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Mi jefe me escribió por WhatsApp el día de descanso: ¿está vulnerando mis derechos?

Estas son las explicaciones a algunas preguntas sobre la ley de desconexión laboral.

WhatsApp.

WhatsApp. Foto: iStock

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Domingo, 8 de la noche. “Hola Juan, necesito el informe. También necesito que me envíes los documentos de los contratos y que agilices los procesos”.
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Si usted es empleado y le llega un mensaje como este en su día de descanso, es posible que le estén vulnerando su derecho a la desconexión laboral.
El pasado 31 de agosto, la Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que la desconexión laboral, que fue aprobada en la Ley 2191 de 2022, es un derecho humano de todos los trabajadores.

¿Qué es la desconexión laboral?

De acuerdo con la Ley, la desconexión laboral es el derecho que tienen todos los trabajadores y servidores públicos, a no tener o, por cualquier medio o herramienta, bien sea tecnológica o no, para cuestiones relacionadas con su ámbito o actividad laboral, en horarios por fuera de la jornada ordinaria o jornada máxima legal de trabajo, o convenida, ni en sus vacaciones o descansos.
De esta manera, el empleador se abstendrá de formular órdenes u otros requerimientos al trabajador por fuera de la jornada laboral.
callcenter

callcenter Foto:iStock

Si le dan órdenes por WhatsApp por fuera de la jornada laboral, ¿están vulnerando su derecho?

A propósito de este tema, Octavio Rubio, profesor de Derecho Laboral de la Universidad Central, dijo que la medida “está en función de que no pueden generarse órdenes al trabajador luego de terminada su jornada de trabajo”.
En otras palabras, explicó el experto, “eso implica tanto instrucciones que se den presencialmente como de forma no presencial, por ejemplo, correos, llamadas o mensajes de WhatsApp”.
Nueva función en la actualización de la aplicación

Nueva función en la actualización de la aplicación Foto:iStock / WhatsApp

Así las cosas, su usted es empleado y su jefe le da órdenes por fuera de la jornada laboral le podrían estar vulnerando su derecho.

¿Cuándo no le están vulnerando sus derechos?

La ley también explica que no es vulneración cuando se trata de un tema de fuerza mayor.
“Situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, en los que se requiera cumplir deberes extra de colaboración con la empresa o institución, cuando sean necesarios para la continuidad del servicio o para solucionar situaciones difíciles o de urgencia en la operación de la empresa o la institución, siempre que se justifique la inexistencia de otra alternativa viable”, señala la norma.

¿Y qué pasa con empleados de confianza o servidores públicos?

La Corte Constitucional analizó una demanda contra el literal a) del artículo 6 de la Ley 2191 de 2022, el cual excluye a los trabajadores y servidores públicos que desempeñen cargos de dirección, confianza y manejo. Tras el estudio, decidió que el descanso deben tenerlo todos los trabajadores, reiterando que la desconexión es un derecho humano.
Iván Daniel Jaramillo, viceministro de Empleo y Pensiones, apoyó la petición del demandante, considerando que el descanso, incluso de los empleados o servidores públicos de manejo y confianza, hace parte de un empleo digno. “No es decente el trabajo si no tiene limitación de la jornada, si el trabajador no puede gozar de espacios de vida personal y familiar”, señaló.
Los bomberos han trabajado de forma incansable.

Los bomberos han trabajado de forma incansable. Foto:Cuerpo

No obstante, la ley sí señala que la desconexión laboral no aplica para aquellos trabajadores que por la naturaleza de la actividad o función que desempeñan deban tener una disponibilidad permanente, entre ellos menciona a la Fuerza Pública y organismos de socorro.
Otros ejemplos podrían ser: las labores que se cumplen en los hospitales, en una fábrica cuyas máquinas estén encendidas todo el tiempo y requieren de operarios en supervisión constante, o incluso en los medios de comunicación.

¿Debo responder el mensaje de mi jefe?

Sobre este asunto, el profesor Rubio detalló que un jefe sí puede enviar un correo, un mensaje o hacer una llamada después de cierta hora, pues eventualmente pueden enviarlo, pero el empleado no está obligado a responderlo.
“El empleador es responsable de no generar órdenes fuera de la jornada laboral, y el empleador no puede obligar al trabajador a hacer algo después de su horario”, explicó.
REDACCIÓN JUSTICIA Y ÚLTIMAS NOTICIAS
Reportería de María Isabel Ortiz

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