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Prorrogan prohibición de porte de armas para el 2024: ¿quiénes pueden tenerlas?

Por decreto el Gobierno Nacional mantuvo las restricciones vigentes en el país desde 2016.

Países que han regulado y/o prohibido el porte de armas.

Países que han regulado y/o prohibido el porte de armas. Foto: iStock

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Con un decreto el Gobierno prorrogó por un año más la suspensión de los permisos de porte de armas en el país, lo cual hace ilegal que alguien lleve consigo un arma si no tiene un permiso especial.
“Prorrogar las medidas necesarias para la suspensión general de los permisos para el porte de armas de fuego en todo el territorio nacional en los términos y condiciones contenidas en el decreto 2362 del 24 de diciembre de 2018”, dice la norma.
Bajo esta orden se le fijan las medidas pertinentes a las autoridades para que hasta el 31 de diciembre de 2024 cumplan con la ordenanza presidencial.
El presidente Gustavo Petro fundamenta la prohibición en que “Colombia es un Estado Social de Derecho fundado en el respeto de la dignidad humana yen la prevalencia del interés general, que consagra como uno de sus fines esenciales, garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes de los ciudadanos”.
Retén militar del Ejército.

Retén militar del Ejército. Foto:Ejército

La suspensión es tanto para las armas de fuego como para las armas traumáticas. En el primer caso, al 31 de diciembre de 2022 había 5.848 armas con permiso de porte (tanto nacional como regional).
 
La suspensión de los permisos de porte se viene aplicando desde 2016 en decreto que anualmente firma el Gobierno y que inicialmente se justificó como una medida para reducir las cifras de homicidio en el país.
Existen dos tipos de permisos frente a las armas, los de tenencia y los de porte. Los permisos de tenencia habilitan a alguien a tener un arma registrada en una dirección (de residencia por ejemplo), y esa arma no puede salir de allí; los permisos de porte son los que permiten llevar el arma a otros lugares.
El decreto lo que suspende son los permisos de porte, mientras que los 299.407 permisos de tenencia que había hasta el año 2022 siguen vigentes.
Por otro lado, esta suspensión es tanto para las armas de fuego como para las traumáticas. Esto en referencia a armas legalmente adquiridas.

Decreto con excepciones

Frente a quienes están exentos, aunque aún no ha salido la directiva de este año, en años anteriores se contemplaban unas 10 excepciones para personas en oficios o profesiones como personal militar, policial, de la Fiscalía, de la Unidad Nacional de Protección, entre otros.
Por fuera de las excepciones, para los permisos especiales de porte se debe hacer un trámite ante los jefes de estado mayor de las brigadas. Esa solicitud y los motivos que argumenta la persona para necesitar portar el arma son estudiados por la autoridad para determinar si se aprueba o no la solicitud.
Hay que tener en cuenta que hay dos tipos de permisos de porte, los nacionales, que habilitan al portador a tener esa arma consigo en todo el territorio del país; y los regionales, que solo permiten el porte del arma en determinada región.
De los capturados, una se produjo en flagrancia por el delito de tráfico, fabricación y porte de armas de fuego.

De los capturados, una se produjo en flagrancia por el delito de tráfico, fabricación y porte de armas de fuego. Foto:Alcaldía de Villavicencio.

Al 31 de diciembre de 2022, según los registros del Departamento Control Comercio de Armas Municiones y Explosivos de las Fuerzas Militares, se habían concedido 880 permisos nacionales, negado 15 y aplazado 41; y en cuanto a los regionales, se concedieron 4.968, negaron 1.447 y aplazado 65.
En la directiva que debe expedir en los próximos días el Ministerio de Defensa estarán los detalles al respecto de las autoridades militares encargadas de la concesión de estos permisos.
Los permisos que vienen del año pasado también quedaron suspendidos pues deben ser revalidados anualmente así que la directiva pronta a expedir contemplaría los pasos para hacerlo.
En Twitter: @JusticiaET

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