En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información aquí

CLUB VIVAMOS
Suscríbete
Disfruta de los beneficios de El Tiempo
SUSCRÍBETE CLUB VIVAMOS

¡Hola !, Tu correo ha sido verficado. Ahora puedes elegir los Boletines que quieras recibir con la mejor información.

Bienvenido , has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.

Hola Clementine el correo [email protected] no ha sido verificado. Verificar Correo

icon_alerta_verificacion

El correo electrónico de verificación se enviará a

Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.

SI, ENVIAR

Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí. Iniciar sesión

Hola, bienvenido

¿Cual es la ciudad colombiana clasificada como la más peligrosa del mundo?
¿Cómo va el juicio al expresidente Álvaro Uribe?
¿Accidente de bus en Calarcá?
Frío inusual en Bogotá explicado por el Ideam

Explicativo

Recibió millonaria herencia de su padre, pero perderá una gran parte por una deuda que dejó

Por más que la mujer ha puesto recursos para no pagarla todas han sido desestimadas.

Recibió una herencia y ahora no puede disfrutar de ella.

Recibió una herencia y ahora no puede disfrutar de ella. Foto: iStock

Alt thumbnail

Actualizado:

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon
Recibir una herencia puede ser algo que para muchos sea motivo de felicidad, pero en algunos casos puede convertirse en una tortura y más si la persona que se lo deja tiene algunas deudas.
Esto le pasó a una mujer de Cataluña, España, que no solo recibió el patrimonio por el cual su padre había trabajado toda su vida, sino que también heredó una deuda de 67.064.340 euros, que en pesos colombianos sería aproximadamente $312.587.145.730 millones de pesos y ella quiere evitar pagarla. Por eso recurrió al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, pero le negaron su petición.
Esto pasó en el año 2016, cuando falleció el padre de la demandante, que a través de su empresa dejó una deuda tributaria de 770.526.86 euros, de la que había sido declarado responsable subsidiario y había logrado reducir desde los 1.2 millones de euros iniciales tras diversos recursos y resoluciones parciales.
No ha podido disfrutar de su herencia.

No ha podido disfrutar de su herencia. Foto:iStock

Cuando el hombre murió, la herencia pasó a su esposa y sus dos hijos a partes iguales, y el pasivo fue asumido en un 52 por ciento por la viuda y en un 47 por ciento por los hijos.
En el año 2022, el Tribunal Económico istrativo Regional de Cataluña (TEARC), emitió un requerimiento de pago a una de las hija de 67.064,34 euros, correspondiente a un porcentaje del 15,83 por ciento de la deuda heredada, y aunque ella trato de volver a colocar un recurso para que la deuda no fuera condonada, este también de desestimado.
El artículo 659 del Código Civil español señala lo siguiente con respecto a las deudas: “La herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona que no se extinguen por su muerte”.
Aunque la demandante alegaba la prescripción del requerimiento de pago, ya que habían pasado más de cuatro años “entre la declaración de fallido del deudor principal es decir, la comprobación y acreditación de que éste no puede hacer frente a la deuda y la notificación del inicio del expediente de derivación” a su padre.
Debe pagar la deuda de su padre.

Debe pagar la deudas de su padre. Foto:iStock

El abogado del Estado defendió la inisibilidad del recurso, en la que argumentó en varias ocasiones la legalidad del requerimiento de pago. El fallo de la corte le dio la razón: “El requerimiento de pago efectuado es ajustado a derecho, constatado el fallecimiento del deudor y notificada a la recurrente en calidad de sucesora para que realizase el pago de la deuda tributaria”.
Por más recursos que ella intentó colocar, todos fueron desestimados y aunque no quiere le toca pagar la deuda que su padre en vida no pudo cumplir, ya que al aceptar sus bienes también acepta sus pasivos.

Más noticias en EL TIEMPO

WENDYS PITRE ARIZA
REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL
EL TIEMPO

Sigue toda la información de Cultura en Facebook y X, o en nuestra newsletter semanal.

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon

Conforme a los criterios de

Logo Trust Project
Saber más
Sugerencias
Alt thumbnail

BOLETINES EL TIEMPO

Regístrate en nuestros boletines y recibe noticias en tu correo según tus intereses. Mantente informado con lo que realmente te importa.

Alt thumbnail

EL TIEMPO GOOGLE NEWS

Síguenos en GOOGLE NEWS. Mantente siempre actualizado con las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en Google News.

Alt thumbnail

EL TIEMPO WHATSAPP

Únete al canal de El Tiempo en WhatsApp para estar al día con las noticias más relevantes al momento.

Alt thumbnail

EL TIEMPO APP

Mantente informado con la app de EL TIEMPO. Recibe las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en tu dispositivo.

Alt thumbnail

SUSCRÍBETE AL DIGITAL

Información confiable para ti. Suscríbete a EL TIEMPO y consulta de forma ilimitada nuestros contenidos periodísticos.