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Noticia

La JEP les cierra la puerta al exalcalde de San Pedro de Urabá, Eugenio Hoyos De La Ossa, y a otros dos exfuncionarios del municipio

Los tres exfuncionarios fueron condenados en la justicia ordinaria por sus vínculos con paramilitares, con fines electorales.

La JEP anunció la decisión este jueves 28 de septiembre.

La JEP anunció la decisión este jueves 28 de septiembre. Foto: JEP

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A la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia regresarán los procesos en contra de el exalcalde de San Pedro de Urabá (Antioquia), Eugenio Hoyos De La Ossa, del exconcejal Jorge William Pérez, y del exsecretario de Educación de ese municipio, quienes les tocaron la puerta a la JEP luego de ser condenados en la justicia ordinaria por concierto para delinquir agravado y promoción de grupos al margen de la ley. 
Los ex funcionarios fueron señalados de asociarse con paramilitares, en el año 2001, especialmente con el Bloque ‘Elmer Cárdenas’ de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá, para obtener ventajas electorales en los comicios en los que fueron ganadores.
Estos crímenes eran de interés para el macrocaso 08, que investiga los delitos cometidos por la fuerza pública u otros agentes del Estado, en asociación con paramilitares o terceros civiles durante el conflicto armado, razón por la que pidieron ser itidos en la jurisdicción. 
Sin embargo, su aporte a la verdad fue precario, los testimonios presentados no fueron inéditos o exhaustivos a lo que había sido determinado por la justicia ordinaria y tuvieron una actitud displicente frente a los requerimientos del tribunal. Razón suficiente para que este decidiera no aceptar su sometimiento. 
"El análisis de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas concluyó que los aportes de verdad realizados fueron nulos, debido a la insistencia de los solicitantes en exculpar sus acciones y su reticencia a referirse de manera extensiva y detallada sobre sus probadas relaciones con paramilitares, en sentencias de primera y segunda instancia en la justicia ordinaria", aseguró esta Corte.
También detallaron que en cuatro ocasiones les solicitaron a los tres exfuncionarios que presentaran sus escritos de compromiso claro, concreto y programado, que es el documento de entrada a la justicia transicional, pero estos fueron radicados de manera tardía tres años después, "en un claro detrimento de sus obligaciones con la JEP".
Por este comportamiento, determinó que los solicitantes incumplieron el régimen de condicionalidad de la JEP y les negaron el a los beneficios transicionales de esta jurisdicción. 
Sus procesos ahora serán devueltos a la Corte Suprema de Justicia para que continúe la demanda de casación penal que estaba en curso. 
SARA VALENTINA QUEVEDO DELGADO
Redacción Justicia

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