En este episodio de Consultorio Jurídico tratamos el tema de la doble pensión, con la ayuda de abogada experta en el tema, como obtenerla, qué requisitos tiene, como se determina el porcentaje de cotización y mucho más.
Al final del artículo encontrará el formulario para que deje su pregunta sobre este o cualquier otro tema de interés. Recuerde consultar los términos y condiciones del formato.
¡Queremos escucharlos! Pueden mandar un vídeo con un mito o una verdad para el programa el tema es "El certifcado de vacuna de Covid 19" Pueden enviar sus vídeos o audios a este correo
[email protected] con nombre y profesión. El plazo es hasta el lunes 22 de noviembre.
El consultorio jurídico es transmitido todos los martes a las 3 pm en las redes sociales de El Tiempo, Facebook, YouTube y en eltiempo.com
¿Puede una persona recibir más de una pensión?
En el sistema de seguridad social integral Ley 100 de 1993 una persona puede recibir pensión de vejez y pensión de sobreviviente o pensión de invalidez y pensión de sobreviviente, porque se tratan de contingencias diferentes (vejez- muerte) (Invalidez-muerte) y se tratan de cotizaciones diferentes.
La Ley 100 de 1993 como la Ley 776 de 2002 establecen que no se puede recibir pensión de vejez y pensión de invalidez de origen laboral al mismo tiempo, pero por pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia, la más reciente la SL3869-2021 se indica que es posible que una persona reciba una pensión de invalidez de origen laboral y al mismo tiempo una de vejez, pues las dos prestaciones no son incompatibles, protegen riesgos distintos, y su financiación es diferente.
¿Qué requisitos debe tener una persona para recibir más de una pensión?
En el Régimen de Prima Media con Prestación Definida
1) Pensión por vejez:
• Edad: hombre 62 años y mujer 57 años y
• Semanas: como mínimo 1.300
2) Pensión por invalidez:
• Ser calificado con una pérdida de capacidad laboral u ocupacional del 50% o más por origen común.
• Como mínimo 50 semanas en los últimos tres años anteriores a la fecha de estructuración. Si joven 26 semanas de cotización.
3) Pensión de sobreviviente
• Ser beneficiario del pensionado fallecido
• Que el afiliado fallecido haya cotizado como mínimo 50 semanas en los últimos tres años anteriores a la fecha del fallecimiento. Ser beneficiario-
En el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad
1) Pensión de Vejez
Capital: como mínimo 110% de un salario mínimo legal mensual vigente
Pensión con garantía Estatal: Edad: hombre 62 años, mujer 57 años. Semanas: 1150, no contar con el capital requerido para una pensión por capital y no contra con rentas superiores a un 1SMLMV
2) Pensión por invalidez:
• Ser calificado con una pérdida de capacidad laboral u ocupacional del 50% o más por origen común.
• Como mínimo 50 semanas en los últimos tres años anteriores a la fecha de estructuración. Si joven 26 semanas de cotización.
3) Pensión de sobreviviente
• Ser beneficiario del pensionado fallecido
• Que el afiliado fallecido haya cotizado como mínimo 50 semanas en los últimos tres años anteriores a la fecha del fallecimiento. Ser beneficiario.
En el subsistema de Riegos Laborales:
1) Pensión por Invalidez
Pérdida de capacidad laboral u ocupacional del 50% o más de origen laboral
2) Pensión de sobreviviente
• Ser beneficiario del pensionado (por origen laboral) fallecido
• Que el afiliado a Riesgos laborales haya fallecido por accidente de trabajo o enfermedad laboral. Ser beneficiario.
Los beneficiarios ¿pueden recibir las dos pensiones?
Los beneficiarios pueden recibir dos pensiones porque se tratan de dos contingencias diferentes y cotizaciones diferentes.
¿Qué nivel salarial debe tener una persona para cobrar doble pensión?
No existe un nivel salarial, lo importante es tener los requisitos señalados en la ley.
¿Cómo se determina el porcentaje de cotización de dos pensiones?
El porcentaje de cotización depende de si se cotiza en el subsistema general de pensiones (16% IBC) o del subsistema general de riesgos laborales (el riesgo de la empresa).
Si una persona tiene dos pensiones ¿Cuánto es el monto máximo para cobrarlas?
En el Sistema de Seguridad Social Integral el tope máximo de una pensión es de 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Si una persona deja de cotizar las dos pensiones ¿Le devuelven el dinero cotizado?
La devolución de saldos solo opera en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad cuando no se cumple con los requisitos exigidos.
Más Consultorios Jurídicos