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Lo que les espera a empresarios que están prendiendo el ventilador ante JEP
Decisión podría abrir la puerta a llamados obligatorios, aunque terceros no comparecen forzosamente
Benito Osorio Villadiego gerenció el Fondo Ganadero de Córdoba y fue condenado por despojar tierras. Foto: Archivo
A más de un empresario poderoso de la costa Caribe le está quitando el sueño la declaración que Benito Osorio Villadiego rindió ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
Aunque el exgerente del Fondo Ganadero de Córdoba –que se alió con paramilitares para despojar tierras en el Urabá– ya había hablado del tema hace una década en los tribunales de Justicia y Paz, su aterrizaje en la JEP está demostrando que aún quedan varias verdades incompletas por desenmarañar y, sobre todo, que los terceros civiles son una pieza crucial para esclarecer los peores crímenes de la guerra.
De las 13.323 personas que se han sometido a la JEP, apenas 151 (el 1,1 por ciento) hacen parte de ese grupo. “Los terceros civiles son aquellos que no formaron parte de los grupos armados, pero contribuyeron de manera directa o indirecta a la comisión de delitos en el marco del conflicto armado”, explica la profesora de la Universidad de La Sabana Juana Acosta, quien es miembro del Observatorio de la JEP (ObservaJEP).
Otro de los terceros que prendieron el ventilador en la Jurisdicción fue el exgobernador de Sucre y exembajador Salvador Arana, quien salpicó a gerentes de empresas influyentes, excongresistas, exgobernadores, abogados, ganaderos, rectores universitarios y hasta coroneles de la Policía que habrían tenido vínculos con paramilitares.
Y entre el polvo que levantan las declaraciones de estas personas, queda despierta la duda de qué les espera en sus procesos ante la JEP y qué puede pasar con aquellos a quienes mencionan, como ocurrió con el presidente de Fedegán, José Félix Lafaurie, luego de que Osorio habló de supuestos encuentros con el exjefe de las Auc Salvatore Mancuso.
El exparamilitar Salvatore Mancuso (izq.) y el presidente de Fedegán, José Félix Lafaurie. Foto:Luis Benavides. Efe y EL TIEMPO
¿Comparecencia obligatoria?
A diferencia de los exguerrilleros de las Farc y los de las Fuerzas Militares, que están obligados a presentarse a la Jurisdicción, los terceros deciden voluntariamente si se presentan a la justicia transicional o siguen sus casos en la jurisdicción ordinaria.
Sin embargo, una decisión de la Sección de Apelación de la JEP del 2018 podría abrir la puerta a que en casos excepcionales esa situación cambie.
“No se puede excluir en absoluto que, en una situación extrema, ante la evidencia de la comisión de serias violaciones de los derechos humanos, en ausencia de una alternativa que no conduzca indefectiblemente a mantener una situación de impunidad y de abierta responsabilidad internacional del Estado colombiano, deba, de todas formas, activarse la competencia prevalente de la JEP frente a individuos que inclusive no han manifestado su deseo de comparecer ante la Jurisdicción Especial”, señaló la Sala.
Para la profesora Acosta, “en este auto se abre la puerta para que, si se cumplen esas condiciones, un tercero civil pudiera ser sometido obligatoriamente a la JEP. Sin embargo quedan muchas dudas, por ejemplo, quién determina que haya una abierta responsabilidad internacional del Estado”.
Pero ese no es el único escenario sobre el que aún hay dudas o posibles vacíos jurídicos. Normativamente, tampoco está del todo claro qué pasaría si, por ejemplo, un tercero se acoge ante la Jurisdicción y, después de un tiempo, se arrepiente y busca renunciar a su sometimiento, o cómo proceden casos como los de Lafaurie u otras personas que aparecen mencionadas en las declaraciones.
Este diario conoció que entre las opciones que se barajan en la JEP está la de compulsar copias a la Fiscalía en el caso de los terceros que fueron ya investigados por la justicia ordinaria y no han expresado su voluntad de someterse al tribunal transicional. “Al tratarse de hechos nuevos, con información adicional a la que ya se había conocido y juzgado, habría que enviarle el caso a la autoridad competente, toda vez que se está ventilando una verdad más profunda en hechos por los que tendrían que responder”, dijo una fuente de la JEP.
De cualquier forma, la Jurisdicción tiene otra carta para obtener sus testimonios: llamarlos no como versionados o comparecientes, sino como testigos.
De hecho, el empresario Luis Gonzalo Gallo, también vinculado al Fondo Ganadero de Córdoba y quien ha insistido en que no ha tenido vínculos con paramilitares ni actuó con dolo en el despojo de tierras, ha asegurado que pidió pista en la JEP para “aclarar hechos y responsabilidades que ya se conocen”.
En su caso, como en el de cualquier civil que acepte la JEP, el filtro de ingreso implica someterse al régimen de condicionalidad, comprometerse a contribuir a la reparación, decir verdad plena y detallarle al tribunal, por escrito, su compromiso concreto, claro y programado como compareciente.
Si esas condiciones se satisfacen, los terceros podrán gozar de los mismos beneficios que los exguerrilleros y los militares, como obtener la libertad anticipada y, en la etapa de juicio, lograr sanciones propias, que no implican ir a la cárcel (solo si dicen la verdad y aceptan su responsabilidad).