JEP negó ingreso de ‘zar del oro’ condenado por homicidio y nexos con grupos ilegales

Jairo Hugo Escobar Cataño quería ser itido en la Jurisdicción Especial de Paz como tercero civil.

La JEP (foto de su sede en Bogotá) rechazó el ingreso de Jairo Hugo Escobar Cataño. Foto: Archivo

PeriodistaActualizado:
Por considerar que las conductas por las que fue condenado y es investigado no tienen relación con el conflicto armado, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó el sometimiento de Jairo Hugo Escobar Cataño, conocido ‘zar del oro’, quien buscaba cupo en la justicia especial como tercero civil.
Según recordó la JEP, Escobar fue condenado a 660 meses de cárcel por la justicia ordinaria por homicidio y concierto para delinquir como financiador de grupos ilegales, por hechos cometidos entre 2008 y 2012. Además, es investigado por desplazamiento forzado en el nordeste antioqueño para desarrollar proyectos de minería ilegal.
Además de que no cumplía con los requisitos para ingresar a la jurisdicción de paz, la Sala también señaló que la propuesta de compromiso claro, concreto y programado de verdad que había presentado Escobar vulneraba los derechos de las víctimas y no cumplía con los fines del Sistema Integral de Paz.
En su solicitud para que lo aceptaran, Escobar había dicho que los aportes financieros que hizo a los ‘Rastrojos’ -algo ya probado por la justicia ordinaria- habían tenido relación con el conflicto armado interno. Sin embargo, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP determinó que no fue así.
El análisis de la Sala mostró que “el conflicto armado no fue el origen ni influyó en la determinación, capacidad, modo u objetivos que llevaron a Escobar Cataño a la comisión de los delitos por los cuales fue procesado y condenado en la justicia ordinaria”, señaló la JEP mediante un comunicado de prensa.
(Podría interesarle, en contexto: El expediente que hundió al ‘zar del oro’).
Lo que sí se tiene probado es que Escobar financió a estos grupos ilegales para obtener “beneficios económicos personales a partir del homicidio y desplazamiento de personas”, dijo la jurisdicción de paz.
Por demás, sobre su propuesta de verdad y reparación, para la JEP esta reveló su intención de seguir participando en proyectos de minería, lo que vulneraría la garantía de no repetición de las víctimas.
Por último la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas señaló que los aportes de verdad que entregó no contenían una propuesta genuina de contribuir a la Justicia Transicional Restaurativa.
justicia@eltiempo.com
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