) y temporal (que los solicitantes hayan cometido las conductas con anterioridad al 1.º de diciembre de 2016).
Existen procesos de análisis complejo, como los de narcotraficantes o de estructuras armadas distintas a las Farc que intentan meterse a la JEP; los de exintegrantes de esta guerrilla que cometieron crímenes por razones fuera de su militancia, entre otros, que obligan a que cada solicitud se estudie individualmente, analizando los expedientes de la justicia ordinaria e, incluso, recabando información nueva.
No obstante, como señala la ley estatutaria de la JEP (1957 de 2019), existen delitos no amnistiables ni indultables, como la violencia sexual, desaparición forzada, reclutamiento de menores, desplazamiento forzado, toma de rehenes o los crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad.
Aunque fuentes de la sala le aseguraron a EL TIEMPO que no han identificado una tendencia de los excombatientes a solicitar beneficios por estos hechos, confirmaron que sí se han recibido solicitudes que se envían a la Sala de Reconocimiento de la JEP, donde empieza la ruta para imponer sanciones restaurativas que pueden terminar en penas de prisión de hasta 20 años si los responsables no reconocen verdad ni responsabilidad.

El caso Daniels

Uno de los procesos que recientemente causó revuelo fue el rechazo de la JEP a la solicitud de los responsables del homicidio de la senadora Martha Catalina Daniels Guzmán, cometido hace 18 años por Sandra Lucrecia Daniels, hermana de la congresista liberal; Pedro Antonio López Soto y José Salvador Jiménez Ornero.
Luego de analizar el expediente de la justicia ordinaria y las pruebas practicadas ante la JEP, la Sala de Amnistía encontró que si bien los solicitantes tuvieron vínculos con la desaparecida guerrilla de las Farc, los hechos del caso no se dieron con ocasión del conflicto armado. Al contrario, según el expediente de la justicia ordinaria, el homicidio obedeció al interés personal de su hermana, lo que excluyó el caso de la competencia material de la JEP.
Pero la decisión fue más allá, la sala le revocó la libertad condicionada a uno de los solicitantes por estos hechos, que había sido concedida por la justicia ordinaria.

La sobrina de Gabo

Liberación Melisa Martínez

Liberación Melisa Martínez Foto:Policía

El pasado 27 de octubre de 2020, la Sala de Amnistía le cerró las puertas a dos responsables del secuestro de Marta Melisa Martínez García, sobrina nieta del escritor y ganador del Premio Nobel Gabriel García Márquez.
Este es uno de los casos que evidencian la intención de sacar provecho de los beneficios de la JEP, pues el crimen fue cometido el 23 de agosto de 2018, por lo que viola la competencia temporal de la jurisdicción, que llega hasta el 1.º de diciembre de 2016.
Para rematar, la sala evaluó las evidencias obtenidas en el proceso penal ordinario y estableció que los hechos tampoco tenían relación con el proceso de dejación de armas por parte de las Farc, que había terminado un año antes del secuestro de Martínez.
Hay mucha gente intentando sacarle provecho a la JEP, tal vez bajo la falsa idea de que no estudiamos con detalle los expediente

Delitos comunes

Otra de las cartas que se han jugado personas que en algún momento pertenecieron a las Farc y están procesadas o condenadas es solicitar la amnistía de delitos que sí están dentro del tiempo de competencia de la JEP, pero que no tienen nada que ver con el conflicto. Tal es el caso del asesinato de una pareja de empresarios del supermercado La Esperanza, que se registró en Bogotá en 2015.
A Hubert Valenzuela Gamboa, uno de los responsables, se le imputaron los delitos de homicidio, secuestro extorsivo y hurto. Sin embargo, cuando la JEP comenzó a funcionar, Valenzuela intentó que le amnistiaran estos delitos, solicitud que fue negada argumentando, según se lee en documentos judiciales, que “se constató que se trató de la comisión de delitos comunes para obtener un provecho económico, que no tienen relación con el conflicto armado”.
Si bien en la competencia de la Sala de Amnistía solo están las solicitudes de exguerrilleros o excolaboradores de las extintas Farc –los de la Fuerza Pública y terceros están en la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas–, otra conducta con que los magistrados se han encontrado es que personas que pertenecieron a varios grupos ilegales alleguen solicitudes por delitos que cometieron durante su militancia en esas organizaciones.
Una togada de la JEP explicó que el acuerdo de paz fue firmado con la guerrilla de las Farc, por lo cual los delitos amnistiables deben ser aquellos cometidos en razón de la participación exclusiva a ese grupo. En ese sentido, en una decisión de 2019, la JEP rechazó la solicitud de Mauricio Arango, Fabio Cruz y Juan Orrego, procesados por rebelión y concierto para delinquir. Según la Sala de Amnistía, aunque los hombres fueron acreditados como ex de las Farc, dichas conductas las habrían cometido en condición de integrantes del Eln.
Al margen de estos y otros casos que no cumplen los criterios, los seis magistrados de la Sala de Amnistía han tenido que sortear con una congestión de solicitudes que existía incluso desde antes de ser nombrados en el cargo.
Aunque en la actualidad quedan más de 1.500 procesos en fila, el rechazo del 93 por ciento de las amnistías da cuenta de la rigurosidad del trámite que se le da a cada caso. Como concluye una magistrada de la sala: “Lograr una amnistía en la JEP implica un compromiso de aporte a la verdad con el sistema, y un trabajo muy serio de verificar que los hechos sí cumplen los criterios. No es una feria de beneficios”.

En trámite de expulsión hay 21 casos

Hasta el momento, la JEP ha expulsado de manera definitiva a 8 de las extintas Farc, entre ellos alias el Paisa, ‘Jesús Santrich’, ‘Iván Márquez’ y guerrilleros que se rearmaron en grupos disidentes.
Sin embargo, EL TIEMPO estableció que en la actualidad hay otros 21 firmantes del acuerdo de paz con incidentes de incumplimiento abiertos, pero sin decisión de fondo sobre su futuro. Algunos de ellos también volvieron a las armas.
JUSTICIA
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