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Los motivos de la JEP para negar ingreso a José Julio Alfonso, hijo menor de ‘la Gata’

El hombre tiene procesos por lavado de activos, enriquecimiento ilícito y concierto para delinquir.

José Julio Alfonso López hijo menor de Enilce López, 'la Gata'. (Foto de archivo).

José Julio Alfonso López hijo menor de Enilce López, 'la Gata'. (Foto de archivo). Foto: Archivo

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En una decisión de 26 páginas, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) dejó consignadas las razones por las que no le dio cabida a José Julio Alfonso López, hijo menor de Enilce López, la Gata, siguiendo así los pasos de su madre, quien tampoco fue itida.
Sobre Alfonso López pesan procesos por lavado de activos, enriquecimiento ilícito y concierto para delinquir, y en 2018 tocó las puertas de la JEP diciendo que quería contribuir al esclarecimiento de la verdad completa frente a hechos del conflicto armado.
No se observa que su voluntad esté encaminada a hacer algún aporte real a la verdad
En noviembre de 2019 la JEP le pidió al ‘Gatico’ que presentara más detalles sobre su plan de aporte a la verdad y de reparación a las víctimas, vencido el plazo, en septiembre de 2020, él no lo había presentado, y se le requirió de nuevo, su abogado por fin presentó su compromiso de verdad y reparación en octubre de 2020, el cual fue objeto de varios reparos por parte de la Procuraduría.
Al analizar todo lo entregado por el hombre, la JEP consideró que si bien estaban cumplidos varios factores para conocer este caso, por ejemplo, que el delito enrostrado a Alfonso López presuntamente lo cometió para colaborar y/o financiar a las Auc, es decir, está relacionada con el conflicto armado, él no cumplió con un compromiso claro, concreto y programado (CC) de aportes a la verdad, reparación y no repetición.
Enilce del Rosario López Romero, más conocida como ‘la Gata’.

Enilce del Rosario López Romero, más conocida como ‘la Gata’. Foto:Cortesía

La Sala cuestionó el plan de aportes a la verdad que presentó, pues dijo que no era claro cómo superaría la verdad que ya se había esclarecido en la jurisdicción ordinaria, no era posible colegir qué parte de la realidad del conflicto armado pretendía ayudar a esclarecer, ni se podía establecer qué tipo de colaboración puede extender a los demás organismos del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.
“No se observa que su voluntad esté encaminada a hacer algún aporte real a la verdad”, se lee, y añade la SDSJ, que el hombre hizo “relatos generalizados y ambiguos que intenta justificar en las enfermedades padecidas a lo largo de su vida”.
Enilce del Rosario López Romero, más conocida como ‘la Gata’.

Enilce del Rosario López Romero, más conocida como ‘la Gata’. Foto:Mauricio Moreno / Archivo EL TIEMPO

Para la JEP, Alfonso López tampoco suministró información sobre las operaciones de blanqueo de capitales investigadas por la Fiscalía, “no dio detalles de las personas con las cuales sostuvo relaciones ilícitas, omitió informar sobre la intervención de funcionarios públicos de orden municipal, departamental y nacional; no hizo mención de la participación en los hechos con de las autodenominadas Auc”.
Y continúa la decisión señalando que el hombre “tampoco mencionó el origen del capital de las empresas en las cuales tuvo participación, ni la razón de los incrementos patrimoniales y demás irregularidades investigadas por el ente investigador en las operaciones de contabilidad de las compañías de la familia Alfonso López. Nada dijo al respecto”.
La JEP también criticó su oferta de reparación, pues en 2019 el hombre se limitó a decir que entregaría unos inmuebles que actualmente están incautados por la Fiscalía, para la JEP ese ofrecimiento no tiene contenido reparador porque al ser bienes provenientes de presuntas actividades ilícitas que están incautados, “se encuentran fuera de su disposición y del comercio, lo cual se erige como un menoscabo y afrenta a los intereses de las víctimas”.
Por todo ello, la Sala concluyó diciendo que no se advierte voluntariedad de efectuar aporte alguno, “olvidando que la Jurisdicción Especial para la Paz no es una tercera instancia, ni una oportunidad para la impunidad, sino un espacio para dignificar a las víctimas”.
En X: @JusticiaET

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