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Investigación
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Estos son los borradores de decreto que evalúa el Gobierno tras hundimiento de reforma laboral
Ponen límites a contratos de tercerización en sector privado y normas para prevenir violencia y acoso.
El Gobierno evalúa decreto de 2024 del MinTrabajo. Foto: Archivo particular
Desde antes de que se hundiera oficialmente la reforma laboral en el Congreso, los ministros de Interior, Armando Benedetti y de Trabajo, Antonio Sanguino, aseguraron que estaban trabajando para empezar a aplicar varios puntos del proyecto vía decreto.
EL TIEMPO tuvo a los borradores de esos documentos que quedaron listos desde la época de la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez y del entonces viceministro de esa cartera, Edwin Palma, quien los tenía listos pero encontró resistencia interna.
Antonio Sanguino, ministro del Trabajo. Foto:Milton Díaz. EL TIEMPO
Esos borradores son los que están sirviendo de punto de partida para los que alista el Gobierno y que se espera que se carguen en la página de la cartera de Trabajo en los próximos días, una vez pase la revisión en la Secretaría Jurídica de Presidencia.
En efecto, desde la cartera de Trabajo se vienen manejando dos líneas para empezar a aplicar las iniciativas: derechos en materia individual y los de ámbito colectivo.
En el primer punto, el Gobierno busca establecer límites a la tercerización laboral ilegal en el sector privado.
Edwin Palma, exviceministro de trabajo; y Gloria Inés Ramírez, excabeza de esa cartera. Foto:Archivo particular
"No se podrá acudir al servicio temporal que prestan las empresas de servicios temporales para la atención de necesidades permanentes de las empresas usuarias", se lee en el borrador.
Y se agrega: "En consecuencia, estas empresas solo estarán autorizadas para cubrir las necesidades temporales y excepcionales cuando se trate de las labores ocasionales, accidentales o transitorias, cuando se requiera reemplazar personal en vacaciones o en uso de licencia, para atender incrementos en la producción o en la prestación de servicios, en cuyo caso lo será por el término estrictamente indispensable para cubrir el incremento en la producción o el servicio, sin que en ningún caso pueda superar el lapso de seis meses prorrogable hasta por seis meses más. Vencido el plazo anterior, no podrá seguirse atendiendo la necesidad temporal con la misma o con otra empresa de servicio temporal y, en consecuencia, la empresa usuaria deberá vincular trabajadores directamente".
Límites a violencia y acoso
Por medio de decreto se implementarían iniciativas de derechos de ámbito colectivo. Foto:Archivo particular
Los borradores también establecen normas sobre funcionamiento de los Comités de Convivencia en el sector público y privado para prevenir conductas de violencia y acoso en el trabajo.
En materia de derecho laboral colectivo, los borradores de decreto proponen negociaciones colectivas unificadas (pliego único, mesa única, comisión negociadora única y único acuerdo) para espacios en los que se unen sindicatos y federaciones de empleados públicos para negociar temas nacionales.
Además, la modernización del Decreto 017 de 2016 para facilitar el funcionamiento de los Tribunales de Arbitraje y disposiciones para modernizar el derecho de huelga, que incluya, el procedimiento para establecer servicios mínimos en casos de huelga en servicios públicos esenciales como lo ha ordenado la Corte Constitucional y lo establecen estándares internacionales.
Borrador de decreto de intermediación laboral del Mintrabajo. Foto:Archivo particular
Sobre este punto, el borrador asegura: "Cuando una huelga recaiga sobre un servicio público de importancia trascendental o afecte un servicio que no sea esencial en sentido estricto, pero que por su extensión y duración pueda provocar una situación de crisis nacional aguda tal que las condiciones normales de existencia de la población puedan estar en peligro, las partes deberán fijar servicios mínimos y, de no lograrse tal acuerdo, cualquiera de ellas pueda activar el procedimiento previsto en el artículo anterior”.
El ministro Armando Benedetti aseguró que se estaban preparando varias iniciativas vía decreto. Foto:Presidencia
Y agrega que: "Declarada la legalidad del cese colectivo de actividades por la rama judicial mediante sentencia ejecutoriada, el Ministerio del Trabajo intervendrá de inmediato con el objeto de evitar que el empleador correspondiente despida o sancione trabajadores por el solo hecho de haber participado de la respectiva acción colectiva declarada ilegal. La autoridad del trabajo conminará al empleador a que se individualice las conductas de los huelguistas que hubiesen extralimitado o abusado el ejercicio del derecho de huelga, en todo caso, garantizando el debido proceso que corresponda para tal fin y diferenciando si se trata de trabajadores del sector privado o del sector público".