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Entrevista
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Las razones por las que, en Colombia, las droguerías deben estar a mínimo 75 metros de distancia una de otra
El año pasado la Corte Constitucional reafirmó que debe existir una distancia mínima entre droguerías en el país.
Una reciente sentencia de la Corte Constitucional reavivó la obligatoriedad de mantener una distancia mínima entre droguerías en Colombia. Foto: iStock
En Colombia, una droguería o farmacia debe estar mínimo a 75 metros de otra. Así lo estableció la Ley 232 de 1995 y lo reafirmó, el año pasado, la Corte Constitucional con la sentencia C-479 de 2024. Dicho fallo del alto tribunal volvió inexequible el artículo 136 del Decreto 019 de 2012, expedido por el Gobierno del entonces presidente Juan Manuel Santos, había eliminado esta exigencia, permitiendo una proliferación desordenada de droguerías en sectores estratégicos y comerciales.
La Corte declaró inconstitucional la eliminación de la norma de distancias entre droguerías. Foto:iStock
Sin embargo, para algunos actores esta normativa afecta la libre competencia entre distintos actores del mercado, una afirmación que refutan desde la Asociación Colombiana de Droguistas Detallistas (Asocoldro). De acuerdo con el director de servicios jurídicos de Asocoldro, Greisón Camargo, la medida no solo es legalmente necesaria, sino también vital para garantizar el equitativo a los medicamentos en Colombia.
Según Camargo, la medida no sólo es legalmente necesaria, sino también vital para garantizar el equitativo a los medicamentos en Colombia. “Sin esa regulación, las droguerías se amontonan en zonas céntricas y dejan desatendidos a quienes más necesitan cercano a medicamentos: adultos mayores, mujeres embarazadas, madres con niños enfermos. La distancia permite una cobertura más equitativa”, enfatiza el directivo.
Greisón Camargo, director de servicios jurídicos de Asocoldro. Foto:Asocoldro
¿Cuál es su posición frente a la eliminación de la norma de distancias entre droguerías?
Nosotros fuimos quienes promovimos la acción de inconstitucionalidad contra el artículo 136 del Decreto 019 de 2012. Nuestro exdirector, el señor Alfonso Cuitiva, fue quien interpuso la acción porque consideramos que el presidente de la época no tenía la facultad para quitarle la competencia al Ministerio de Salud en la aplicación de la ley de distancias. La Corte Constitucional ya había declarado exequible esta norma en el año 2000 mediante la sentencia C-997.
¿Por qué consideran que esa eliminación mediante decreto fue inconstitucional?
Porque la Corte Constitucional ya se había pronunciado sobre el tema y, como órgano de cierre, no suele hacerlo más de una vez. Sin embargo, ahora lo ha hecho por segunda vez con la sentencia C-479 de 2024. Apoyamos totalmente esta decisión de la Corte, ya que responde a una lógica sencilla: se necesita extender la malla de cobertura de las droguerías en todo el país para mejorar la accesibilidad a los medicamentos, sobre todo en zonas vulnerables.
¿Entonces no se trata de tener más farmacias juntas, sino de distribuirlas mejor?
Exactamente. No se trata de que haya más droguerías cerca unas de otras, sino de llevarlas a la periferia de las ciudades, a los municipios, a los pueblos. El problema es que sin regulación, las farmacias se concentran en zonas comercialmente estratégicas y se olvidan de su función social. Las droguerías no son solo comercios: cumplen un rol fundamental en la salud pública. Son el primer eslabón en el a los medicamentos.
¿Y cómo estaba afectando esto a los barrios más vulnerables?
En los barrios populares cada vez se veían menos droguerías porque la aglomeración se daba en otras zonas. Las únicas que permanecían eran las que pertenecen a nuestra asociación, porque nosotros, aunque la norma no se exigiera oficialmente, sí la aplicábamos internamente. Exigíamos a nuestros asociados cumplir con la distancia para mantener la coherencia y porque siempre consideramos que esa ley seguía vigente.
Pero en la práctica, muchas droguerías seguían sin respetar los 75 metros… ¿por qué es tan importante esa distancia?
Porque sin esa regulación, las droguerías se amontonan en zonas céntricas y dejan desatendidos a quienes más necesitan cercano a medicamentos: adultos mayores, mujeres embarazadas, madres con niños enfermos. La distancia permite una cobertura más equitativa. Celebramos que hoy se restablezca esa exigencia gracias a la sentencia de la Corte.
La Asociación Colombiana de Droguistas Detallistas respalda la medida. Foto:iStock
¿Qué les diría a los nuevos actores que están llegando al mercado y se oponen a esta norma?
Bienvenidos todos, sean empresas nacionales o extranjeras. Pero deben entender que aquí nos regimos por la ley. La Corte Constitucional tiene toda la legitimidad para tomar estas decisiones. No tiene sentido decir que quieren vender medicamentos más baratos, pero que solo pueden hacerlo si están pegados a otra droguería. Ese argumento no es coherente.
Se ha dicho que con la norma vigente solo podrían abrirse droguerías en ciudades como Bogotá. ¿Qué responden a eso?
Eso es falso. Bogotá tiene 1.580 km² y, aplicando la norma de 150 metros, podrían instalarse más de 10.000 droguerías. Actualmente solo hay 3.800. Es decir, hay espacio de sobra. Hay municipios como Fonseca (La Guajira) donde apenas hay 22 droguerías. Necesitamos más farmacias, pero bien distribuidas. Que ayuden a cumplir con esta labor social.